Plazos de actualización de la renta

La renta podrá ser actualizada a instancia del propietario previo requerimiento fehaciente al inquilino
Por EROSKI Consumer 28 de septiembre de 2002

Cuando se firma un contrato de renta, tanto si se es arrendado como arrendatario, se debe tener muy en cuenta los plazos de la actualización de la renta, ya que estos determinan bien la cantidad a pagar como a recibir.

Según la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), durante los cinco primeros años de duración del contrato el importe del alquiler sólo podrá ser actualizado por el propietario o por el inquilino en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato. La modificación se realizará aplicando a la renta el tanto por ciento correspondiente a la anualidad anterior de la variación experimentada por el Índice de Precios de Consumo (IPC).

Para ello, se tomará como mes de referencia para la primera actualización el mes que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de la firma del contrato y en las sucesivas actualizaciones se tendrá en cuenta el que corresponda al último aplicado.

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