Acción comunitaria sobre plaguicidas

La UE ha puesto en marcha nuevas propuestas normativas para intensificar los controles de los plaguicidas en alimentos
Por Juan Ramón Hidalgo Moya 14 de mayo de 2007

La Unión Europea tiene en marcha la aprobación de una Directiva que establece un marco de actuación comunitaria para lograr un uso sostenible de los plaguicidas. La Propuesta de Directiva, que fue presentada el año pasado por el Parlamento Europeo y el Consejo, ha recibido recientemente los dictámenes del Comité de las Regiones y del Comité Económico y Social Europeo. Las medidas ahora propuestas pretenden intensificar la vigilancia y la investigación sobre plaguicidas, la formación y la información de los usuarios y medidas específicas de utilización de estas sustancias.

El antecedente más inmediato de las medidas propuestas lo constituye la estrategia temática sobre el uso sostenible de los plaguicidas, presentada en 2006 mediante una Comunicación de la Comisión, que proponía medidas destinadas a reducir el efecto de esas sustancias sobre la salud humana y el medio ambiente garantizando la protección necesaria de los cultivos. De momento, la estrategia se fija únicamente en los productos fitosanitarios, dejando para más adelante los productos biocidas, tras la adquisición de nuevos conocimientos y de experiencia suficiente en este ámbito.

Las medidas aplicadas hasta la fecha que están encaminadas a reducir los riesgos para el medio ambiente y la salud humana vinculados a la utilización de plaguicidas, así como a lograr un empleo más sostenible de los plaguicidas y una reducción global sensible de los riesgos, precisan una nueva estrategia y la adopción de un nuevo marco de actuación. La estrategia puesta en marcha incluye medidas que se aplicarán mediante los instrumentos legislativos existentes y las políticas vigentes, así como con medidas legales adicionales, y que, en su mayoría, son objeto de la nueva Propuesta de Directiva.

Primeras impresiones

La estrategia pretende impedir que aumente, como está pasando, la cantidad de residuos de plaguicidas en los productos alimenticios

A pesar de que el Comité de las Regiones acoge favorablemente la estrategia temática de la Comisión ya que implica un enfoque integrado de la cuestión de los plaguicidas y favorece el medio ambiente, expresa su preocupación por el hecho de que la normativa vigente no haya podido impedir que aumente año tras año la cantidad de residuos de plaguicidas en los productos alimenticios. En este sentido, denuncia que el sistema de zonas propuesto sobre comercialización de productos fitosanitarios no tiene suficientemente en cuenta los aspectos geológicos, geográficos e hidrológicos de las zonas en cuestión; y dado que estas diferencias significan que el riesgo de penetración o filtración de plaguicidas nocivos varía, sugieren que debería introducirse en la legislación, y cuanto menos, respetarse las normas vigentes en materia de plaguicidas en los Estados miembros.

Por otro lado, aprueba que la Comisión haya decidido actualizar los procedimientos y las funciones de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA, en sus siglas inglesas), pues considera que de este modo se garantiza la conformidad de la normativa de la UE en este ámbito con los últimos descubrimientos científicos, lo que redunda en interés del medio ambiente y la salud humana. Apoya además los objetivos de la estrategia temática destinados a alcanzar un mayor nivel de protección para el medio ambiente y la salud por medio de la limitación del uso de plaguicidas y del estímulo de la investigación para dar con alternativas menos nocivas.

El Comité de las Regiones considera positivo que la estrategia comunitaria contenga instrumentos de vigilancia y que prevea la elaboración de informes sobre los progresos de los Estados miembros para conseguir los objetivos de la estrategia temática. De la misma forma, da su aprobación a que tenga por objeto crear directrices para la utilización de los plaguicidas cuando la normativa comunitaria en vigor sea insuficiente.

