Menús escolares bajo control legal

El aumento de la obesidad infantil y juvenil obliga a adoptar nuevas medidas legales y educativas en los comedores escolares
Por Juan Ramón Hidalgo Moya 26 de diciembre de 2005

Durante el año 2005 tanto el Gobierno español como las autoridades sanitarias de las comunidades autónomas han estado buscando soluciones para poner freno al alarmante aumento de la obesidad infantil, en línea con lo manifestado a principios de este mes por el Comisario Europeo de Sanidad. Una de de las fórmulas que se barajan es la aprobación de una normativa general que establezca nuevas condiciones en el servicio de comedor de los centros escolares.

Durante el año 2005, tanto el Gobierno español como las autoridades sanitarias de las comunidades autónomas han estado buscando soluciones para poner freno al alarmante aumento de la obesidad infantil en nuestro país. El debate iniciado por los distintos agentes implicados se sitúa claramente en línea con lo manifestado a principios de este mes por el Comisario Europeo de Sanidad, que pedía ayuda a la ciudadanía para luchar contra esta epidemia.

Entre las fórmulas que se barajan está la aprobación de una normativa general en el ámbito competencial del Estado, y otras más específicas para los territorios de todas y cada unas de las comunidades autónomas. Las distintas normas deben establecer las condiciones sanitarias marco del servicio de comedor de los centros escolares, tanto públicos como privados, no universitarios, a fin de que las comidas que se sirvan sean más seguras y acordes con una dieta saludable.

El primer acuerdo llegó el pasado 29 de junio de 2005, que garantiza unas mismas recomendaciones fundamentales sobre la materia. El ámbito de aplicación que pretende la normativa sobre comedores escolares es muy amplia, e incluye las características de construcción, diseño y equipamiento de estas instalaciones; las condiciones de los menús escolares; el derecho de información de los padres; e incluso cuestiones más problemáticas como la necesidad de incorporar menús especiales para alumnos con problemas de salud o intolerancia a algunos de los alimentos, o cuestiones religiosas.

Incluso podría establecerse en alguna de ellas, como la estatal, la prohibición de acceso de los alumnos a determinados productos alimenticios no deseados, como así viene sucediendo en regulaciones de diversos estados de EEUU, si bien en este último caso por su mínimo valor nutritivo. El conjunto normativo a desarrollar forma parte de la estrategia NAOS, cuya finalidad es mejorar los hábitos alimenticios de los ciudadanos y prevenir la obesidad, especialmente la infantil y juvenil.

Educación alimentaria escolar

Las nuevas normas pretenden dar al servicio de comedor una óptica nutricional, dirigida especialmente a la educación en estilos de vida y alimentación saludables
La obesidad es un problema de mala educación alimentaria que las autoridades sanitarias han decidido atajar «por decreto». De lo que se trata es de educar a los niños en comportamientos más sanos y equilibrados, con menos presencia de alimentos y bebidas potencialmente perjudiciales para la salud, descartando para ello el sistema de autorregulación o de «libertad» del destinatario final de los productos o de sus responsables, que se ha mostrado ineficaz en este asunto.

Ahora las autoridades sanitarias imponen la intervención administrativa y el control sobre el cumplimiento de unos mínimos legales. La situación se considera tan grave que ha devenido en «cuestión de Estado», y el centro escolar es un buen lugar para introducir nuevos hábitos alimentarios, especialmente para aquellos que son usuarios diarios del servicio de comedor. No en vano un 20% de los niños (según estimaciones del Ministerio de Sanidad y Consumo) realiza, durante cinco días a la semana, su comida principal en el centro de enseñanza, porcentaje que aumenta hasta el 32% en el grupo de edad de 2 a 5 años.

La propuesta legal más general, que ha sido llevada a cabo durante este año por el Ministerio de Sanidad y Consumo al Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, pretende regular las condiciones sanitarias que deben cumplir los comedores escolares de los centros docentes públicos y privados, no universitarios, para ofrecer un servicio de comidas preparadas seguras y de acuerdo con las características de una dieta saludable. Las autoridades sanitarias y educativas consideran que el ámbito escolar constituye uno de los lugares más eficaces para favorecer estilos de vida saludables en niños y adolescentes, tanto por constituir un espacio educativo integral como por la permanencia física de los alumnos durante muchas horas al día.

La propuesta prevé incluso la necesidad de contar con guías de recomendaciones sobre la inclusión en la dieta escolar de determinados nutrientes, programación de los menús para padres, tutores o responsables de los menores, y orientaciones sobre los menús complementarios de las comidas en casa, potenciándose así esta labor educativa en el ámbito familiar. Una de las propuestas del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, celebrado el pasado junio en Oviedo, se basaba en que las comunidades autónomas regularan los comedores escolares para que éstos ofrecieran una dieta equilibrada, teniendo en cuenta las necesidades nutricionales de los alumnos en función de su edad y de la actividad física realizada, con inclusión de un aporte calórico razonable, y con predominio de los hidratos de carbono, y que se usaran técnicas culinarias variadas que respetasen el valor nutricional de los alimentos.

