El nuevo Plan Moto-E

Con una partida de 9 millones de euros, el Plan Moto-E concederá ayudas de entre 225 y 750 euros para la compra de ciclomotores y motocicletas nuevas
Por Laura Caorsi 17 de julio de 2009
Img moto
Imagen: Walter Carlzon

Las ayudas para renovar el parque de ciclomotores y motocicletas son ya una realidad de la que pueden beneficiarse miles de motoristas de España. Tras haberse aprobado el Real Decreto 1081/2009 , el nuevo Plan Moto-E entró en vigor el 9 de julio, un día después de que sus disposiciones se publicaran en el Boletín Oficial del Estado. Desde entonces, enviar al desguace una moto antigua para adquirir una nueva da derecho a beneficiarse de subvenciones de entre 225 y 750 euros que se convierten en ayudas directas en el momento de la compra. La medida se complementa al Plan 2000-E para automóviles y estará vigente hasta el 30 de junio de 2010 o hasta agotar la partida presupuestaria, que se ha fijado en 9 millones de euros.

La medida más esperada

Su aprobación se ha hecho esperar y el sistema se ha criticado por insuficiente o por excesivo, pero aun así ya está operativo y ha sido muy bien recibido en el sector de las dos ruedas, afectado gravemente por la crisis. Según los datos del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo cada vez se venden menos motos en España, y los números no dejan hueco a interpretaciones ambiguas ni a dudas. Entre enero y abril de este año las ventas de motocicletas se redujeron a la mitad respecto al mismo periodo de 2008 y, en el caso de los ciclomotores, el descenso fue mayor aún, pues la disminución alcanzó un 57%. La caída se suma a una tendencia que ya venía a la baja desde el año pasado, cuando se registró un 10% menos de ventas que en 2007.

El rango de subvenciones original puede mantenerse o ampliarse (nunca reducirse) según la provincia en que se viva

El nuevo decreto es la respuesta del Gobierno a los fabricantes y comerciantes de ciclomotores y motocicletas que llevaban mucho tiempo reclamando soluciones. Y es, al mismo tiempo, una oportunidad para los conductores, que podrán renovar sus viejas motos por algo menos de dinero que hace un mes. Ese es el espíritu de la iniciativa. El Real Decreto establece las cuantías que inyectarán el Gobierno Central y los fabricantes en cada caso, y da potestad a las comunidades autónomas para sumarse al Plan Moto-E con las medidas que estimen convenientes. Esto significa que el rango de subvenciones original, de 225 a 750 euros, puede mantenerse o ampliarse (nunca reducirse) según la provincia en que se viva. El Principado de Asturias, por ejemplo, ha decidido sumarse al Plan destinando 200.000 euros a repartir con las mismas cuantías que el Gobierno. En La Rioja, en cambio, no hay previsión de adherirse al proyecto. No obstante, aún es pronto para buscar las excepciones y resulta de mayor utilidad conocer cómo funciona la regla.

Tres categorías de motos, tres tipos de ayudas

El nuevo Plan Moto-E cuenta con una dotación total de 9 millones de euros que se repartirán en ayudas individuales de entre 225 y 750 euros para cada compra, de acuerdo a las características del vehículo. De esta manera:

  • Los ciclomotores con cilindrada de hasta 50 c.c. recibirán ayudas de 225 euros, de los cuales el Gobierno aportará 75 euros y el resto lo pondrá el fabricante.
  • Las motocicletas con cilindrada de hasta 250 c.c. recibirán subvenciones de 525 euros. El Gobierno facilitará 175 euros, y el fabricante cargará con la diferencia.
  • Las motocicletas con cilindrada superior a 250 c.c. percibirán ayudas de 750 euros. El ejecutivo inyectará 250 euros, mientras que los otros 500 irán por cuenta del fabricante.

El perfil de los beneficiarios y las motos

El perfil de los beneficiarios y las motosEl criterio para determinar quiénes pueden beneficiarse del Plan es muy concreto, aunque bastante amplio. Según lo que establece el Real Decreto, tanto las personas físicas como los profesionales autónomos dados de alta en el Impuesto de Actividades Económicas pueden acogerse a estas subvenciones. A su vez, la norma también contempla a las pequeñas y medianas empresas, siempre y cuando tengan menos de 250 empleados y su volumen de negocios no exceda los 50 millones de euros al año.

