La normativa actual sobre nuevos alimentos data de 1997. Este reglamento ha sido considerado como elemento de “freno” a la innovación. Por ello, hace años se puso en marcha una revisión de esta regulación y en 2008 se propuso un reglamento que fue rechazado en marzo de 2011, cuando el Parlamento Europeo y el Consejo no pudieron llegar a un acuerdo en la última etapa del proceso. Se hablaba de un nuevo proyecto para 2013 junto al de Reglamento para los productos alimenticios procedentes de animales clonados. ¿En qué situación nos encontramos? El artículo explica qué son los nuevos alimentos y qué objetivos debería perseguir la nueva propuesta legislativa.
Un nuevo alimento es aquel que se produce gracias a nuevos métodos tecnológicos (salvo los alimentos modificados genéticamente, que se someten a una legislación comunitaria específica). Se pueden citar diferentes ejemplos:
Alimentos creados por la industria agroalimentaria, como alimentos con fitoesteroles que contribuyen a la reducción del colesterol.
Alimentos naturales exóticos; la regulación sobre nuevos alimentos se aplica también a alimentos naturales exóticos. Es decir, bien conocidos en terceros países pero poco consumidos o recientemente consumidos en la Unión Europea.
Alimentos con «nano ingredientes». La nanotecnología cada vez toma más importancia en diversos sectores, el alimentario no es ajeno y se ha planteado que se pueda hablar de los «nano ingredientes» con capacidad para modificar los alimentos o las bebidas, por ejemplo, el sabor o el color, o crear agentes antibacterianos.
Nuevos alimentos, no se logra un acuerdo
No hay acuerdo para aprobar una nueva legislación sobre nuevos alimentos
Hace años que se persigue una regulación más flexible y adaptada a la realidad del sector alimentario. No obstante, esa es la intención, ya que la realidad es que el Parlamento Europeo tras el penúltimo intento anunció en un comunicado de prensa bastante virulento que las negociaciones con el Consejo sobre la revisión de la legislación comunitaria que regula la comercialización de nuevos alimentos habían fracasado y, por tanto, esto aplaza la nueva legislación sobre «novel foods».
Pasos de negociación de la propuesta
El ámbito de aplicación de la propuesta no agradó al Parlamento Europeo en la medida en que incluye alimentos producidos gracias a nuevas tecnologías (por ejemplo la nanotecnología) lo que permitiría que estos puedan someterse al procedimiento previsto y, en consecuencia, ser autorizados en la Unión Europea. Finalmente, el Consejo rechazó las enmiendas del Parlamento Europeo y los debates entre las dos ramas del legislativo comunitario no llegaron a buen puerto, lo que supuso el fracaso de la negociación.
Por tanto, estamos a la espera de una nueva propuesta por parte de la Comisión, que en teoría se esperaba para el presente años 2013, aunque rebasado el ecuador del mismo sin noticias, todavía no sabemos lo que tardarán. Ahora mismo, sigue aplicándose el Reglamento de 1997.
¿Qué objetivos debería perseguir la nueva propuesta?
Simplificar el procedimiento de comercialización para los alimentos naturales poco conocidos en la Unión Europea que se consumen en otras partes del mundo.
Definir de forma más amplia lo que es un nuevo alimento, teniendo en cuenta las nuevas tecnologías y amplía el ámbito de aplicación del Reglamento.
Centralizar los procedimientos: solo los nuevos productos alimenticios incluidos en una lista comunitaria (después de su evaluación por la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria) podrán comercializarse.
Las últimas aprobaciones de este año son:
Decisión de Ejecución de la Comisión 2013/51/UE, de 22 de enero de 2013, por la que se autoriza una extensión de los usos de las semillas de chía (Salvia hispanica) como nuevo ingrediente alimentario con arreglo al Reglamento (CE) no 258/97 del Parlamento Europeo y del Consejo.
Decisión de Ejecución de la Comisión 2013/50/UE, de 22 de enero de 2013, por la que se autoriza la puesta en el mercado de la zeaxantina sintética como nuevo ingrediente alimentario con arreglo al Reglamento (CE) no 258/97 del Parlamento Europeo y del Consejo.
También queremos destacar algunas de las últimas solicitudes que están pendientes de resolución, obsérvese que los plazos son largos, dado que hay solicitudes de hace 2 años que esperan respuesta.