Uso del chaleco reflectante

La ley no especifica si es sancionable el hecho de no llevar un chaleco en el vehículo. Tampoco si se debe llevar uno solo para el conductor o varios para los acompañantes. Desde el 23 de julio de 2004 la Policía puede imponer sanciones por no utilizarlo.
Por EROSKI Consumer 23 de junio de 2004

El artículo 118 del Real Decreto 1428/2003 establece la obligatoriedad del uso del chaleco reflectante sin detallar algunos extremos que han generado dudas entre los conductores. Las dudas más frecuentes son:

¿Se puede llevar el chaleco en el maletero del vehículo?

El decreto establece la obligatoriedad de su uso para el conductor que salga del vehículo al arcén o calzada de una vía interurbana. Por tanto, hay que tener el chaleco a mano para colocárselo antes de salir. Se puede llevar en el maletero sólo si tenemos acceso al mismo desde el interior.

¿Me pueden sancionar por no llevar un chaleco en el automóvil?

No. La norma no recoge específicamente la obligatoriedad de llevar un chaleco en el vehículo, solamente obliga a usarlo en el momento que sea necesario. Por lo tanto, el simple hecho de no tener un chaleco reflectante no es sancionable.

¿Cuál es el importe de la sanción por no usarlo?

Está tipificado como sanción leve, con una multa de 90 euros.

¿Hay que llevar más de un chaleco en previsión de que deban usarlo otros ocupantes?

No es obligatorio, ya que el artículo 118 no menciona expresamente a los ocupantes, pero sí recomendable por si fuera preciso que bajaran otros pasajeros del vehículo en una vía interurbana aparte del conductor (por ejemplo, para cambiar una rueda pinchada).

¿Es obligatorio para los peatones que transitan a pie por arcenes?

El artículo 123 del Reglamento General de Circulación recoge la obligación para los peatones de llevar un «elemento luminoso o autorreflectante homologado». Puede ser un chaleco, pero también cualquier otra prenda o dispositivo. La obligación se refiere solamente a cuando transiten fuera de poblado «entre el ocaso y la salida del sol o en condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad».

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