Remarketing, ¿cómo puedo eliminar la publicidad emergente?

Las webs que hacen aparecer anuncios personalizados mientras navegamos por Internet deben contar con un sistema que permita retirar el consentimiento con la misma facilidad que se concede
Por Blanca Álvarez Barco 5 de septiembre de 2020
Eliminar la publicidad emergente

¿Mientras consultas las noticias en Internet o escribes un informe del trabajo, no dejan de asaltarte con publicidad sobre los mejores hoteles de Canarias o ropa deportiva muy rebajada? Haz memoria, porque es muy probable que últimamente hayas navegado por webs buscando alojamiento en las islas y zapatillas para correr y aceptado sus cookies, convirtiéndote así en víctima del remarketing, es decir, de la publicidad personalizada. ¿Te resulta molesto y deseas evitar estos anuncios? Puedes hacerlo, ya que las páginas web tienen la obligación de tener un sistema para retirar el consentimiento tan sencillo como el utilizado para prestarlo. Y, si no es posible, puedes acudir a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) o a la Lista Robinson (un canal que permite regular la publicidad que decidimos recibir o no).

¿Qué es el ‘remarketing’?

Puede que desconozcas este término, pero es muy probable que lo hayas sufrido: son los anuncios que aparecen (emergen, por eso se llama publicidad emergente) de manera constante en tu pantalla mientras estás navegando por Internet. El remarketing consiste en crear campañas publicitarias personalizadas «para aquellos usuarios que, con anterioridad, han visitado una página web», explica Albert Chiva, socio y abogado de Área Digital Abogados. De este modo, se llega a los usuarios que ya conocen la marca de una forma más incisiva, «mostrándoles anuncios más personalizados», acorde a sus gustos y preferencias.

correo electrónicoImagen: Tumisu

Las técnicas de remarketing necesitan de dispositivos de almacenamiento y recuperación de datos que se empleen en el terminal de un usuario, y que todos conocemos: las cookies. Convendría leer las condiciones siempre antes de acotar las cookies, pero si no lo haces, debes saber que al aceptarlas muy probablemente estás aceptando esta publicidad.

¿Es legal esta publicidad tan incisiva?

Para que estas técnicas sean legales, es necesario cumplir con una serie de previsiones jurídicas, «así como contar con el consentimiento del usuario«, como señala la ley. Antes se debe haber facilitado al usuario información clara y completa sobre su utilización, en particular, sobre los fines del tratamiento de los datos.

De este modo, para que una empresa pueda usar estas técnicas publicitarias, debe contar con una política de cookies adecuada:

  • ??  Se tiene que informar de qué cookies se utilizarán y con qué finalidad.
  • ??  Se debe acompañar del consentimiento informado del usuario para tal uso.
  • ??  Hay que facilitar los medios oportunos para habilitar o deshabilitar las cookies en cuestión (o facilitar la información para que los usuarios puedan retirar el consentimiento y el mecanismo para deshabilitar las cookies).

¿Cómo puedo evitar el ‘remarketing’?

Igual que podemos evitar que nos llamen a casa a cualquier hora ofreciendo publicidad, ¿es posible librarse del remarketing? ¿Hay algún modo de solicitar que cese este envío de publicidad? La respuesta es sí. «Puedes retirar el consentimiento previamente otorgado para recibir campañas de remarketing o de publicidad», indica Chiva.

¿Cómo? El experto enumera tres modos de proceder:

  • ? 1. Revocar el consentimiento. Puedes acceder a la página web de la empresa que ofrece sus productos o servicios a través del remarketing y desde allí revocar el consentimiento de forma fácil. La propia Agencia Española de Protección de Datos deja muy claro que el sistema para retirar el consentimiento para la instalación de cookies (también las de remarketing o publicidad) «debe ser tan fácil como el utilizado para prestar el consentimiento».
  • ? 2. Reclamar. En caso de que la empresa que emplee técnicas de remarketing no tenga previsto el mecanismo para retirar el consentimiento, puedes interponer las reclamaciones que consideres oportunas ante la AEPD.
  • ? 3. Acudir a la Lista Robinson. Desde hace años existe un canal que permite regular la publicidad que decidimos recibir o no: la Lista Robinson. El ciudadano, al inscribirse en ella, puede elegir el medio o canal de comunicación a través del cual no desea recibir publicidad (correo postal, llamadas telefónicas, correo electrónico u otro medio). Por ello, como apunta Chiva, «la inscripción de los datos del ciudadano en la Lista Robinson puede ser una buena solución» para evitar la publicidad dirigida a promocionar productos o servicios.
Líbrate de la publicidad por teléfono o correo

Es muy probable que hayas recibido campañas publicitarias a través de llamadas telefónicas o a través de correo electrónico. Puedes solicitar dejar de recibirlas, pero hay que tener en consideración lo estipulado en materia de protección de datos.

Para poder enviar publicidad a través de correo electrónico, la legislación prevé dos supuestos en los que la empresa pueda quedar legitimada para el envío de dichas comunicaciones:

  • Contar con el consentimiento específico del usuario.
  • Si existe una relación contractual previa y se publiciten productos o servicios de su propia empresa, y que sean similares a los que inicialmente fueron contratados por el usuario.

En caso de que detectes que recibes publicidad a través de correo electrónico o por teléfono, y no se den estos dos supuestos, puedes interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos. Asimismo, como recomienda Albert Chiva, socio y abogado de Área Digital Abogados, conviene “ejercer el derecho a oposición o cancelación” de los datos de carácter personal ante la empresa que envía la publicidad “para evitar posteriores comunicaciones comerciales”.

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