Un nuevo decreto, aprobado recientemente por el Gobierno, amplía la lista de especies de setas que pueden comercializarse. Asimismo, establece las condiciones sanitarias de producción, almacenamiento y comercialización de este producto. Quedan excluidas de la lista las setas no seguras y se fijan condiciones para aquellas cuyo consumo en crudo puede entrañar un riesgo.
Este decreto responde a la necesidad de «adecuar el Código Alimentario Español (CAE) a los conocimientos actuales sobre la toxicidad de las setas, incluyendo especies con historial seguro de consumo no recogidas en la anterior normativa», señala el Ministerio de Sanidad y Consumo. Además, «refuerza los controles y la identificación de las setas» para evitar intoxicaciones derivadas de su consumo, y adapta la normativa nacional a los «requisitos establecidos en los reglamentos europeos de seguridad alimentaria y de higiene», apunta el Ministerio.
El potencial peligro de las setas obliga a actuar «con cautela» a la hora de incluir nuevas especies en el listado de las comercializables y en el establecimiento de los requisitos que deben cumplir las empresas para garantizar la seguridad. Hay estudios que reflejan que muchas setas no recogidas en la actual legislación no presentan problemas para el consumidor, por lo que han sido incluidas entre las especies que sí pueden ser comercializadas. «Esto aumentará la oferta de las que pueden venderse con garantías para los consumidores», asegura Sanidad.
Condiciones de venta e identificación
La nueva norma presta una especial atención, debido a la potencial peligrosidad de las setas, al suministro desde el productor al consumidor final, directamente o a través de comercios minoristas o de restauración. A partir de ahora, sólo se podrá hacer cumpliendo una serie de requisitos y cuando la autoridad competente lo autorice.
También tiene gran importancia la correcta identificación de las setas, ya que las confusiones con especies similares son la principal causa de intoxicaciones. «Si bien la mayoría de las intoxicaciones se producen en el ámbito privado, los riesgos que asumen los particulares que deciden consumir las setas que recolectan no deben trasladarse a los consumidores de setas comercializadas», precisa Sanidad. Por ello, la normativa presta especial atención a la correcta identificación de las setas por parte de los explotadores de la industria alimentaria, ya que «tienen la obligación de suministrar al consumidor productos seguros».