El Supremo rebaja una de las tres sanciones impuestas a Boliden por el desastre de Doñana

Mantiene las otras dos, que ascienden en total a más de tres millones de euros
Por EROSKI Consumer 26 de noviembre de 2004

El Tribunal Supremo (TS) ha estimado parcialmente el recurso de la empresa Boliden Apirsa S.L. y ha rebajado una de las tres sanciones que el Consejo de Ministros le impuso por el desastre ecológico causado en abril de 1998 por la rotura de la balsa de almacenamiento de residuos mineros en Aznalcóllar (Sevilla). La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal rebaja así en 1.352.772 euros esa sanción, que el Ejecutivo fijó inicialmente en 41.606.316,75 euros.

El Supremo, sin embargo, mantiene las otras dos multas impuestas a la empresa sueca: la primera, por valor de 601.012,10 euros, por considerarla responsable de una infracción de la Ley de Aguas; y la segunda, de 2.780.181,66 euros, por los daños ocasionados al dominio público hidráulico.

La reducción de la tercera sanción se produce porque el Gobierno, según recuerda el Supremo, sólo es competente para acordar la reposición del terreno afectado al estado anterior a la catástrofe «cuando se trata de bienes de dominio público hidráulico, pero no cuando se trata de daños causados a particulares», que habrán de reclamarse por éstos ante la jurisdicción civil.

Además, se exime a Boliden del pago de algunos gastos que, al parecer, no se correspondían con la rotura de la presa. Entre ellos, «unas cantidades satisfechas por expropiaciones» y los de las obras destinadas a asegurar el Parque Nacional de Doñana de las crecidas del Guadalquivir.

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