Por otro lado, y en su idea de espacio educativo integral, se estimaba conveniente promover la formación específica del personal docente para que pudiera detectar y prevenir posibles problemas de salud relacionados con la nutrición. Al margen de estos asuntos, se impone el máximo respeto para las cuestiones religiosas en el ámbito alimentario, debiendo atenderse sus necesidades especiales mediante la incorporación de menús alternativos, o bien la posibilidad de contar con medios de conservación adecuados y de calentamiento de la comida que éstos traen de sus domicilios, cuando sea imposible la prestancia de estos menús. Medidas supletorias que se aplicarán también a aquellos alumnos con problemas de salud o intolerancia alimentaria.

Regulación especial

Sanidad y las comunidades autónomas se comprometen a elaborar las disposiciones normativas precisas para regular los comedores escolares siguiendo varias recomendaciones, previamente acordadas. En ciertos casos, alguna comunidad autónoma, como Castilla y León, tienen normas específicas propias que ya regulan el servicio de comedor de los centros docentes públicos. Ahora, el Estado pretende completar la regulación propia de las comunidades autónomas del servicio de comedor desde una óptica nutricional, dirigida especialmente a la educación en estilos de vida y alimentación saludables.

En este sentido, la propia propuesta de Real Decreto recuerda que los comedores escolares están bajo el ámbito de aplicación de las diferentes disposiciones generales de índoles sanitaria. Así, dispone que los menús y la dieta serán supervisados por profesionales, diplomados o licenciados, con formación suficiente y acreditativa en nutrición y dietética, con el fin de que el menú de la comida del mediodía permita que la dieta sea saludable, equilibrada y adaptada a las necesidades nutricionales, según la edad del alumno.

Además, los menús ser programarán teniendo en cuenta la edad y la actividad física del alumno; el balance en el aporte calórico de los macronutrientes, de forma que el menú no resulte hiperprotéico ni hiperlipídico; las características y costumbres gastronómicas de la zona y los distintos procedimientos de preparación que salvaguarden el valor nutricional de los productos. También se ofrecerán menús adaptados para los alumnos que, por problemas de salud, intolerancia a algunos alimentos u otras circunstancias debidamente justificadas, requieran unas condiciones especiales.

El proyecto normativo llevado a cabo por el Ministerio de Sanidad y Consumo, en colaboración con el Ministerio de Educación y Ciencia, regula las características de construcción, diseño y equipamiento de estas instalaciones; los requisitos de conservación, almacenaje y exposición de los alimentos; las condiciones que deben reunir los menús escolares y la información que deben recibir los padres; así como los mecanismos de evaluación y seguimiento de los comedores escolares. Además, prohíbe dentro de las dependencias del centro escolar la instalación de máquinas expendedoras de alimentos o bebidas a las que tengan acceso los alumnos y dispensen productos con un alto contenido en sales, azúcares o grasas, que será de aplicación también a bares o locales similares situados en el interior de centros docentes.

LEY DE TEXAS

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Hace dos años el Departamento de Agricultura de Texas se vio obligado a modificar la Norma de Alimentos de Mínimo Valor Nutritivo (FMNV, en sus siglas inglesas) con el fin de mejorar la nutrición en las escuelas. Los alimentos en cuestión, cuya venta o distribución está restringida, se clasifican en cuatro categorías: agua soda (toda bebida gaseosa, aunque ésta contenga sustancias nutritivas discretas agregadas al alimento, como vitaminas, minerales y proteínas), aguas congeladas (todo producto de agua azucarada congelada como polos o palitos helados con la excepción de los productos que contengan fruta o jugo de frutas), goma de mascar y ciertas golosinas.

El acceso o el servicio de FMNV para los alumnos de la escuela primaria está limitado siempre y en cualquier circunstancia, mientras que en la escuela intermedia queda limitado durante los períodos de comidas en todo caso y lugar con respecto a determinadas bebidas gaseosas prohibidas que superen cierto volumen. De forma adicional se prevé el control del cumplimiento de esta norma por parte del Departamento de Agricultura (TDA por sus siglas en inglés) y fuertes sanciones para sus infractores, incluso cuando los alumnos se trasladan en autocar, pues se entiende que el mismo es una extensión de la escuela.

Si bien la disposición legal tejana no limita por sí misma que los estudiantes porten al colegio alimentos prohibidos FMNV de casa para consumo propio, las autoridades recomiendan que las normas locales de la escuela limiten esta posibilidad. Tampoco es una norma en contra de las máquinas expendedoras de alimentos y bebidas: lo que sugiere es que se cambien los prohibidos por alimentos más saludables.

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