Usuarios y titulares de aparcamientos coinciden en la necesidad de una ley que regule el sector

La nueva normativa obligará a los propietarios de los estacionamientos a hacerse cargo de los daños causados al vehículo y a los componentes fijos
Por EROSKI Consumer 17 de junio de 2002

El pasado 12 de junio la Comisión de Justicia e Interior del Congreso aprobó el texto de la futura ley que regulará los contratos de aparcamientos públicos. Esta ley vendrá a cubrir el vacío legal existente en esta materia y que obligaba a recurrir a los tribunales para decidir quien era el responsable de los robos o de los desperfectos que se producían en los vehículos estacionados en aparcamientos públicos.

Aunque la normativa ha sido acogida, en general, con satisfacción, algunas asociaciones de usuarios esperan enmendarla a su paso por el Senado, al considerarla «restrictiva» con respecto a algunos derechos.

Aspectos de la ley

Según la norma, el titular del aparcamiento deberá responder frente al usuario y el propietario del vehículo por los daños y perjuicios que les ocasione «el incumplimiento, total o parcial, de las obligaciones previstas en la ley». A su vez, «el usuario será responsable frente al empresario y los demás usuarios de los daños causados por el incumplimiento de sus deberes o la impericia en la conducción dentro del recinto». El propietario del aparcamiento deberá devolver al cliente de una plaza, el vehículo y los componentes que «se hallen incorporados funcionalmente de manera fija e inseparable», mientras que el usuario será «el responsable de los accesorios extraíbles, como radiocasete o teléfonos móviles».

La Ley comenzó a tramitarse en mayo del pasado año a partir de una proposición del PP y CiU, y otra del PSOE, que se han sustanciado en una sola. En el texto se han introducido algunas modificaciones durante su debate en ponencia como la de que los aparcamientos deberán disponer de mecanismos de aviso homologados perceptibles desde la vía pública, para favorecer la movilidad y la seguridad de las personas con discapacidades auditivas y visuales. Asimismo se obligará a este tipo de establecimientos a que dispongan de formularios de reclamaciones para los usuarios y que éstos puedan acudir a la mediación de las Juntas Arbitrales de Consumo, en el caso de reclamaciones de indemnizaciones por daños y perjuicios contra el dueño de la instalación.

Sentencia de Barcelona

La necesidad de tramitar con urgencia una ley para dueños de aparcamientos y arrendatarios se vio con mayor claridad tras la sentencia del Tribunal Supremo de hace dos años, que condenó a la empresa concesionaria del parking del aeropuerto de Barcelona a indemnizar con 60.000 euros por la desaparición de un coche que había sido estacionado allí.

«La resolución estimó que en virtud del contrato de garaje, el garajista asume la obligación de custodia y guarda del vehículo. La seguridad aparece, por tanto, como elemento unido al contrato de aparcamiento, y va todavía más lejos, al señalar que no pueden tolerarse cláusulas exoneratorias de responsabilidad, refiriéndose a las que suelen aparecer en los tickets de los aparcamientos, eximiendo al garajista de responsabilidad por robo o daños en el vehículo», señala Salvador Orlando, representante legal de Inmobiliaria Frontera, que explota los estacionamientos donostiarras de Buen Pastor-Reyes Católicos, Boulevard, Plaza Easo, Pío XIl y Alderdi Eder, con cerca de 2.000 plazas.

Aunque esta primera sentencia no basta para crear jurisprudencia, Orlando entiende que creó la suficiente inquietud en el sector como para llevar finalmente al Congreso a tramitar la ley denominada Regulación del contrato de Aparcamiento de Vehículos. «Se trata de fijar las respectivas responsabilidades de empresario y usuarios en este contrato, delimitando los criterios y dudas planteados por la Jurisprudencia. En líneas generales podemos decir que la Ley establece la obligación del garajista de custodiar el vehículo, obligación que se limita al coche y a sus elementos fijos e inseparables, pero no a aquellos no fijos y extraibles y a los depositados por el usuario en él, salvo que hallan sido declarados expresamente a la entrada», señala Orlando.

Un texto necesario

Roberto Barenas, encargado de Eguisa, concesionaria de los parkings de La Concha, Oquendo, Kursaal, en San Sebastián, y Plaza de Cataluña, en Barcelona, con unas 2.100 plazas, cree que la aprobación de la ley va a ser algo positivo para todos. «Siempre que guarde una cierta lógica será bien recibida porque así sabremos cada uno a qué acogernos. Así me podrán atacar y yo me podré defender con la ley en la mano. Ahora cada uno se busca la vida como puede y se ponen demandas y unas veces ganas y otras pierdes». Barenas piensa que en el tema de daños a terceros o de denuncia de robos ha habido mucha picaresca. «Está desde el que entra con el coche ya abollado y luego hace la reclamación, hasta el que dice que le han robado del interior del turismo el abrigo de visón de su mujer o un maletín con 12.000 euros. Lo lógico es que el parking se haga cargo de lo que le haga al coche por un desprendimiento de una lámpara o de parte del techo, por una goteras… Luego, por supuesto, está el tema del robo del automóvil, pero en los 29 años que llevó en la empresa no ha habido ningún robo», dice Barenas.

«Me alegro de que se clarifique el panorama legal para evitar lo que ha sido un auténtico caos en esta materia. Nosotros, por ejemplo, tenemos ahora una sanción de 1.200 euros del Gobierno Vasco, que hemos recurrido, por tener escrita en los tickets una frase en torno a nuestra no responsabilidad en caso de robos y daños en el vehículo. Con la ley en la mano todos sabremos cómo tenemos que hacer nuestro trabajo», dice Pedro Morlán, responsable del aparcamiento Nuevo Gros-Txofre, que cuenta con 462 plazas públicas.

Críticas de los usuarios

Con todo, desde las asociaciones de usuarios, y aunque se reconoce la necesidad de una ley que regule el sector, se interpreta que el texto aprobado en el Congreso es en ocasiones más restrictivo que lo que hasta ahora han sido las sentencias de los jueces. «La norma es necesaria para clarificar, pero debe recoger la jurisprudencia más protectora para el consumidor, y no la menos protectora», señala Luis Cordero, representante legal de la Unión de Consumidores del País Vasco (UCE). El abogado apunta cómo la nueva ley excluye la responsabilidad de los aparcamientos públicos de los centros comerciales, o de aquellos que sean gratuitos.

De la misma manera piensa Mario Arnaldo, presidente de Automovilistas Europeos Asociados (AEA), que tras reconocer la oportunidad de un texto legal, puntualiza que la nueva normativa reduce derechos históricos de los automovilistas en caso de sustracciones. «La ley exonera de la vigilancia a concesionarias de aparcamientos de hoteles y de grandes superficies, y eso no se puede aceptar». Tanto UCE como AEA intentarán introducir enmiendas al texto que se apruebe definitivamente en el Senado.

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