La Comunidad Valenciana establece las bases para la producción de nísperos mediante técnicas de agricultura integrada

La norma recoge obligaciones, recomendaciones y prohibiciones para la plantación, el riego, la fertilización, la poda y la recolección
Por EROSKI Consumer 15 de diciembre de 2009

La producción de nísperos mediante técnicas de agricultura integrada en la Comunidad Valenciana ha quedado regulada mediante unas bases establecidas por la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación. Estas bases recogen todas aquellas obligaciones, recomendaciones y prohibiciones a tener en cuenta a la hora de la preparación del terreno para la plantación, el riego, la fertilización, la poda y la recolección, entre otros procesos del cultivo del níspero bajo esta forma de rendimiento.

La producción integrada es una técnica de cultivo que aprovecha al máximo los recursos y mecanismos de producción naturales y que racionaliza el uso de productos químicos. Todo ello repercute en un impacto positivo sobre el medio ambiente y asegura a largo plazo una agricultura sostenible y la protección de los recursos naturales, además de permitir obtener producciones agrícolas de alta calidad. En estos momentos, este tipo de cultivo se desarrolla en la Comunidad Valenciana en productos como los cítricos, la vid, el olivar y el arroz. Además, se aplicará dentro de poco al tomate, el pimiento y la coliflor.

La Consejería de Agricultura ha establecido para la producción integrada del níspero, entre otras normas, la prohibición de realizar una desinfección química del suelo, así como la obligatoriedad de que el patrón empleado y las variedades escogidas se adapten a las características del suelo y clima de la zona. De igual manera, se establece que tanto el material vegetal de plantación como las varetas de injerto deben proceder de un proveedor autorizado. Con respecto a las normas relativas al riego, se fija de forma clara que el agua debe utilizarse con criterios de ahorro y eficiencia.

En cuanto a las labores de fertilización, la norma indica que el programa de abonado de este tipo de cultivo deberá efectuarse en función de las características de la plantación y de los niveles de elementos nutritivos contenidos en el suelo y en el agua de riego. En lo relativo al control de plagas y enfermedades, la norma estipula que se antepondrán los métodos biológicos, biotécnicos, culturales, físicos y genéticos a los métodos químicos. La última opción sólo se utilizará en aquellos casos en que sea la única alternativa para el control del problema fitosanitario. También queda fijada la obligatoriedad de adoptar medidas de conservación del suelo que eviten o minimicen su erosión.

Durante el proceso de recolección se establece la obligación de efectuar análisis por muestreo, para analizar la posible presencia de residuos de productos fitosanitarios, así como la prohibición de realizar ningún tipo de tratamiento de post-recolección a los frutos. Además, los agricultores que se incorporen a la producción integrada de este cultivo deberán proveerse del libro de explotación aprobado por la Consejería de Agricultura, en el que deberán anotar todas las labores e incidencias del cultivo.

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