Cómo recuperar el dinero de la cláusula suelo en cinco pasos

Para recuperar el importe pagado en la hipoteca basta con presentar la sentencia que anula la cláusula suelo
Por José Ignacio Recio 24 de mayo de 2016
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Imagen: Goodluz

Las clausulas suelo que llevaban algunas hipotecas ha propiciado que los compradores de vivienda no hayan podido beneficiarse de la positiva evolución el euríbor durante los últimos años y, en consecuencia, hayan perdido dinero en la operación. No obstante, una sentencia judicial reciente declara nulas las cláusulas suelo, lo que abre un nuevo escenario a los afectados, que podrán recuperar su dinero, incluso con los intereses que por ley les correspondan. Estos son los cinco pasos para recuperar el dinero de las cláusulas suelo.

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Las cláusulas suelo que incorporaban ciertas hipotecas se basaban en incluir un tipo de interés mínimo, que ha quedado por completo rebasado por el relajamiento del euríbor, que ha marcado mínimos históricos durante los últimos años, hasta llegar en la actualidad a tasas negativas. Pues bien, algunas familias habían firmado su contrato sin saber exactamente en qué consistía esta cláusula, que incluso ha llegado a ser abusiva.

Una sentencia reciente ha declarado nulas las clausulas suelo y abre el camino para que los compradores de vivienda reclamen su dinero. No obstante, lo primero es comprobar el contrato hipotecario y si está incluida esta disposición. En caso que no haya sido informado con total transparencia, podrán recuperar el dinero. ¿Cómo?

1. Acudir al banco

Lo más sencillo consiste en ir a la entidad financiera que ha facilitado el contrato y tratar de renegociarlo sin estas condiciones. Puede ser la solución más satisfactoria para zanjar el problema y la que requeriría menos tiempo. Pero, en caso de no alcanzar un acuerdo, habrá que pensar en una reclamación por vía judicial.

2. Ponerlo en manos de los abogados

Ante las dudas que plantea realizar una reclamación, la decisión más correcta para las familias afectadas es llevar su caso a un abogado especializado. Este será el que determine la viabilidad de seguir adelante con el proceso a través de la vía judicial. Los afectados no tienen nada que perder y es importante que les aclaren si el suyo es uno de los muchos casos en donde ha sido objeto de un contrato abusivo y, por tanto, si se puede recurrir la cláusula suelo en las condiciones de la hipoteca.

3. Dirigir la queja a los canales oficiales

Buscando mayor independencia en el proceso, puede presentarse la oportuna reclamación ante el Banco de España. Aunque su veredicto no será determinante para la entidad financiera, sí será una presión muy importante para conseguir los objetivos. Pero para formalizar esta queja será necesario haberlo hecho antes en la entidad y que esta la haya desestimado.

4. Otros canales bancarios

En esta ocasión se pondrá la reclamación ante el servicio de defensor del cliente del banco. Los que opten por esta vía tienen que saber que se trata de un departamento que es independiente de las entidades. Eso sí, será necesario que la reclamación vaya acompañada del máximo apoyo jurídico posible para tratar de agotar esta nueva vía que tienen los usuarios.

5. Ir al litigio judicial

Una vez agotados todos los recursos anteriores, ya solo quedará pasar directamente a la vía judicial y a la mayor brevedad. El juez puede conseguir que devuelvan el importe pagado de más por la contratación de estas hipotecas. Pero habrá que requerir del servicio profesional de abogados que estén acostumbrados a actuar en esta clase de litigios judiciales.

Hipotecas sin clausula suelo

La controversia generada por las cláusulas suelo ha generado que buena parte de la actual oferta hipotecaria se presente sin ella. De esta manera, los demandantes pueden beneficiarse de la evolución del índice de referencia europeo, euríbor, al que están vinculadas el 93% de los créditos hipotecarios contratados con un interés variable, según datos proporcionados por el Instituto Nacional de Estadística (INE), y que en la mayoría de las ocasiones viene acompañado por la eliminación de sus comisiones u otros gastos en su mantenimiento.

No son las únicas peculiaridades de estos productos en los últimos meses. También generan unos plazos de amortización más dilatados que antes y que rara vez exceden de 30 años como límite máximo, pero sin una financiación total, lo que implicará que los usuarios tengan que contar con una bolsa de ahorro para firmar el contrato. Esto se debe a que solo cubren entre el 75% y 85% de la operación. Como consecuencia de ello, podrá cerrarse el gasto contraído, y así evitar niveles peligrosos de endeudamiento.

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