Seguros para comunidades de vecinos

Bancos, cajas y aseguradoras ofrecen pólizas multirriesgo que cubren todos los bienes y propiedades de los edificios
Por Rosa M. López-Maroto 8 de septiembre de 2008
Img comunidadvecinos
Imagen: Lisa Dugger

Incendio, explosión, actos vandálicos, impactos, robos.. Ningún inmueble está libre de sufrir cualquiera de estas contingencias, y todas ellas están previstas en los seguros destinados específicamente a los edificios de viviendas (se pueden incluir los locales comerciales, plazas de garaje y trasteros que se destinen a uso exclusivo de la comunidad). Se trata de pólizas multirriesgo pensadas para cubrir todos los bienes y propiedades de una comunidad de propietarios y, además del paquete básico, cuenta con coberturas opcionales por daños causados por agua, rotura de cristales, avería de maquinaria, responsabilidad civil, accidentes individuales e infidelidad de empleados de la comunidad, entre otras circunstancias.

Estos seguros contemplan determinadas particularidades que los diferencian de otros productos aseguradores que se contratan a título individual. Una de ellas es la cláusula de «bonificación por no siniestralidad», así como la posibilidad de incluir reclamaciones a copropietarios por impago de gastos de comunidad; la principal ventaja, y su verdadera originalidad respecto a los seguros individuales contratados con varias compañías, es que la gestión de la reparación de los daños se hace a través de una única compañía. Sin olvidar que el coste de la mayoría de reparaciones y reposiciones de objetos dañados se calcula según el valor actual de los mismos, sin descontar porcentajes por antigüedad o desgaste.

El coste de las reparaciones se calcula según el valor actual, sin descontar porcentajes por antigüedad o desgaste

La póliza destinada a los edificios cubre tanto los daños como los robos que se puedan producir en las zonas comunes: vestíbulo, azotea, calderas, etc., espacios que de otra forma sería muy difícil asegurar. De forma opcional, se puede contratar también un seguro cuya cobertura alcance a las personas físicas que protegen los intereses del edificio, como es el caso de los presidentes de la comunidad o los administradores de fincas.

Para todas las necesidades

La lista de coberturas en este tipo de pólizas es muy extensa, y conviene escogerlas en función de las necesidades del edificio, y las de sus propietarios. Se pueden contratar a partir de una modalidad básica que cubre las contingencias más comunes que puedan acontecer en el edificio (entre las que se incluyen incendio, explosión, desperfectos en el mobiliario, etc.), y además se pueden suscribir otras modalidades que incluyen el robo, daños estéticos, daños por agua, asesoramiento y protección jurídica, entre otros. Si las aseguradoras tomaron la iniciativa en la comercialización de este producto, en la actualidad también los bancos y cajas de ahorro han decidido incluir este tipo de seguros en su cesta.

  • Caixa Terrassa: cubre los riesgos más habituales que se pueden dar en una comunidad de propietarios a través de una modalidad básica que incluye incendio, explosión, caída de rayo y responsabilidad civil hasta 300.000 euros. Una comunidad de unos 1.000 metros cuadrados, y con un capital asegurado de 900.000 euros, tendrá una cuota anual de 312 euros. También se puede suscribir una póliza ampliada que, aparte de las coberturas básicas, incluye el robo, rotura de cristales, daños estéticos, daños por agua, asesoramiento y protección jurídica, etc. En este caso, tomando el mismo ejemplo, habría que abonar una cuota anual de 521 euros, es decir 209 euros más. Además, se permite la contratación de las coberturas adicionales que más convengan a los copropietarios, como la reclamación de impagos de hasta 3.000 euros, avería de ascensores, etc.
  • Cajastur: ofrece la posibilidad de fraccionar el pago en semestres, trimestres o meses, o bien escoger el pago anual.
  • Caja de Burgos: comercializa la póliza denominada «Multirriesgo Comunidades» para proteger el edificio, las instalaciones comunes de agua, gas, electricidad, calefacción, antenas, e incluso instalaciones anexas. Entre las coberturas básicas destacan: incendio, daños de extinción, explosión, rayo, impacto, humo, bomberos, desescombro, inhabitabilidad, pérdida de alquileres, vandalismo, responsabilidad civil, fianzas judiciales, robo, desperfectos, y riesgos extraordinarios amparados por el consorcio de compensación de seguros. También destacan otras coberturas opcionales para rotura de cristales, daños por agua, fontanería, etc.
  • Caja de la Inmaculada: el «Seguro para Edificios y Comunidades» cubre los riesgos propios del edificio así como la responsabilidad civil de la comunidad, a través de una única póliza.

