Los países de la UE deberán rotular los medicamentos en braille a partir de octubre de 2005

Cermi espera que esta medida "cree un precedente de accesibilidad a la información que se vaya extendiendo a todos los productos"
Por EROSKI Consumer 12 de mayo de 2004

Los países miembros de la Unión Europea (UE) deberán rotular los medicamentos en braille y adaptar el prospecto a personas ciegas y deficientes visuales a partir del 30 de octubre de 2005, según la Directiva 2004/27/CE del Parlamento y del Consejo europeos de 31 de marzo de 2004, publicada el pasado 30 de abril en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas, informó el Comité Español de Representantes de Minusválidos (Cermi).

Según el artículo 56 de esta directiva, «el titular de la autorización de comercialización garantizará que, previa solicitud de las organizaciones de pacientes, el prospecto de información del producto estará disponible en formatos apropiados para las personas invidentes o con visión parcial».

Esta medida fue incorporada durante la tramitación de la directiva, que modifica una previa del año 2001, por el Parlamento Europeo, respondiendo así a una demanda planteada por Cermi y apoyada por la ONCE, la Unión Europea de Ciegos, el Real Instituto Británico de Ciegos y el Foro Europeo de la Discapacidad.

El Comité confía en que esta medida «cree un precedente de accesibilidad a la información que se vaya extendiendo progresivamente a todos los productos y servicios a disposición de los consumidores, sin exclusiones por razón de discapacidad».

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