Garantía de la compra

Su duración mínima será de seis meses, plazo en el que el vendedor reparará cualquier defecto del producto
Por EROSKI Consumer 26 de noviembre de 2002

El derecho a recibir una garantía sobre los productos adquiridos a través del comercio electrónico tiene una naturaleza irrenunciable por lo que ni el proveedor puede obligar a no ejercerlos ni el comprador puede renunciar anticipadamente a su ejercicio.

Como la legislación española no contempla ningún régimen especial, en materia de garantía ha de aplicarse la relacionada con los bienes de carácter duradero. Es decir, de un mínimo de seis meses, a no ser que la naturaleza de los bienes lo impida como, por ejemplo, en productos perecederos.

La garantía de seis meses viene regulada en el artículo 11 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. Para cumplir con el mandato legal, el vendedor deberá entregar al consumidor una garantía escrita que exprese los siguientes términos:

1-. El objeto sobre el que recae la garantía.

2-. El garante.

3-.El titular de la garantía.

4-. Los derechos del titular de la garantía.

5-. El plazo de duración de la garantía.

Durante el citado plazo de tiempo, el titular de esta garantía tendrá derecho a:

1-. La reparación totalmente gratuita de los vicios o defectos originarios y de los daños y perjuicios por ellos ocasionados.

2-. En los supuestos en los que la reparación efectuada no fuera satisfactoria, y el objeto no revistiese las condiciones óptimas para cumplir el uso a que estuviese destinado, el titular de la garantía tendrá derecho a la sustitución del objeto adquirido por otro de idénticas características o a la devolución del precio pagado.

Por tanto, la duración mínima de la garantía será de seis meses, periodo en el que el vendedor reparará cualquier defecto del producto objeto de la garantía. Esto no impide que el proveedor pueda ampliar el periodo de garantía cuanto crea conveniente, pudiendo además elegir las partes, piezas o aspectos que cubrirá esta garantía adicional.

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