Entre los aspectos más positivos destacan el hecho de que la estrategia proponga aumentar la seguridad en el uso de los plaguicidas mediante inspecciones y la certificación de los equipamientos, incentivos para asegurar el almacenamiento de los plaguicidas e iniciativas en materia de formación destinadas a distribuidores y usuarios profesionales. También es positivo que proponga intensificar los controles de estos residuos en los alimentos, y que inste a que se realicen pruebas rigurosas para comprobar la existencia de residuos de plaguicidas en los piensos y alimentos importados, en particular de países donde las restricciones al uso de plaguicidas puedan ser menos estrictas.

Integración legal y futuro

Entre las medidas que se proponen, y que se pueden integrar en el marco legislativo vigente, destacan las que tienen relación con la mejora del control del cumplimiento de la normativa sobre distribución y utilización de los productos fitosanitarios. Además, determinan que las autoridades comunitarias y nacionales encargadas de autorizar los productos fitosanitarios deben evaluar comparativamente los productos antes de autorizarlos, y sustituirlos por sustancias menos nocivas cuando sea posible.

La estrategia comunitaria considera que los programas anuales de vigilancia de los residuos de plaguicidas creados al amparo del Reglamento de 2005, relativo a los límites máximos de residuos de plaguicidas en alimentos y piensos de origen vegetal y animal, han de intensificarse y complementarse mediante estudios epidemiológicos. Adicionalmente proponen que se determinen las concentraciones de plaguicidas en el medio ambiente para comprobar el cumplimiento por parte de los usuarios de las restricciones e instrucciones que figuran en las etiquetas, así como la validez de las previsiones efectuadas al evaluar los riesgos.

La Propuesta de Directiva de 2006, por la que se establece un marco de actuación comunitaria para lograr una utilización sostenible de los plaguicidas, considera que los Estados miembros deben establecer planes de actuación nacionales dotados de objetivos, medidas y calendarios para reducir los riesgos y la dependencia de los plaguicidas. También recomienda la creación de un sistema de formación para los usuarios profesionales y los distribuidores, y de sensibilización para el gran público. En un futuro, los programas de formación deberán acreditarse mediante certificados y abordarán, entre otros, temas como la legislación vigente, los peligros y riesgos unidos a los plaguicidas así como medios disponibles para descubrirlos y controlarlos, los procedimientos para preparar el material antes de su utilización y para su uso y mantenimiento y medidas de urgencia en caso de accidente.

Y en el ámbito de la inspección, el material de aplicación utilizado debe ser inspeccionado periódicamente por organismos designados por los Estados miembros (elementos de transmisión, bombas, dispositivos de agitación, cubas, sistemas de medición, de mando y de regulación, tuberías y conducciones y filtros, entre otros). Deben acreditarse las comprobaciones mediante la expedición de un certificado, en el que deberá quedar constancia de que son conformes con las exigencias sanitarias, medioambientales y de seguridad prescritas por la normativa.

La Propuesta parece acoger determinadas quejas de ciertos colectivos relacionadas con la pulverización aérea, que estará prohibida. No obstante, se prevén excepciones cuando no haya otra solución viable o cuando la pulverización aérea presente ventajas desde el punto de vista de la salud o del medio ambiente con relación a la aplicación terrestre. En caso de autorización, deben adoptarse las medidas de información y protección apropiadas.

En cuanto al medio acuático, también se han previsto medidas específicas de protección. En este sentido, debe darse prioridad a los productos menos nocivos, las técnicas más eficaces y los materiales que limiten la dispersión de los productos, al tiempo que han de crearse zonas tampón a lo largo de los cursos de agua. Además, deben adoptarse cuantas medidas sean apropiadas, sobre todo para limitar en la medida de lo posible la aplicación de plaguicidas en zonas que puedan conducir a reservas de agua, como las superficies muy permeables o, al contrario, las superficies impermeables en las que el riesgo de escorrentía hacia las aguas superficiales o las aguas subterráneas sea considerable. Por otro lado, en zonas sensibles se prohíbe la difusión de plaguicidas o se limita ésta de una manera muy estricta, como son aquellas zonas frecuentadas por el gran público o por grupos sensibles de la población, y, al menos, en los parques, jardines públicos, terrenos deportivos, patios de recreo y terrenos de juego.

