La UE insta a la industria a aplicar el reglamento REACH que le obliga a registrar las sustancias químicas

Aquellas empresas que no lo hagan deberán suspender inmediatamente su fabricación o importación
Por EROSKI Consumer 14 de mayo de 2008

El nuevo reglamento REACH obliga a la industria establecida en la Unión Europea (UE) a registrar las sustancias químicas utilizadas antes del 1 de diciembre de este año. La información que presenten permitirá sopesar los riesgos para la seguridad y determinar hasta qué punto las sustancias pueden afectar a la salud o al medio ambiente.

«REACH es la normativa más ambiciosa del mundo en materia de sustancias químicas y representará una contribución inestimable para su gestión segura en la UE», señaló el comisario de Medio Ambiente, Stravros Dimas. Y es que la obligación de registro o prerregistro afecta a más de 30.000 sustancias (ácidos, metales, disolventes, etc.).

De prerregistrarse estas sustancias entre el 1 de junio y el 1 de diciembre, los importadores y fabricantes pueden ahorrarse pruebas innecesarias, con la consiguiente reducción de costes, y obtener más tiempo para el registro definitivo.

La Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos (ECH, por su siglas en inglés) ha propuesto prórrogas de tres a 11 años para las empresas que procedan al prerregistro.

Aquellas compañías que no hayan prerregistrado las sustancias químicas dentro del plazo previsto, deberán suspender inmediatamente su fabricación o importación. Para retomar sus actividades, deberán cumplir todo el procedimiento de registro.

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