Entra en vigor la nueva directiva europea sobre utilización de hormonas en los alimentos

La UE pide a EE.UU. y Canadá el levantamiento de las sanciones comerciales ligadas al embargo europeo de la carne hormonada
Por EROSKI Consumer 16 de octubre de 2003

El pasado martes entró en vigor la nueva directiva sobre utilización de hormonas en los alimentos, lo que ha sido aprovechado por la Comisión Europea para pedir a Estados Unidos y Canadá que levanten las sanciones comerciales que impusieron a la Unión por el embargo europeo a la carne de vacuno hormonada proveniente de ambos países. En opinión del Ejecutivo comunitario, con la nueva directiva se cumplen los requisitos de la condena que le impuso la Organización Mundial del Comercio (OMC) por el embargo.

En 1998, la OMC condenó a la Unión Europea (UE) por prohibir la utilización de determinadas hormonas como promotores del crecimiento sin un análisis científico de los riesgos inherentes al consumo de carne. Desde entonces, la UE llevó a cabo una evaluación de las pruebas científicas disponibles, que sirvió para que el Consejo y el Parlamento Europeo adoptasen una nueva norma comunitaria.

Las sanciones de los Estados Unidos y Canadá contra la Unión fueron adoptadas en julio de 1999 y consisten en un aumento de los derechos de aduana de una lista de determinados productos por un importe de 116,8 millones de dólares estadounidenses y 11,3 millones de dólares canadienses, respectivamente.

Ese mismo año, la Comisión llegó a la conclusión de que la hormona «17a estradiol» debía evitarse dentro de la carne de vacuno. Por lo que respecta a las otras cinco hormonas (testosterona, progesterona, acetato de trembolona, zeranol y acetato de melengestrol), consideró que los conocimientos actuales no permitían ofrecer una estimación cuantitativa del riesgo para el consumidor.

Nueva ley

La nueva legislación confirma la prohibición de la utilización de sustancias de efecto hormonal como promotores del crecimiento de los animales de explotación. Además, reduce drásticamente las circunstancias en las que se permite administrar el «17a estradiol» a los animales destinados a la producción de alimentos, con fines distintos de la promoción del crecimiento.

En lo que se refiere a las otras cinco hormonas, la directiva modificada mantiene la prohibición provisional, que deberá aplicarse mientras la UE intenta recopilar información científica más completa para clarificar la situación actual de los conocimientos sobre estas sustancias.

Para la elaboración de la nueva directiva, la UE ha efectuado un análisis completo de riesgos, basado en los actuales conocimientos científicos y en cumplimiento de sus obligaciones internacionales, según dijo el comisario de Sanidad y Protección de los Consumidores, David Byrne, para quien la salud pública y la protección del consumidor constituyen «la esencia de nuestro enfoque de la seguridad alimentaria, basado en dictámenes científicos independientes».

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