Los seguros del hogar ante inundaciones e incendios

Hay pólizas que en su letra pequeña incorporan cláusulas en las que se indica que sólo cubren un porcentaje del coste de los bomberos
Por EROSKI Consumer 10 de julio de 2002

Cuando se va a contratar una póliza de hogar se debe examinar siempre de forma detallada la cobertura de daños por agua e incendio. Los siniestros originados por agua (inundaciones por incidencias fluviales o de la red de agua, humedades originadas por un vecino…) son muy frecuentes y, normalmente, representan un gran coste de reparación, por lo que es fundamental que estén limitadas en la póliza. Se debe tener cuidado, porque no en todos los casos la cobertura de este apartado es total.

En cuanto al riesgo de incendios, normalmente las compañías indemnizan con el 100% del continente y del contenido, pero hay pólizas que en la letra pequeña incorporan cláusulas en las que se indica que sólo cubren un porcentaje del coste de los bomberos. Esta circunstancia es relativamente frecuente, por lo que resulta aconsejable prestar especial atención a este punto.

Finalmente, se debe prestar atención a las coberturas limitadas por máximos, mínimos o franquicias, especialmente, a los límites en las indemnizaciones de los riesgos complementarios, así como a los porcentajes que se aplican en cada caso. Y una cosa más, examinar con sumo cuidado la letra pequeña.

Por otra parte, para evitar problemas con la compañía de seguros en relación con el contenido, en las pólizas se suelen diferenciar tres categorías de objetos que permiten una clara identificación. Para ello, merece la pena examinar la vivienda, habitación por habitación, identificando todo lo que se tenga dentro de estos tres grupos:

– Mobiliario normal: Recoge los bienes muebles de uso habitual, tales como sofás, camas, muebles de cocina, armarios, mesas, ropa de cama y de vestir, aparatos de imagen y sonido.

– Mobiliario especial: Son objetos cuyo valor supera una determinada cantidad establecida por la compañía aseguradora.

– Joyas: Normalmente, las aseguradoras suelen separar la cobertura de joyas del resto del contenido, aunque si éstas son de poco valor en algunas ocasiones se incluyen junto con los objetos habituales. Lógicamente, el coste de asegurar una u otra categoría no es el mismo, estableciéndose diferencias en las tarifas en función de la compañía con la que se trabaje.

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