La UE pone fin al monopolio de las sociedades de derechos de autor

A partir de ahora será más fácil conseguir licencias para la difusión de música en Internet
Por EROSKI Consumer 17 de julio de 2008

La Comisión Europea prohibió ayer la exclusividad con la que trabajan las 24 sociedades de autor europeas, entre ellas la Sociedad General de Autores y Editores de España (SGAE), y que en la práctica les garantiza el mercado dentro de su país para la difusión de obras musicales por Internet, cable y satélite.

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Imagen: CONSUMER EROSKI

Así, a partir de ahora los artistas podrán elegir libremente la sociedad que quieren que se encargue de gestionar sus derechos de autor, y no tendrá que ser necesariamente la de su país de origen, como sucede en la actualidad, señalaron desde el departamento de la comisaria europea de Competencia, Neelie Kroes.

Además, se abolirán las cláusulas por las que dos sociedades de dos países europeos se ceden bilateralmente los derechos para determinado artista o autor, reguladas hasta ahora por la Confederación Internacionales de Sociedades de Autores y Compositores. El argumento de Bruselas para poner fin a todas estas prácticas es que son contrarias a la competencia, lo que le permitiría incluso ponerles una multa.

Ventajas para los usuarios

El Ejecutivo comunitario afirma que la eliminación de las actuales restricciones permitirá a los autores elegir libremente la sociedad de gestión de derechos de autor en base a criterios como la calidad del servicio, la eficacia o la comisión que cobran.

Desde el punto de vista de los consumidores, estos podrán conseguir más fácilmente licencias para la difusión de música en Internet, por cable y por satélite en varios países a través de una única sociedad de autor.

Los artistas podrán elegir libremente la sociedad que quieren que se encargue de gestionar sus derechos

Bruselas ha propuesto además que la vigencia de los derechos de autor se eleve de 50 a 95 años. De este modo, se evitará que los artistas que cumplen 70 años dejen de percibir la remuneración que les corresponde por las obras realizadas a los 20 años al pasar estas a ser de dominio público.

Satisfacción de UTECA y rechazo de la SGAE

La Unión de Televisiones Comerciales Asociadas (UTECA) ha mostrado su satisfacción por la medida adoptada por la Comisión Europea. La SGAE, en cambio, la ha rechazado porque la considera «negativa».

UTECA, que ha sido parte en este pleito contra la Confederación Internacional de Sociedades de Autores y Compositores (CISAC), señala en un comunicado que se alegra «de que, por un lado, resulten contrarias a la competencia las restricciones impuestas a los autores que les impiden encomendar la gestión de sus derechos a la entidad que estimen conveniente. Hasta ahora, una buena parte de las entidades de gestión pertenecientes a CISAC imponían a los autores la obligación de ser siempre representados por la entidad de gestión del país del que son nacionales».

Y por otra parte, celebra que también sean contrarias al artículo 81 del Tratado CE «las cláusulas previstas en los contratos de representación recíproca suscritos por las entidades de gestión miembros de CISAC, en virtud de las cuales cada una de estas entidades sólo puede ofrecer licencias a usuarios establecidos en su territorio nacional». Esta restricción, dice, «es lo que ha motivado que cada una de las entidades miembros de CISAC (como, por ejemplo, la SGAE en España) haya disfrutado de una situación de monopolio para conceder licencias a usuarios establecidos en su territorio».

Bruselas ha propuesto además que la vigencia de los derechos de autor se eleve de 50 a 95 años

UTECA destaca que la principal consecuencia práctica de la decisión de Bruselas es que «a partir de ahora los usuarios del repertorio de las entidades de gestión miembros de CISAC podrán dirigirse a cualquiera de ellas al objeto de obtener una única licencia para sus emisiones que abarque todos los territorios en los que realicen sus actividades».

La opinión de la SGAE sobre este asunto es diametralmente opuesta. A su juicio, la medida de la UE «genera confusión» y no asegura la uniformidad del mercado europeo. En declaraciones a la agencia EFE, Pablo Hernández, responsable del Servicio Jurídico de la entidad, explica que la resolución de la Comisión «cambia la doctrina tradicional» sobre las entidades de gestión en el ámbito de Internet y requiere a las mismas que hagan determinadas adaptaciones en su forma de relacionarse en un plazo de cuatro meses.

Hernández asegura que la medida no afectará a la SGAE porque desde hace tiempo tiene alianzas internacionales con otras sociedades de gestión de derechos de autor, aunque reconoce que implicará ajustes en los contratos.

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