Los usuarios tendrán que solicitar expresamente si quieren utilizar un número de tarificación adicional

Los operadores de telefonía tendrán que contar con el consentimiento previo y firmado del usuario
Por EROSKI Consumer 24 de junio de 2004

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio anunció ayer la modificación del acceso a los números telefónicos que comiencen por 803, 806, 807 ó 907, y cuyo precio supere el euro por minuto. El departamento que dirige José Montilla presentó una orden ministerial, consensuada con el Ministerio de Sanidad y Consumo, que establece que los operadores de telefonía tendrán que contar con el consentimiento previo y firmado del usuario para darle acceso a estos números.

La orden ministerial dispone además que se incluyan en su ámbito los servicios «premium» de mensajería sobre telefonía móvil, accesibles mediante el envío de mensajes SMS dirigidos a números cortos. Los cambios legislativos obligarán a las compañías de telecomunicaciones a incluir en sus facturas la identidad de los prestadores de servicios de tarificación adicional y a desglosar la tarifa que cobra el operador de la parte que le corresponde al titular de las líneas. En caso contrario, el usuario tiene derecho a no pagar las llamadas sin que le corten el servicio telefónico, o a pedir la devolución de su importe.

La nueva norma reconoce el derecho del abonado a pedir al operador la desconexión de estos servicios sin coste alguno e impone a las compañías llevar a cabo esta actuación al cabo de un máximo de diez días. Transcurrido este plazo, corresponderá a las compañías telefónicas el pago de las llamadas realizadas a estos números. Además, los operadores deberán a partir de ahora informar a los usuarios del precio, tipo y titular del servicio de tarificación adicional al que han llamado, mediante una locución de 20 segundos, antes de empezar a facturar.

Internet

En cuanto a los servicios de tarificación adicional con conexión a Internet a través de números 907, los proveedores tendrán la obligación de ofrecer al usuario la posibilidad de aceptar o cancelar el acceso, garantizar que no puedan acceder a contenidos distintos de los que corresponda a la numeración empleada, e informar en pantalla sobre el precio, características del servicio e identidad del prestador.

Además, a partir de ahora, los abonados podrán reclamar ante las juntas arbitrales de Consumo o el propio Ministerio de Industria en caso de disconformidad con la factura, sin que le corten el servicio telefónico si paga la parte de las llamadas que correspondan únicamente al servicio telefónico.

Finalmente, se reduce de un mes a ocho días el plazo de retirada del número telefónico desde que la Comisión de Supervisión comunique al operador el incumplimiento del Código de Conducta por un prestador de servicios. Dicho número no podrá ser asignado otra vez en el plazo de un año.

Todos estos cambios son viejas reivindicaciones de las asociaciones de consumidores y usuarios para evitar fraudes como el descubierto ayer por la Guardia Civil.

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