Reevaluación de colorantes

La Comisión Europea ha decidido suspender, a escala comunitaria, el uso del colorante Rojo 2G (E-128) en productos alimenticios
Por Maite Pelayo 10 de agosto de 2007

La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA, en sus siglas inglesas) ha alertado recientemente sobre el posible carácter carcinógeno del colorante E-128, conocido también como rojo 2G, un colorante alimentario utilizado principalmente en hamburguesas y determinadas salsas. Tras revisar los aditivos empleados en la Unión Europea, la EFSA ha informado que las pruebas realizadas con este colorante indican que la sustancia en la que se convertiría el E-128 una vez ingerido, la anilina, puede causar cáncer, probablemente dañando el material genético celular, como así se ha observado en las pruebas realizadas en animales. Tras el dictamen, la Comisión Europea ha decidido suspender el uso de este colorante en productos alimenticios.

Según la información facilitada por la EFSA, su comité científico había retirado la recomendación de cantidad máxima diaria aceptada para el colorante E-128, pero no había llegado a prohibirlo. Ahora la Comisión Europea ha decidido suspender, con efecto inmediato y a escala comunitaria, el uso del colorante, permitido hasta ahora para salsas con un contenido mínimo en cereales del 6% y carnes de hamburguesas con un contenido mínimo de verduras o cereales del 4%, en ambos casos con un nivel máximo de 20 mg/kg de colorante.

El colorante rojo 2G se transforma en el cuerpo en anilina, una sustancia orgánica que puede resultar tóxica si se ingiere, inhala o por contacto con la piel, si la exposición es suficiente en cantidad o duración, dañando la hemoglobina que transporta el oxígeno en sangre. Además, se ha probado que puede resultar carcinógena sobre animales que han ingerido alimentos contaminados por anilina durante su vida. Esta sustancia, también llamada aminobenceno o fenilamina, se utiliza de forma habitual para fabricar una gran cantidad de productos como algunos químicos agrícolas, herbicidas, pinturas y barnices, industria del caucho, poliuretano, incluso explosivos. En el ámbito industrial, su uso y manejo está sujeto a restricciones de seguridad.

Aditivos alimentarios

Antes de autorizar el uso de un aditivo estudios previos deben demostrar su inocuidad

Los aditivos alimentarios son sustancias que se añaden a alimentos y bebidas de manera intencionada con el fin de mejorar su conservación, mantener sus propiedades originales o modificar sus caracteres (olor, sabor, color o consistencia), pero sin el propósito de cambiar su valor nutritivo. Para aprobar su uso debe justificarse su utilización por razones técnicas y, lo que es más importante, demostrarse su inocuidad a la dosis a la que se propone su uso. Antes de aprobar un nuevo aditivo las autoridades sanitarias examinan rigurosamente, junto con los expertos, los datos de los estudios previos efectuados sobre sus efectos de consumo a largo plazo y delimitan con un amplio margen de seguridad la denominada Ingesta Diaria Admisible (IDA) de cada uno de ellos, es decir, la cantidad máxima que puede ingerir una persona cada día de su vida sin que exista ningún efecto para su salud.

El uso de aditivos está sujeto al principio de lista positiva: sólo pueden emplearse los aditivos autorizados en la lista en la que además se concreta la dosis y los alimentos en los que puede utilizarse ese aditivo concreto. En la UE es el Comité Científico para la Alimentación Humana quien dictamina previamente la lista de aditivos que con la aprobación conjunta de las autoridades sanitarias de cada país miembro serán autorizadas. Los criterios de autorización son cada vez más estrictos y están sujetos a revisiones y sin embargo los aditivos alimentarios siempre han arrastrado una leyenda negra, alimentada en ciertos foros alarmistas con listas propias de aditivos dañinos para la salud y lamentablemente en ocasiones también por noticias como esta advertencia de la EFSA.

COLORANTES

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Sólo un organismo competente y autorizado como la EFSA puede advertir del posible efecto adverso en el consumo del colorante E-128, no los foros pseudocientícos, en los que por ejemplo se llegan a mencionar como posibles cancerígenos aditivos como el ácido cítrico o el ascórbico, la vitamina C, componentes naturales de algunos alimentos. El esfuerzo de estos organismos responsables de la seguridad alimentaria en sus reevaluaciones funciona siendo eficaz en su actualización y por ende en su papel protector de nuestra salud. Sin embargo, los colorantes fueron precisamente los primeros aditivos alimentarios evaluados bajo la legislación europea, por lo que su reevaluación ha sido una prioridad ya que desde entonces han sido muchos los trabajos y estudios desarrollados al respecto. Tras esta revisión del E-128, del que no se descarta sea nuevamente evaluado, la EFSA continuará trabajando en la reevaluación de los colorantes alimentarios autorizados en la UE.

Los aditivos utilizados en Europa se designan a través de un código E, seguido de un número que determina su función, principalmente: conservadores, antioxidantes, colorantes, estabilizantes, emulgentes y edulcorantes. Los números comprendidos entre 120 y 129 incluyen el grupo de los colorantes rojos. Los colorantes son sustancias que se añaden al alimento para hacerlos más atractivos al consumo o compensar la pérdida de color consecuencia de su proceso de producción. Son el grupo de aditivos más controvertido quizás porque su función es la menos necesaria, responde más que ninguno a un requerimiento de aspecto, y es uno de los que más reacciones alérgicas provoca, especialmente en niños en cuyos alimentos está muy presente (golosinas, caramelos o helados, entre otros).

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