Además, deben aplicarse medidas especiales a la manipulación y el almacenamiento de los plaguicidas, así como a sus envases y a los restos de los productos, con el fin de evitar todo riesgo para la salud humana y el medio ambiente. La propuesta de Directiva propugna asimismo las soluciones menos peligrosas para la salud y el medio ambiente al luchar contra las plagas.

Y un propósito: los Estados miembros deben crear las condiciones necesarias para la aplicación de los principios de la lucha integrada, para que sean obligatorios como muy tarde el 1 de enero de 2014.

LOS DATOS OFICIALES

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La Unión Europea representa actualmente, con una venta anual de aproximadamente 320.000 toneladas de sustancias activas, una cuarta parte del mercado mundial. Los principales tipos de productos son los fungicidas (casi un 43% del mercado), seguidos por los herbicidas (36%), los insecticidas (12%) y otros plaguicidas (9%). La industria fitosanitaria europea da empleo en Europa a unas 35.000 personas.

Atendiendo a los datos hechos públicos por las autoridades comunitarias, la agricultura es, con diferencia, el sector que más recurre a los productos fitosanitarios. Lo cierto es que su utilización, además de que aporta ventajas económicas y sociales, también plantea efectos adversos, en algunos casos irreversibes, derivados de la exposición directa o indirecta del hombre y del medio ambiente a esas sustancias.

La propia UE reconoce tanto las ventajas como los riesgos derivados del uso de productos fitosanitarios; pero también la indisponibilidad de datos que permitan evaluar tales ventajas (principalmente económicas y sociales), y la dificultad de cuantificar muchos de los verdaderos efectos negativos derivados del uso de plaguicidas. Y así, si bien considera que los productos fitosanitarios desempeñan un papel fundamental en el abastecimiento fiable de productos agrarios y su accesibilidad a los consumidores, no pierde de vista el hecho de que los plaguicidas son productos químicos que requieren una atención especial, ya que la mayoría tiene propiedades que los hacen peligrosos para la salud y el medio ambiente.

En este sentido reconocen que los riesgos para la salud humana y animal se deben a la gran toxicidad de algunos productos fitosanitarios, y que éstos pueden plantearse como consecuencia de una exposición directa (trabajadores industriales que producen plaguicidas y operadores que los emplean) o indirecta (consumidores y demás personas presentes durante la aplicación). Además de los posibles efectos nocivos al medio ambiente, como puede ser la pérdida de biodiversidad, la contaminación de los suelos y de las aguas.

El Consejo y el Parlamento Europeo ya propusieron en 2002 una estrategia con unos objetivos muy claros, que ahora se pretenden realizar mediante la aplicación de las nuevas mediadas establecidas en la nueva estrategia de 2006. Los objetivos a realizar son:

  • Reducir al mínimo los riesgos y peligros que plantea el uso de plaguicidas para la salud y el medio ambiente mediante la aplicación de medidas.
  • Mejorar el control del uso y distribución de plaguicidas.
  • Reducir los niveles de materias activas nocivas, en particular mediante sustitución de las más peligrosas por alternativas más seguras, incluidas las de índole no química.
  • Fomentar prácticas agrícolas que impliquen reducir o suprimir el uso de los plaguicidas, sensibilizando a este respecto a los usuarios, promoviendo la utilización de códigos de buenas prácticas y la posible utilización de instrumentos financieros.
  • Crear un sistema transparente de notificación y seguimiento de los progresos realizados y, en particular, establecer indicadores adecuados.
Bibliografía
NORMATIVA
  • Comunicación de la Comisión, de 12 de julio de 2006, Estrategia temática sobre el uso sostenible de los plaguicidas. COM (2006) 372 final.
  • Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de julio de 2006, por la que se establece un marco de actuación comunitaria para lograr una utilización sostenible de los plaguicidas. COM (2006) 373.
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