Sin embargo, no basta con encontrarse en uno de estos supuestos para obtener la ayuda. Para solicitar las subvenciones es necesario que el vehículo cumpla también algunos requisitos, como el de no superar los 100 CV de potencia. Además, es fundamental tener en cuenta que:

La moto adquirida no puede ser de segunda mano. Debe ser nueva y, en el momento de la compra, ha de estar sin matricular.

Antes de aplicar ninguna ayuda, el precio de venta de la moto tiene que ser inferior a los 9.500 euros, incluyendo el IVA pero excluyendo de este cálculo el impuesto de matriculación.

Ahora bien, más allá del dinero que se pueda ahorrar el cliente y de la reactivación económica del sector, hay que recordar que el Plan Moto-E tiene como finalidad renovar el parque de vehículos para alcanzar así una circulación más segura y menos contaminante. En esta línea, otra condición excluyente para acceder a estas ayudas es que el comprador entregue una moto para desguace a cambio de su moto nueva. Esto significa que ya debe ser propietario de un vehículo de dos ruedas y que, para ser beneficiario de las subvenciones deba dar de baja definitiva, ?mediante certificado de tratamiento medioambiental por parte del centro autorizado?, un ciclomotor o motocicleta matriculado en España.

Para acceder a estas ayudas el comprador debe entregar una moto para desguace a cambio de su moto nueva

Pero, ¿cuándo un vehículo es lo suficientemente viejo como para ser desguazado? Aunque el Real Decreto no especifica un número mínimo de kilómetros recorridos, centrándose en el desgaste de la circulación, sí establece el criterio de antigüedad en años. Los ciclomotores y las motocicletas de menos de 250 c.c. pueden darse de baja cuando tienen más de cinco años, a partir de la fecha de matriculación. Y las motocicletas con una cilindrada superior podrán enviarse a desguace a partir del séptimo año.

Cómo se gestionan las subvenciones

La gestión de los fondos públicos y las ayudas para comprar motos estará a cargo de una entidad colaboradora que aún no ha sido seleccionada, aunque esto no impide que la solicitud de subvenciones pueda ponerse en marcha ya mismo. En este sentido, el proceso es igual que con el Plan 2000-E de los coches, que entró en vigor un mes antes de que la Fundación Instituto Tecnológico para la Seguridad del Automóvil (Fitsa) asumiera el papel de gestora. Esto quiere decir que, mientras no se designe a la entidad, serán los concesionarios o los fabricantes (no el cliente) quienes adelanten el dinero de la ayuda.

El Real Decreto establece con todo detalle cómo es el proceso y qué pasos hay que dar, tanto para los comerciantes como para los clientes. Y lo primero que hay que tener en cuenta es que la solicitud de estas ayudas se realiza a través de los agentes de ventas. En el momento de adquirir un vehículo nuevo (y después de haber dado de baja el antiguo), el agente de ventas del ciclomotor o motocicleta deberá hacerse cargo de la documentación requerida al comprador para justificar el derecho a la subvención y deberá comunicarlo a la entidad colaboradora. El expediente de cada operación deberá incluir como mínimo la siguiente documentación:

  • Copia de la factura.
  • Ficha técnica del ciclomotor o motocicleta a adquirir.
  • Certificado de tratamiento medioambiental emitido por el centro autorizado de tratamiento correspondiente, es decir, el certificado de baja de la moto anterior.
  • Declaración responsable del beneficiario de encontrarse al corriente de sus obligaciones ante la Hacienda Pública y la Seguridad Social.
  • Declaración de otras ayudas recibidas y de las ayudas obtenidas o solicitadas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y el ejercicio fiscal en curso.

Una vez cumplimentados estos requisitos, el agente de ventas descontará del precio del vehículo el importe de la ayuda a la que tiene derecho el beneficiario. Las deducciones de las ayudas públicas serán adelantadas a los compradores por parte del agente de ventas y serán liquidadas cada 15 días por la entidad colaboradora. Eso sí, para ello el comerciante deberá presentar toda la documentación que le ha pedido al cliente y esperar a que el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio emita una resolución favorable tras analizar y validar los datos de las solicitudes.

Sigue a Consumer en Instagram, X, Threads, Facebook, Linkedin o Youtube