Créditos sin comisiones

El tipo de interés que se aplica y el plazo de amortización son las cláusulas a las que hay que prestar especial atención
Por Rosa Cuevas 23 de junio de 2009
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Imagen: Dave Di Biase

Aunque pueda parecer extraño, el mercado financiero ofrece créditos exentos del pago de comisiones. No son una opción mayoritaria, pues son pocas las entidades bancarias que los ofertan en estos momentos de cautela y contención al conceder cualquier préstamo. Por norma general, son créditos al consumo, con algunas excepciones, aunque también quedan perdonadas todas las comisiones (las de estudio, de apertura, por amortización y cancelación anticipada) cuando lo que se solicita al banco es un microcrédito de carácter social destinado a la población con menos recursos, o a emprendedores. Sin embargo, el no tener que pagar comisiones no es el único aspecto que se debe tener en cuenta. El tipo de interés que se aplica al préstamo, el tiempo límite para devolverlo, y la cantidad máxima que se puede solicitar son tres factores muy importantes en los que fijarse.

Se exige vinculación

Corría el año 2006 cuando el BBVA lanzaba, como nunca antes una entidad lo había hecho, un crédito, por el importe de un sueldo anual, sin intereses ni comisiones y con un límite de 30.000 euros a priori para todos los clientes que lo solicitaban. El único requisito que la entidad fijaba era el de domiciliar o mantener domiciliada la nómina o una pensión en la entidad bancaria. El interés que se aplicaba por aquel entonces a la operación era un interés fijo del 7,5%. Cifra nada insignificante, teniendo en cuenta que la media que alcanzó el Euribor durante el año 2006 rondaba el 3,60. La iniciativa, inédita hasta entonces, venía a agudizar la guerra abierta que bancos y cajas mantenían.

Después del hito del BBVA, muchas otras entidades bancarias se subieron al carro de los préstamos de consumo sin comisiones, y al de eximir gran parte de sus comisiones a sus clientes más vinculados. Eran otros tiempos y hoy la batalla es bien distinta; los créditos sin comisiones no son en estos momentos un producto que cope la oferta bancaria actual. Aun así, los que hay disponibles mantienen un requisito que ya impuso en su día el BBVA: contratar o mantener contratados ciertos productos financieros para conseguir una alta vinculación entre cliente y entidad.

Los créditos sin comisiones exigen vinculación con la entidad

Así por ejemplo, Oficina Directa, la filial on line del Banco Pastor, ofrece su “Crédito Reforma” exento del pago de comisiones por apertura. Eso sí, a cambio no basta tener domiciliada la nómina o los ingresos mensuales; se exige, además, domiciliar las facturas de dos suministros (agua, luz, gas…). Se trata de un préstamo con garantía hipotecaria que está destinado a financiar las obras de reforma de la vivienda, hipotecándola; y si ya lo está, cambiando de hipoteca según las condiciones que ofrece el crédito. El máximo que se puede solicitar es de hasta el 100% del presupuesto de obra, más el importe necesario para refinanciar la hipoteca actual, si existe, pero con el límite final y absoluto del 80% del valor de tasación de la vivienda. Su tipo de interés es del 1,95% los seis primeros meses, y a partir del séptimo la cifra es del Euribor más 0,39.

En cuanto a los créditos al consumo sin comisiones, destaca el que oferta la BBK, el “Préstamo Zero BBK”. Está exento de comisiones de estudio, de apertura, por amortización anticipada y por cancelación anticipada, y no se exige de forma expresa vinculación con la entidad aunque se adivina. En el folleto de las condiciones se indica que el tipo de interés aplicable varía en función del importe, el plazo y de la relación financiera del cliente con la BBK. Aun así se da a conocer, de forma orientativa, que el interés que se ha de pagar es como mínimo del 10,74%. El producto tiene un importe máximo de 60.000 euros a devolver en 7 años con un sistema de amortización de cuota constante.