    Las pólizas contemplan coberturas opcionales por rotura de cristales, avería de maquinaria o responsabilidad civil

  • Caja Madrid: tiene una de las ofertas más completas del mercado financiero, cuyas principales coberturas son el robo, los daños estéticos, responsabilidad civil, la asistencia en la administración del inmueble y la defensa jurídica. Contempla las reparaciones de pequeñas o grandes averías y roturas (albañilería, fontanería, electricidad…), asistencia telefónica diaria para aclarar cualquier duda relacionada con el seguro, envío de profesionales para la realización de obras, reformas o mantenimiento mediante presupuesto (con gastos por cuenta de la comunidad), información de la póliza a través de informes regulares de los sucesos y soluciones acaecidos en la comunidad, y reposición y colocación de cristales, espejos, vidrieras, etc., con posibilidad de incluir los privativos de cada vecino. Además, cuenta con un servicio destinado no sólo a solucionar los sucesos incluidos en la póliza, sino también a afrontar cualquier obra o reforma que quiera realizar la comunidad de vecinos. A ello hay que unir la cobertura individual de la póliza para situaciones de atraco en las zonas del recinto comunitario (portales, pasillos, jardines, etc.) u otras situaciones tan habituales como el cambio de cerradura por pérdida de llaves o intento de robo. La suma asegurada la decide la comunidad de propietarios dependiendo de sus necesidades, y puede elegir entre 150.260 euros, 300.510 euros, 450.760 euros o 601.020 euros.
  • Caja del Mediterráneo: ofrece una póliza que permite cubrir aquellos siniestros, amparados por la póliza, que tengan lugar en el edificio comunitario a través de un seguro con múltiples garantías, especialmente diseñado para cubrir los desperfectos del edificio (portales, escaleras, garajes, jardines, piscinas, tejados o fachadas).
  • Ibercaja: el «Seguro Comunidades» es una póliza que cubre las principales necesidades de la comunidad de vecinos, y cuenta entre sus principales ventajas con una bonificación por no siniestralidad, el hecho de poder elegir la forma de pago que más interese a la comunidad (semestral o anual), la adaptación automática de capitales, y la posible contratación de garantías opcionales.
  • La Caixa: cuenta con uno de los productos más diferenciados que ofrece el mercado asegurador en estos momentos. Se trata del «SegurCaixa Inmuebles», una póliza que cubre los daños que sufren con más frecuencia los inmuebles de reciente creación. Cubre tanto los elementos propios de la construcción como el posible daño al mobiliario de la comunidad. Además, incluye un servicio de asistencia para reparaciones. Los destinatarios de esta póliza son las comunidades de propietarios y los promotores, una vez ha finalizado el proceso de construcción. Uno de los aspectos más atractivos de esta propuesta es la forma de pago y duración del seguro, ya que es su titular quien decide lo que más le conviene, y puede pagar la cuota de forma mensual, trimestral, semestral o anual.

La propuesta de las aseguradoras

A pesar de ser las pioneras en disponer de este tipo de producto, la oferta actual de las compañías de seguros no es tan extensa como la bancaria, y entre los grandes grupos del sector solamente Mapfre, Liberty, Ocaso y Zurich se encargan de dar una respuesta a las necesidades de las comunidades de vecinos.

  • Mapfre: el «Multiriesgo Comunidades»» garantiza indemnizaciones en metálico para compensar las pérdidas o daños que sufran los bienes asegurados a consecuencia de siniestros, de acuerdo con las coberturas establecidas en la póliza. Los miembros de la comunidad (incluyendo el personal contratado a su servicio) disfrutan de las garantías sobre responsabilidad civil personal, según argumentan desde la aseguradora.
  • Ocaso Seguros: tiene un servicio de asistencia durante todo el día para poder proporcionar una solución inmediata a los problemas de la comunidad de vecinos.
  • Liberty Seguros y Zurich: ofrecen coberturas delimitadas a las necesidades de cada edificio y comunidad.
PROTECCIÓN A LOS ADMINISTRADORES

Las pólizas para comunidades de vecinos protegen al inmueble, pero algunas ofrecen cobertura también a quien lo administra. Los presidentes y administradores son quienes tienen mayor responsabilidad, y hay seguros que les proporcionan una cobertura básica obligatoria, y otra opcional que pueden elegir el presidente o administrador individualmente.

Su contratación asegura a la comunidad de propietarios, a su presidente, a la junta directiva en el caso que la hubiera, y al administrador de la misma, defensa jurídica de la comunidad y de los asegurados, reclamación a propietarios por impago de gastos, adelanto de gastos reclamados judicialmente, asistencia jurídica telefónica y defensa en cuestiones administrativas municipales. También se reclamará el pago de los gastos originados por la ejecución de nuevas instalaciones, servicios o mejoras, siempre que éstas hayan sido válidamente acordadas y el propietario moroso esté legalmente obligado a su pago.

CARACTERÍSTICAS DEL SEGURO DE COMUNIDADES
  • Amplia flexibilidad para poder adaptar la póliza a las necesidades de cada comunidad.
  • Servicio de asistencia permanente a la comunidad.
  • Se asegura el edificio, anexos e instalaciones (garajes, trasteros, jardines, zonas de recreo o deportivas…), además del mobiliario de las zonas comunes. Puede cubrir tanto los daños a bienes de la comunidad como los privativos de cada una de las viviendas.
  • El capital asegurado se actualiza cada año para evitar desfases de capital y que, en caso de siniestro, se indemnice por la cantidad adecuada.
  • Posibilidad de fraccionar el pago del seguro: mensual, trimestral o anual.
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