Aprobados los parámetros mínimos de calidad en zumos de frutas

El objetivo es asegurar el control de la calidad comercial, evitar el fraude al consumidor y la competencia desleal
Por EROSKI Consumer 19 de noviembre de 2007

El Consejo de Ministros dio el visto bueno el pasado viernes al Real Decreto por el que se establecen parámetros mínimos de calidad en zumos de frutas y los métodos de análisis aplicables. Esta normativa pretende asegurar el control de la calidad comercial de estos zumos, evitar el fraude al consumidor y la competencia desleal.

Además del cumplimiento de estos parámetros mínimos, los zumos de frutas tendrán que ajustarse también a otros que afecten a su autenticidad y calidad, y especialmente los recogidos en la norma del Codex Alimentarius y en el Código de Prácticas de la Asociación de la Industria de Zumos y Néctares de Frutas y Vegetales de la Unión Europea (AIJN).

Esta normativa será aplicable al zumo de frutas, zumo de frutas a base de concentrado y néctar. Los productos fabricados antes de la entrada en vigor del Real Decreto podrán comercializarse hasta que se agoten sus existencias. El Ministerio de Agricultura afirma que «esta norma es una demanda del sector y de las comunidades autónomas, que desean mantener la calidad y el prestigio de los zumos españoles en el mercado internacional».

Sigue a Consumer en Instagram, X, Threads, Facebook, Linkedin o Youtube