Seguros de motos

El elevado precio de las pólizas favorece la circulación sin seguro, sobre todo entre los más jóvenes
Por Azucena García 29 de agosto de 2005

La seguridad vial parece estar reñida con los jóvenes. Las estadísticas aseguran que son ellos quienes cometen un mayor número de infracciones y su implicación en los accidentes de tráfico es superior a la registrada en cualquier otro tramo de edad. Cuando se trata de ciclomotores y motocicletas las cifras se disparan y hay informes que acusan a los conductores inexpertos, generalmente también los de menor edad, de tener siete veces más posibilidades de resultar heridos en un siniestro. Esta es la razón por la que las compañías aseguradoras ponen trabas a los motoristas a la hora de contratar una póliza y las que ofrecen para los vehículos de gran cilindrada pueden ascender hasta los 2.400 euros si se contrata un seguro a todo riesgo. Los afectados se quejan de que estas tasas son excesivas y denuncian una situación que ha llevado a muchos de ellos a conducir sin seguro.

Tasas elevadas

Contratar un seguro de moto es cada vez más caro. De hecho, casi tres de cada diez motoristas circulaban hace apenas un par de años sin contratar una póliza, pese a que esta infracción puede suponer una multa de hasta 3.000 euros. El portavoz de la Asociación de Motoristas para la Promoción de la Mutualidad General del Motorista, Miguel Ángel Serna, recuerda que el aumento de las pólizas coincidió con el momento en que los fabricantes de ciclomotores consiguieron que se aprobara la posibilidad de que el conductor viajara acompañado, “es decir, cuando se permitió que se doblara el número de ocupantes, también se dobló el número de daños y las compañías aumentaron los precios”. Además, otra de las causas que favoreció el incremento de los seguros fue la aparición de nuevos usuarios con carné de coche que pueden conducir motocicletas hasta 125 centímetros cúbicos, lo que aumentó el número de conductores y planteó, según Miguel Ángel Serna, una problemática: “Son personas sin experiencia en moto a pesar de que hay compañías que han hecho un tramo especial para estos nuevos motoristas porque se supone que forman parte de un sector maduro con experiencia en circulación, que les hace ser menos imprudentes y tener un riesgo menor de accidente”.

Tasas elevadas

El caso es que por una razón u otra el precio es elevado y los usuarios se quejan de que las aseguradoras ponen muchas trabas a la hora de aceptar a los motoristas. “Algunas compañías ni siquiera ofrecen la posibilidad de contratar una póliza”, asevera Miguel Ángel Serna ante una situación en la que el coste del seguro puede oscilar entre los 130 euros del seguro básico de un ciclomotor de 50 centímetros cúbicos, los cerca de 500 euros de una póliza para una scooter de 125 centímetros cúbicos y los casi 2.400 euros anuales de una motocicleta de 1.300 centímetros cúbicos asegurada a todo riesgo, conducida por un joven de 20 años que se acaba de sacar el carné de conducir y, por lo tanto, que apenas tiene experiencia.

La principal razón de esta carestía, que causó también un descenso cercano al 55% en la venta de motos entre 2001 y 2003, se debe a la peligrosidad que se presupone a las motocicletas y un mayor riesgo de sufrir un accidente. Los jóvenes entre 16 y 27 años son los que peor lo tienen a la hora de conseguir un seguro ya que, según las estadísticas, son quienes más posibilidades tienen de estar implicados en un siniestro. “Además, cuando hay un accidente entre una moto y un coche, los daños en la moto son más elevados porque, generalmente, el motorista resulta lesionado y hay que pagar esas lesiones”, lamenta Serna.

Otros factores que influyen en el momento de fijar la prima son la experiencia como conductor, puesto que cuantos más años de carné, se supone una menor peligrosidad; y la zona geográfica. Y es que la densidad de tráfico de ciudades como Madrid o Barcelona, además del clima y la calidad de la red viaria influyen de manera importante. Por último, también se tienen en cuenta el tamaño y potencia del vehículo; a mayor potencia mayor será el daño en caso de accidente. No es lo mismo que una persona utilice su coche para viajes esporádicos o ir al trabajo, que el vehículo se use todos los días por motivos profesionales, como es el caso de taxistas o repartidores.

Qué debe incluir un seguro de moto

Las coberturas que debería incluir y las que en realidad incluye un seguro de moto no siempre coinciden. Las compañías aseguradoras no suelen ser muy amigas de ofrecer este tipo de pólizas y, aunque es cierto que el mercado cada vez está más sensibilizado con los motoristas, las ofertas aún dejan mucho que desear. Por ello, hay que tener en cuenta que “lo mínimo exigible” para contratar el seguro con una compañía es, según el Real Automóvil Club de España (RACE), lo siguiente:

  • Seguro de Responsabilidad Civil Obligatoria.
  • Seguro de Responsabilidad Civil Voluntaria, que amplía los capitales de la anterior
  • Asistencia en viaje.
  • Defensa y reclamación de daños para casos de siniestros.
  • Seguro de accidentes para el conductor, ya que éste no suele estar incluido en el de Responsabilidad Civil, que sólo cubre daños a terceros.

Ahora bien, dentro de cada uno de estos apartados el asegurado debe leer con cuidado las condiciones generales y particulares, la denominada ‘letra pequeña’, puesto que si bien una póliza puede ofrecer todo lo anterior, no siempre lo hace en los términos deseables. Por ejemplo, en el caso de asistencia en viaje, se debe dejar constancia de que se incluye la ayuda para cualquier contratiempo, de tipo mecánico o accidente, que se produzca durante un desplazamiento. Además, hay que aclarar si esta ayuda se ofrece desde el kilómetro 0, es decir, desde el propio domicilio o garaje, o desde un punto kilométrico más alejado y que no cubriría, por lo tanto, los fallos en el arranque del vehículo.

