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Herramientas sociales
La colocación de soportes publicitarios es una de las soluciones más utilizadas para sanear las cuentas de una comunidad de vecinos
- Imagen: Daniel Lobo -La última película de Steven Spielberg a tamaño gigantesco en lid con los también enormes diseños de Penélope Cruz para una firma de ropa... Esta lucha, y otras similares, se desarrolla en las azoteas y fachadas de los edificios de toda España, ya que la inclusión de publicidad en estos soportes es ya moneda de uso común. Esta estrategia beneficia tanto a los anunciantes, que se disputan los mejores emplazamientos de las principales localidades, como a los vecinos de los inmuebles, que reciben unos ingresos extra que ayudan a sufragar parte de sus gastos de comunidad.
No todos los edificios tienen atractivo ni son adecuados para que las empresas incluyan en ellos sus mensajes publicitarios. Las agencias de publicidad conocen a la perfección las zonas de las ciudades más interesantes para situar sus anuncios. ¿Cuáles son estos emplazamientos privilegiados? Por lo general, se buscan zonas urbanas estratégicas y con mucho tránsito, por lo que los edificios más utilizados son los del centro de la ciudad, los ubicados en cruces de grandes avenidas o los que sobresalen por encima de los inmuebles colindantes. El objetivo consiste en no dejar indiferente al ciudadano, impactarlo. Y, además, hacerlo en los aproximadamente siete segundos, ya que éste es tiempo del que dispone el viandante para fijarse en dicho anuncio.
Una vez elegido el lugar idóneo en que se podría colocar uno de estos anuncios publicitarios, la empresa interesada deberá ponerse en contacto con los propietarios del edificio. ¿Qué proceso se debe seguir?
Se recomienda exigir un seguro a terceros que cubra los daños que el soporte pudiera causar
No hay un criterio unificado en cuanto al quórum necesario para la adopción de acuerdos sobre instalación de publicidad en la comunidad de propietarios. Hay dos vertientes, claramente diferenciadas:
De vital importancia cuando se habla de la colocación de antenas de telefonía móvil, es aclarar que además del quórum de las tres quintas partes, para este caso se necesitará el consentimiento de cualquier vecino del edificio que utilice marcapasos, audífonos o cualquier aparato que pueda verse afectado por los campos electromagnéticos de la antena. Además, para la adopción del acuerdo, ya sea por unanimidad o por mayoría cualificada, deberán contarse como votos favorables los de aquellos propietarios ausentes en la junta que, debidamente citados no acudieron, y una vez que se les notificó el acta donde se recoge el acuerdo, tal y como marca la ley y en plazo de 30 días, no muestran su disconformidad.
También hay que tener en cuenta que si la cubierta de la finca es común con otros edificios colindantes, será necesaria la autorización de la comunidad de vecinos de los mismos, en las mayorías señaladas anteriormente.
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