¿Qué es un seguro de decesos y qué cubren las pólizas que ofrecen los bancos?

Los seguros de los bancos cubren desde el féretro y la gestión con la funeraria hasta la realización de testamento o el borrado de la vida digital
Por EROSKI Consumer 16 de agosto de 2020
seguro decesos del banco
Imagen: Free-Photos

El banco ya no es solo un lugar donde abrir una cuenta y depositar el dinero o realizar distintas operaciones económicas. Actualmente la mayoría de entidades bancarias también ofrece a sus clientes todo tipo de seguros, ya que estos productos se han convertido en una línea de acción importante para los bancos. Entre ellos se encuentran los seguros de decesos, con distintas modalidades según la edad de contratación, y que incluyen numerosos servicios y coberturas: desde el féretro y la gestión de los trámites post mortem hasta la realización de testamento o el borrado de la vida digital, en función de la póliza contratada.

 

Qué cubre el seguro antes del fallecimiento

Una de cada dos personas mayores de 60 años tiene seguro de decesos en España, según datos de CaixaBank. De hecho, es el tipo de seguro más contratado por lo españoles, por detrás del seguro de automóviles (que es obligatorio). Entre otras razones, puede que sea uno de los motivos por los que cada vez más entidades bancarias (como Santander, BBVA, CaixaBank, Ibercaja o Laboral Kutxa, entre otras) cuentan con seguros de decesos. Se trata de productos bastante completos que cuentan con diferentes servicios legales relacionados directamente con el fallecimiento, entre los que destacan:

  • Asesoramiento legal al asegurado para poder planificar la herencia (o hacer una donación), aconsejando a la familia la opción más favorable en cada caso.
  • Elaboración del testamento, ya sea presencial o en sus modalidades online o telefónico.

seguro decesos del bancoImagen: burrowsp

Servicios en el momento del deceso

En el momento en que se produce la muerte de un familiar es importante poder delegar todas las gestiones, sin añadir más carga a una situación ya de por sí difícil. Las pólizas de defunción, además de asegurar total disponibilidad cualquier día y a cualquier hora, suelen contar con estos servicios, comunes en la mayor parte de las entidades citadas:

  • Gestor personal que acompaña desde el primer momento a la familia  de la persona fallecida y se encarga de realizar todas las gestiones con la funeraria y otros trámites burocráticos.
  • Féretro
  • Acondicionamiento del fallecido
  • Sala de velatorio con servicio –comida, desayuno o cena para los familiares-
  • Servicio religioso, si se desea
  • Corona de flores
  • Inhumación o cremación
  • Esquelas y recordatorios
  • Costes de traslado del fallecido y un acompañante cuando el fallecimiento se produce en un país o localidad diferente al elegido para el sepelio.

Algunas entidades ofertan servicios complementarios como cobertura para los hijos fallecidos durante la gestación o antes de cumplir 30 días de vida, entre otras ampliaciones.

Coberturas después del fallecimiento

Hay algunas coberturas y servicios interesantes que se prestan tras el fallecimiento de un familiar, aunque casi siempre son garantías complementarias que aumentan el precio de la póliza.  Algunas de ellas son:

  • Asistencia psicológica: cubre la asistencia en el momento del fallecimiento y, según la entidad y el tipo de póliza, cubre además más o menos sesiones de terapia psicológica. En general, se aplica esta cobertura cuando la muerte se produce por un accidente u otro hecho traumático.
  • Borrado de la vida digital: el seguro se encarga de gestionar el derecho al olvido y borrar toda huella de la persona fallecida en sus cuentas personales, redes sociales, páginas web o servicios de correo electrónico o almacenamiento digital.
  • Devolución de capital asegurado a herederos, siempre que los gastos del funeral y entierro sean inferiores al capital asegurado.
  • Gestión para la obtención de los certificados necesarios tras el fallecimiento: defunción, matrimonio, fe de vida, registro de actos de últimas voluntades, certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento…

seguro de decesos y bancoImagen: vlanka

¿Cuánto cuesta un seguro de decesos y quién lo puede contratar?

Cualquiera puede contratar un seguro de decesos de las entidades bancarias, y la prima se determinará teniendo en cuenta la edad del asegurado y el capital del servicio fúnebre (que se establece automáticamente teniendo en cuenta el coste de  los servicios funerarios en la localidad del fallecido). El precio aumenta conforme mayor sea la edad del asegurado. Asimismo, será más caro cuantas más coberturas se añadan a las básicas que incluyen todas las pólizas.

Hay diferentes modalidades de pólizas, adaptadas a cada tramo de edad:

  • Prima única: el asegurado debe tener 65 o más años y no es preciso rellenar un cuestionario de salud. En algún caso, la entidad permite contratar la prima única desde los 50 años.
  • Pago periódico: hasta los 64 años lo habitual es realizar un pago periódico, que se suele abonar una vez al año aunque también pueden hacerse pagos trimestrales o semestrales.

Además, las entidades bancarias cuentan también con seguros de defunción que admiten a varios miembros de la familia en una sola póliza (siete, 10 o hasta 15 miembros, según las entidades bancarias y la póliza contratada).

Los períodos de carencia del seguro de decesos

¿Qué es la carencia? Es el intervalo temporal que existe entre la fecha de efecto de la póliza y el momento en que se activan por completo las coberturas. En algunos de los seguros de las entidades bancarias (lo más habitual) la carencia es de dos meses, salvo en caso de accidente, que no tiene carencia.  En el caso de fallecimientos por suicidio, el período de carencia es de un año.

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