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La nueva norma, aprobada por el Consejo de Ministros el 30 de abril, actualiza la reglamentación técnico-sanitaria vigente desde 1983 para adaptarla a la realidad actual del sector y a las nuevas demandas de los consumidores, tras más de cuatro décadas sin cambios significativos. Estas son las principales novedades:
Elaboración

🔸 Más tipos de aceite
Se amplían las materias primas autorizadas para la producción de aceites vegetales en España. Hasta ahora, solo se permitían ocho tipos refinados: soja, girasol, cacahuete, algodón, germen de maíz, colza (o nabina), cártamo y pepita de uva. Esto que generaba una desventaja competitiva con otros países.
La nueva norma permite elaborar aceites a partir de cualquier fruto o semilla autorizado para uso alimentario en la Unión Europea, como el aguacate o la nuez.
🔸 Prohibidas las mezclas
Se mantiene la prohibición de mezclar aceites vegetales con aceites de oliva.
Etiquetado

🔸 Sobre los métodos de elaboración
Los productos deben identificarse claramente como «aceites de presión» o «aceites refinados». Y, en el caso de que se mezclen aceites obtenidos con diferentes métodos, se debe indicar si algún componente ha sido refinado.
🔸 Menciones voluntarias
Se pueden incluir menciones voluntarias como «alto oleico» o «medio oleico» cuando corresponda.
🔸 Denominaciones exclusivas
El uso de las denominaciones «virgen» y «virgen extra» se reserva exclusivamente para el aceite de oliva.
Controles

Además de un etiquetado más claro y de la innovación en la producción de los aceites vegetales, la norma introduce nuevos parámetros y métodos de análisis para evitar fraudes, garantizar la autenticidad y proteger al consumidor.