Fiscalidad en las VPO

Para una vivienda nueva existen dos impuestos que pagar, el Impuesto sobre el Valor Añadido y el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados.
Por EROSKI Consumer 17 de julio de 2002

La compra de una vivienda es, habitualmente, la mayor inversión a la que debe hacer frente una persona o familia a lo largo de toda su vida.

Existe una serie de impuestos que elevan el precio final del piso, dependiendo de si es nuevo o de segunda mano. Para una vivienda nueva hay que pagar dos impuestos, que son el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD).

El IVA grava la venta de la vivienda nueva en un 7% sobre su valor establecido. Lo paga el comprador directamente al promotor-constructor en el momento del pago. Para las Viviendas de Protección Oficial existe un régimen especial.

Por ello, el porcentaje que grava la venta es de un 3%.

Respecto al IAJD, este es un impuesto que se paga siempre que un documento se realice en escritura pública, suponga una cantidad de dinero y se pueda inscribir en el Registro de la Propiedad.

Supone el 0,5% del valor de la vivienda en cualquier caso. Lo paga el comprador a Hacienda tras realizar la escritura pública y antes de inscribir ésta en el Registro de la Propiedad.

La Ayuda Estatal Directa a la Entrada (AEDE) apoya económicamente a quienes quieran comprar una vivienda protegida. Tiene que tratarse de la primera vivienda comprada. La ayuda consiste en un porcentaje del precio del inmueble. La cuantía dependerá de distintos factores. La ayuda la entrega el banco que concede el préstamo cualificado. Esta subvención puede aumentar hasta un 25% según la reglamentación de cada Comunidad Autónoma.

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