¿Quién me cubre los daños por el temporal?

Debes leer con atención tu póliza de seguros porque de lo que tengas contratado dependerá en gran medida que todos o algunos daños queden cubiertos
Por EROSKI Consumer 19 de enero de 2021
Cubre el seguro daños por nieve
Imagen: qimono

¿Quién cubre los daños y las lesiones consecuencia del temporal Filomena? La nieve y las heladas vividas a finales de la semana pasada han sobrepasado las previsiones y han dejado gran parte de España sepultada bajo la nieve. Tras la idílica estampa de los primeros días, los daños causados se están revelando muy importantes, y en los más diversos escenarios: caídas y fracturas, desperfectos en vehículos, cancelaciones de vuelos y viajes, daños en edificios… Las aseguradoras ya han explicado que solo se abonará a los afectados por el temporal que tengan seguro y, además, solo los daños que tuvieran contratados en sus pólizas. ¿Cómo saber si estoy cubierto y qué me pagarán? En este artículo veremos los distintos casos y las posibles coberturas e indemnizaciones a las que se puede tener derecho.

¿Qué situaciones puedo reclamar al seguro?

Resbalones y caídas

Si tienes una caída en la nieve o el hielo mientras te desplazas al trabajo, a comprar, etc. debes saber que las aseguradoras cubren los gastos derivados de estos siniestros. Eso sí, siempre que tengas contratado un seguro de salud o una póliza de otro tipo que cubra este tipo de incidentes de forma explícita. Además, es esencial que te encuentres al corriente del pago de las cuotas del seguro.

?? ¿Y a quién puedes reclamar si no tienes seguro? ¿De quién puede ser la responsabilidad? En caso de un resbalón o una caída, puedes reclamar al ayuntamiento de tu localidad. Pero tienes que demostrar que no es tu responsabilidad por no tomar precauciones, y para ello debes acreditar que el consistorio —o la Administración correspondiente— no ha activado los protocolos de emergencia, no ha limpiado la zona o no ha avisado del peligro… Es decir, tendrás que probar que ha actuado de un modo negligente.

Seguros y daños por temporal nieveImagen: cplo

Desperfectos en el coche

El siniestro más habitual tras el paso de Filomena ha sido, según explican expertas de Mapfre, «salidas de vía, impactos de árboles u otros objetos y la necesidad de servicio de taxi para desplazamientos a domicilio o puesto de trabajo tras los percances. También el rescate de vehículos de la nieve y los problemas de arranque por el intenso frío».

¿Se hace responsable el seguro de estas situaciones? Sí, el seguro se hace cargo, aunque siempre en función del tipo de seguro contratado. Cuanto más completo (y, por lo general, más caro) sea nuestro seguro de coche, tendremos más coberturas.

En el caso de que caiga un árbol y destroce el parabrisas y abolle el automóvil, se darían tres situaciones distintas según el tipo de seguro:

  • Seguro a todo riesgo. Te pagarán los desperfectos causados por la nieve.
  • Seguro a terceros con lunas. Si tienes contratada una póliza a terceros con lunas, el seguro se hará cargo de abonar la reparación del cristal delantero de tu vehículo, pero no el resto de desperfectos que tenga.
  • Seguro a terceros. Es el peor de los casos, pues tendrías que abonar de tu bolsillo los desperfectos de tu coche. Es el seguro que tiene gran parte de los usuarios cuando el turismo tiene ya cierta edad.

?? ¿De quién es la responsabilidad si cae un árbol sobre tu coche? ¿A quién puedes reclamar?  El responsable es el propietario del terreno donde está el árbol: si es en tu urbanización, la responsable es la comunidad de propietarios; el ayuntamiento lo será en el caso de calles públicas; y la comunidad autónoma, en las zonas de su competencia que tengan árboles (o farolas, postes…).

Daños en edificios, pisos o locales

Los siniestros más habituales están siendo, tras el temporal, «los relacionados con daños en inmuebles causados por el peso de la nieve en tejados, toldos y canalones«, explican desde Mapfre.

En estos casos, el seguro de hogar puede cubrir los daños ocasionados por la nieve, aunque depende de la póliza concreta, pues no es sencillo generalizar. Por ejemplo, muchas aseguradoras cuentan con cobertura en caso de incidencias por filtraciones provocadas por el hielo o la nieve, según indican las expertas. Como en todos los casos, hay que demostrar que los daños de tu vivienda son consecuencia del temporal.  

?? ¿A quién puedes reclamar si el daño no es en el inmueble sino desde un inmueble? Si cae nieve acumulada en tejados, por ejemplo, debes reclamar al titular del edificio en cuestión (la comunidad de propietarios, el ayuntamiento o un particular, según el caso).

Seguro y daños por temporal de nieveImagen: StockSnap

¿Qué debo hacer?

Si has sufrido daños por causa del temporal en tu coche, tu casa o te has caído y has resultado lesionado, es muy importante seguir estas pautas:

  • Sacar fotos o vídeos. Es vital contar con la mayor documentación posible que lo demuestre.
  • Intentar tener testigos que puedan corroborar tu versión de los hechos.
  • Avisar al seguro en el menor plazo posible: cuando ocurra una incidencia de este tipo debes ponerte en contacto con la compañía de seguros, que te indicará los pasos que debes seguir.

¿Y si eres tú el responsable del daño? También en el caso de haber provocado algún daño debes avisar a tu seguro, «ya que muchos de los seguros incluyen cobertura de Responsabilidad Civil», señalan desde Mapfre.

¿Vuelos cancelados? Responde la aerolínea

Si eres uno de los miles de viajeros afectados por la cancelación de un vuelo por las condiciones meteorológicas derivadas de un temporal como Filomena, debes saber que te asisten derechos. Así, «las aerolíneas deben ofrecer cambios sin gastos o reembolsos a todos los pasajeros afectados», comenta Santiago Montero, CEO de la plataforma de viajes Aervio.

Sin embargo, no te corresponde indemnización, pues el mal tiempo es considerado como causa ajena a las compañías y quedan exentas de pagar indemnizaciones.

¿Qué cubre el Consorcio de Compensación de Seguros?

El Consorcio de Compensación de Seguros es una entidad pública que indemniza los daños que ocasionan determinadas catástrofes como inundaciones, vientos superiores a 120 km/h, tempestades atípicas, maremotos o terremotos. No incluye el peso de la nieve, granizo, la lluvia directa ni los vientos inferiores a los 120 km/h. Sin embargo, sí indemnizará si el temporal se ha manifestado en forma de inundación, embate de mar o de tempestad de viento con rachas que superen los 120 km/h.

Para reclamar ante el Consorcio es necesario que las personas y los bienes dañados se encuentren asegurados en el momento de producirse los daños.

Sigue a Consumer en Instagram, X, Threads, Facebook, Linkedin o Youtube