Todo lo que hay que saber antes de aceptar un regalo del banco

Admitir un obsequio del banco implica asumir condiciones de permanencia, de vinculación o gastos de envío
Por Javier Mezcua, Helpmycash 7 de septiembre de 2016
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Imagen: blickpixel

La necesidad de la banca de mejorar su margen de intereses ha desembocado en una guerra entre entidades por captar nuevos clientes y, sobre todo, vincularlos para convertirlos en usuarios rentables. Para incrementar el número de nóminas, de tarjetas de crédito, de suscripciones de fondos, etc. están reenfocando su estrategia, y los regalos son una de sus armas para seducir a nuevos clientes que busquen un banco que los mime. Pero ¿a cambio de qué? En este artículo se detallan las condiciones que se deberían conocer antes de aceptar los obsequios bancarios.

Televisores, vajillas, dinero en efectivo…

El catálogo de regalos que hacen las entidades bancarias a sus clientes es muy amplio. Se pueden conseguir desde las clásicas vajillas o juegos de sartenes hasta dinero en efectivo o los últimos gadgets tecnológicos, como televisores HD, smartphones de gama alta o auriculares Bluetooth, sin olvidar los relojes, otro clásico de las cuentas con obsequio, o los más modernos paquetes de experiencias (sesiones de spa, eventos gastronómicos, etc.). Dependiendo del banco y del perfil del cliente al que se dirija su estrategia de captación, el abanico de presentes para escoger será uno u otro.

¿A cambio de qué?

Conseguir un regalo de la entidad bancaria no está exento de condiciones. Llevarse el codiciado televisor o el último modelo del smartphone de turno implica asumir una serie de requisitos que se extienden desde la contratación de una cuenta nómina hasta la aceptación de un compromiso de permanencia que puede alargarse hasta los cuatro años. No se trata de una cuestión baladí, por lo que se debe leer con atención el contrato y las condiciones y valorar si vale la pena, así como analizar el coste de oportunidad que supondrá atarse a una entidad durante un tiempo. Por lo general, estos son los requisitos que exigen con mayor frecuencia al aceptar un obsequio bancario:

  • Domiciliación de la nómina u otros ingresos regulares: si es una promoción asociada a una cuenta (la mayoría de los regalos se ofertan con la apertura de una cuenta corriente), domiciliar los haberes será un requisito casi indispensable.
  • Contratación de productos vinculados: cabe la posibilidad de que no baste con domiciliar la nómina y la entidad exija algún tipo de vinculación extra, ya sea la contratación de una tarjeta asociada, la suscripción de un plan de pensiones o la obligación de realizar un mínimo de movimientos anuales.
  • Compromiso de permanencia: son escasas las promociones bancarias en las que no es necesario asumir un compromiso de permanencia, si se acepta un presente del banco. Por lo general, son de entre uno y dos años, aunque si el valor del regalo es muy elevado, podría extenderse a tres o, incluso, cuatro anualidades.

Hay que ser conscientes de que mientras dure el compromiso de permanencia, a menos que el contrato diga lo contrario, no solo se tendrá que seguir siendo cliente de la entidad, sino que se deberán mantener las condiciones y los productos iniciales. Esto implica un coste de oportunidad al no poder cambiar los haberes de entidad, pero también un riesgo, ya que, en caso de incumplir los requisitos, cualquiera que sea el motivo, como quedarse en paro y dejar de ingresar la nómina, habrá que asumir una penalización.

Cuidado con los gastos asociados

Aunque resulte sorprendente, los obsequios bancarios pueden ir acompañados de gastos inesperados como los siguientes:

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Imagen: Ken Teegardin

Imagen: Ken Teegardin

  • Portes de envío. Si la entidad opta por enviar el regalo al domicilio del cliente, puede que le cargue los gastos de envío. En ocasiones, el banco corre con ellos. También es posible pedirle a la entidad que mande el obsequio a la oficina y que sea el cliente quien lo recoja. En cualquier caso, se debe preguntar si la operación tiene gastos de envío y a cuánto ascienden.
  • Retención a cuenta. Los rendimientos en especie están sujetos a tributación y gravados por los tipos impositivos aplicados por Hacienda para las rentas del ahorro, que en 2016 son del 19%, 21% y 23% en función del volumen de las ganancias. Por lo general, el impuesto que hay que pagar será del 19% y lo calculará directamente la entidad. Según el banco y la promoción, la retención podrá correr a cargo del cliente, por lo que se descontará el valor correspondiente de su cuenta, o a cargo de la entidad.
  • Comisiones bancarias. Si bien no están relacionadas directamente con el regalo, no hay que olvidar que contratar una cuenta bancaria puede implicar el pago de varias comisiones. Al igual que se deben analizar las condiciones de la promoción y los gastos asociados, también se tendrá que comprobar qué condiciones tienen los productos contratados y si la cuenta corriente y las tarjetas están libres de comisiones.

¿Vale la pena aceptar un regalo del banco?

Si las condiciones son asumibles, los gastos son inexistentes o muy reducidos, la cuenta no tiene comisiones y el producto resulta muy atractivo y tiene cierto valor, sumarse a una campaña promocional de este calado puede tener sentido.

No obstante, no está de más valorar si las condiciones compensan y si en realidad el obsequio es necesario y es preciso tenerlo pronto o, por el contrario, se puede contratar una cuenta de ahorro gratuita y sin condiciones y, con los intereses devengados, adquirir el mismo producto al cabo de un tiempo con la ventaja de no tener que casarse con ningún banco.

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