Otro crédito que cuenta con el privilegio de no estar gravado con ningún tipo de comisiones es el “Crédito estudios muévete” de Bancaja, ideado en principio para estudiantes con becas Erasmus, Sócrates o Leonardo, pero abierto a cualquier tipo de estancia por estudios fuera de la residencia habitual del solicitante. La entidad concede el importe necesario para cubrir los estudios, estancia, traslados, manutención, y todo el material que se pueda necesitar. Para ello, es imprescindible aportar beca, matrícula o documento análogo del centro de destino. El plazo de tiempo para amortizar el crédito oscila entre los 24 y 84 meses. En cuanto al interés aplicable, es del Euribor a un año más un punto.

Microcréditos, oasis sin comisiones

Microcréditos, oasis sin comisionesAdemás de los créditos de consumo que quedan libres de comisiones, hay otra modalidad crediticia que comparte esta característica: los microcréditos. El concepto nació en la década de los 60 en Bangladesh, pero tuvieron que pasar más de 30 años para que fuese puesto en marcha. La esencia de lo que es un microcrédito permanece intacta desde su origen a nuestros días: es un préstamo de un importe no muy alto -normalmente, desde 6.000 euros hasta 20.0000 euros, dependiendo de cada entidad- con un interés muy por debajo al de los créditos al consumo, sin comisiones y con plazos o cuotas de devolución muy flexibles y orientado a financiar proyectos viables que conduzcan al autoempleo.

Los microcréditos, con un interés muy bajo y mucha flexibilidad, tampoco tienen comisiones

En general, están destinados a inmigrantes, personas con discapacidad o en riesgo de exclusión, hogares monoparentales, desempleados de larga duración y emprendedores sin recursos suficientes. La idea es prestar pequeñas cantidades de dinero a personas que tengan una idea de negocio viable pero que no pueden solicitar un crédito al uso en una entidad financiera porque no disponen de avales suficientes. La operación queda respaldada por un aval ético y moral emitido por entidades sociales y asociaciones, los servicios sociales de los ayuntamientos, la empresa en la que trabaja el solicitante, su arrendador de vivienda o local u otras personas relacionadas con la entidad bancaria.

Créditos para mujeres emprendedoras

Las mujeres emprendedoras y empresarias se encuentran también entre las principales beneficiarias de los microcréditos. El pasado mes de mayo se firmó un acuerdo de colaboración entre el Ministerio de Industria, el de Igualdad y la Confederación Española de Cajas de Ahorro para facilitar su acceso a la financiación a través de microcréditos. El convenio tiene una vigencia de un año y gracias a él se podrá obtener financiación para la puesta en marcha, la promoción, consolidación, crecimiento y mejora de proyectos empresariales sin necesidad de que las beneficiarias dispongan de avales personales.

Los créditos concedidos no tendrán comisión de apertura, de estudio ni de amortización parcial o total. Según el acuerdo, el porcentaje máximo de la financiación alcanzará hasta el 95% del coste total del proyecto, teniendo cada préstamo una cuantía máxima de 25.000 euros como importe máximo. El plazo de amortización será de cinco años más seis meses de carencia si así lo pudiera necesitar la emprendedora solicitante. En cuanto al tipo fijo de interés, el convenio suscrito establece un máximo del 6%. Con este límite absoluto, que bajo ningún concepto puede excederse, se establece un tipo variable del 1,5% sobre el índice de referencia Euribor.

Para beneficiarse de los microcréditos, cuyo plazo máximo de resolución será de un mes, las solicitantes deben cumplir una serie de requisitos:

  • Que inicien su actividad o la hayan iniciado en un periodo inferior a tres años antes de la solicitud del microcrédito. Podrá extenderse dos años más, siempre y cuando el objeto de la financiación vaya dirigido a la consolidación y mejora de la competitividad de la empresa y no se trate de una mera refinanciación de negocios inviables.
  • Que presenten el plan de empresa precalificado favorablemente por la Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa y el certificado de validación emitido por las asociaciones de mujeres y ONG de acción social, con las que el Ministerio de Igualdad ha suscrito los correspondientes acuerdos de colaboración.

  • No serán causas de exclusión tener una hipoteca anterior, ser titular de otro préstamo personal siempre que no se haya destinado al mismo negocio, tener cargas familiares o carecer de experiencia empresarial.

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