También hay que aclarar con la aseguradora si los percances que sufra la motocicleta durante un recorrido por el campo se cubren igual que si ocurrieran dentro de la ciudad o en carretera, así como el punto hasta el que se aplica la asistencia en viaje, esto es, si la compañía ofrece ayuda sólo dentro del territorio español o también lo hace en la Unión Europea y el resto de países. “La asistencia en el extranjero no siempre es obligatoria, ésta puede tener sólo ámbito nacional o incluso menor, como en el caso de los ciclomotores, pero en la actualidad existen dos acuerdos firmados entre España y países extranjeros, a través de los cuales se puede garantizar la circulación del automóvil de una forma u otra”, explica un portavoz del RACE. Estos acuerdos son:

  • El Convenio Multilateral de Garantía, firmado con los países de la Unión Europea y que permite la circulación libre por los países integrantes de ésta. El conductor no necesita circular con la denominada Carta Verde de Seguro o certificado internacional -que se solicita en la propia compañía-, aunque es aconsejable llevarla consigo para evitar posibles problemas en caso de accidente.
  • El Convenio Interbureaux, firmado con Albania, Israel, Rumania, Andorra, Irán, Serbia y Montenegro, Bulgaria, Marruecos, Túnez, Bosnia-Herzegovina, Moldavia, Turquía, Bielorrusia, Macedonia y Ucrania. En estos países la circulación también es libre, pero la Carta Verde de Seguro es obligatoria, de manera que si no se presenta el vehículo es considerado como no asegurado.

En cuanto a la cobertura, los acompañantes (terceros) están cubiertos por el Seguro de Responsabilidad Civil Obligatoria, cuya indemnización en caso de accidente es ampliada por el Seguro de Responsabilidad Civil Voluntaria, mientras que el conductor podrá recibir también indemnización cuando no sea el culpable del accidente. En caso contrario, es decir, si el conductor es culpable del siniestro, deberá contar con un seguro de conductor para que la póliza le cubra o un seguro de vida que le indemnice en caso de accidente o muerte. Para accidentes en el extranjero, las compañías suelen ofrecer un teléfono de asistencia al que poder llamar desde el país en el que nos encontremos.

Por último, la asistencia sanitaria y la defensa jurídica son otros dos servicios importantes que suelen contemplar las pólizas

La asistencia sanitaria y la defensa jurídica son otros dos servicios importantes que suelen contemplar las pólizas

, de manera que la compañía aseguradora haga frente a los gastos de ambulancia, hospitalización u operaciones, además de poner a disposición del asegurado un abogado y un procurador, cuando sea preciso acudir a un juicio. En ambos casos se debe concretar la cantidad máxima que la aseguradora ofrece al asegurado para estos supuestos.

Consorcio de Compensación de Seguros

En este contexto de incremento de precios fue cuando surgió la necesidad de encontrar una solución, que llegó con el Consorcio de Compensación de Seguros, organismo dependiente del Ministerio de Economía y que cuenta entre sus clientes con un buen número de motoristas menores de 27 años y que conducen un ciclomotor, si bien- asegura Serna- “al final el Consorcio ha tenido que ir subiendo primas y reduciendo compensaciones, por lo que se firman contratos en unas condiciones mínimas. Todo es bastante precario”.

En concreto, el Consorcio asume la contratación del Seguro de Responsabilidad Civil Obligatoria y el Seguro Voluntario. En el primero de los casos, según explica Belén Soriano, de la Dirección Técnica del Consorcio, “el seguro está sometido a su regulación normativa y sus limites indemnizatorios están fijados en 350.000 euros por víctima en daños personales y 100.000 euros por siniestro en daños materiales, además de hacerse cargo de la totalidad de los gastos de asistencia sanitaria o, en caso de muerte, los de entierro y funeral”. No se cubren, sin embargo, los daños causados a terceros por encima de las cantidades citadas, los daños al conductor del vehículo causante del accidente, los daños materiales del vehículo causante ni de lo que en él se transporta, a reclamación de daños, la defensa jurídica y la asistencia en viaje, entre otras cosas.

Respecto al Seguro de Responsabilidad Civil Voluntaria, la Ley autoriza al Consorcio a superar los límites del seguro obligatorio con un máximo de indemnización de 50 millones de euros por siniestro, es decir, sumando daños materiales y personales. Tampoco se contemplan aquí las situaciones excluidas en el seguro obligatorio.

En cuanto al perfil de sus clientes, el Consorcio sólo asegura a los conductores que previamente han sido rechazados por al menos dos compañías. Una circunstancia que antes debía hacerse constar por escrito pero que según explica Belén Soriano, “al repetirse la negativa de las compañías a firmar esos escritos, se decidió flexibilizar la norma para los vehículos de dos ruedas y permitir a los dueños confirmar este rechazo de manera oral, sin necesidad de presentarlo por escrito”.

Así, la contratación se realiza siempre por vía telefónica (de ahí la confirmación oral), en el número de teléfono 902 22 26 65 y en horario de nueve de la mañana a tres de la tarde. Además, la llamada debe ser hecha directamente por la persona interesada en contratar el seguro que deberá aportar los datos de las entidades que se han negado a contratarle, DNI, licencia de conducción, permiso de circulación del vehículo a asegurar y certificado de características técnicas del citado automóvil. Posteriormente, dispondrá de quince días para abonar el recibo ya que, si no lo hiciera en este plazo, la póliza de seguro quedaría anulada.

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