La UE regula la comercialización de champiñones

Por EROSKI Consumer 12 de junio de 2002

La Comisión de las Comunidades Europeas ha aprobado un reglamento por el que se establecen nuevas normas de comercialización de los champiñones. El objetivo es dotar el comercio de estos productos de total transparencia en el mercado mundial.

La norma aprobada, que se basa en la recomendada por el Grupo de Trabajo sobre la Normalización de Productos Perecederos y Fomento de la Calidad de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas, se refiere a los carpóforos de las variedades procedentes del género Agaricus destinados al consumo humano en estado fresco, con excepción de los que están destinados a la transformación industrial.

La finalidad de las nuevas condiciones es definir las características de calidad de los champiñones después de su acondicionamiento y envasado. Para que las condiciones de venta sean óptimas, la norma deberá aplicarse en toda la fase de la comercialización; el transporte a larga distancia, el almacenamiento de cierta duración o las diversas manipulaciones a las que se someten los productos que pueden provocar alteraciones debidas a su evolución biológica su carácter menos perecedero.

A partir del 1 de enero de 2003, los champiñones que se comercializan deberán estar enteros y sanos. La normativa excluye los productos afectados de podredumbre y los que presentan una coloración pardusca intensa del pie. Además, sólo se permitirá la venta de champiñones limpios, es decir, de los que estén prácticamente exentos de materias extrañas visibles excepto la tierra de cobertura. Los champiñones deberán además estar prácticamente exentos de plagas, de humedad exterior anormal y de olores o sabores extraños.

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