Furano en alimentos

La Comisión Europea recomienda realizar un seguimiento, durante los años 2007 y 2008, de la presencia de furano en alimentos sometidos a tratamiento térmico
Por Marta Chavarrías 3 de mayo de 2007

A partir de ahora, y hasta 2008, los Estados miembros empiezan una tarea de recopilación de datos sobre la presencia de furano en productos alimentarios. A petición de la Comisión Europea, el trabajo de seguimiento pretende reunir suficientes datos para que la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA, en sus siglas inglesas) pueda realizar una evaluación de riesgos más precisa que la actual por la ingesta de este tóxico. Pero esta iniciativa comunitaria no es la única. En el terreno de los contaminantes en alimentos, la FAO y la OMS acaban de presentar también un programa sobre normas alimentarias al Comité del Codex Alimentarius en el que presentan una lista de prioridades de los contaminantes y sustancias presentes de forma natural en los alimentos.

En mayo de 2004 la Food and Drug Administration estadounidense (FDA) publicaba los resultados de una encuesta sobre la presencia de furano en productos sometidos a tratamiento térmico. El furano, junto con las dioxinas, es una sustancia altamente tóxica y persistente en el medio ambiente que se disuelve fácilmente en grasas, lo que hace que se acumule en los organismos desde el medio y a lo largo de la cadena trófica. El trabajo estadounidense denunciaba niveles del contaminante en diversos productos alimenticios como café instantáneo o zumos o productos en lata. Desde entonces, el Panel Científico de Contaminantes de la Cadena Alimentaria de la EFSA consideró urgente analizar estos datos y presentó un informe científico sobre la presencia de furano en alimentos. En él concluía que era necesaria una mayor cantidad de datos sobre toxicidad y exposición a la sustancia. Y en ello se fundamenta la Recomendación 2007/196/CE que acaba de presentar la Comisión Europea.

La propuesta centra su atención en la obtención de datos durante los años 2007 y 2008, aunque reconoce que es necesario continuar con la recogida de información de forma sistemática, de manera que la evaluación del riesgo sea lo más acertada posible. La medida incluye productos comercializados, tal y como se adquieren, independientemente de cualquier otra transformación (café instantáneo, zumos, tarros y latas no calentadas antes del consumo) y también productos alimenticios comercializados analizados, tal y como se consumen, tras su transformación en laboratorio, como café preparado, productos en lata calentados antes de su consumo. En este último caso la transformación deberá llevarse a cabo siguiendo las instrucciones que indique la etiqueta. Quedan excluidos de la recopilación los alimentos preparados en el hogar a base de ingredientes frescos, como sopa de verduras elaborada con verduras frescas, ya que los efectos de las prácticas culinarias domésticas sobre la presencia de furano requeriría otro tipo de antención, como un proyecto de investigación.

El sistema será similar al que se sigue con otras sustancias como el plomo, el cadmio, el mercurio, el estaño inorgánico y el benzopireno.

Cerco al furano

El furano puede producirse durante el tratamiento térmico de algunos alimentos

La estimación de la FDA sobre la exposición alimentaria al furano es de 0,26 µg/kg, comparable, según el Codex Alimentarius, a la exposición a la acrilamida. En estudios realizados con animales, el furano se ha comportado como un tóxico que afecta el hígado y el riñón, y se considera como probable carcinógeno humano, de acuerdo con las evaluaciones realizadas por el Centro Internacional de Investigaciones sobre el Cáncer (CIIC) y por el Programa Nacional de Toxicología del Departamento de Salud y Servicios Sociales de EEUU (Informe sobre cancerígenos del PNT). Con el inicio de la recopilación de datos se pretende acabar con la diferencia, aunque pequeña, entre la posible exposición humana y las dosis con efectos carcinogénicos utilizadas en experimentación animal.

La propuesta comunitaria no es la única. La Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) y la Organización Mundial de la Salud (OMS) acaban de presentar un programa conjunto sobre normas alimentarias al Comité del Codex sobre Contaminantes de los Alimentos. En él presentan una lista de prioridades de los contaminantes y sustancias tóxicas naturalmente presentes en los alimentos y para los que se propone una evaluación por parte del Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios (JECFA).

Contaminantes orgánicos

El Convenio de Estocolmo, que entró en vigor en 2004, es uno de los más ambiciosos proyectos internacionales para frenar el avance de los contaminantes orgánicos persistentes (COP), entre los que se incluyen las dioxinas y los furanos. Se trata de sustancias altamente tóxicas y persistentes en el medio ambiente que se disuelven mejor en grasas que en agua, lo que hace que se acumulen en los organismos desde el medio y a lo largo de la cadena trófica. Con él se prohíbe el uso de sustancias químicas industriales y subproductos de la combustión más peligrosos, como DDT, bifenol policlorinado (PCB) dioxinas y furanos. Según un estudio publicado en Journal of Organic Chemistry en 2004, que abría el debate sobre la presencia de furano en alimentos, determinados componentes de los alimentos, como los ácidos grasos poliinsaturados y los aminoácidos pueden producir furano tras ser sometidos a un tratamiento térmico.

CONTROL DE CONTAMINANTES

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Plomo, cadmio, mercurio, estaño inorgánico, 3-MCPD y benzopireno son algunos de los metales pesados que pueden encontrarse en alimentos. Hasta ahora, los métodos de muestreo y análisis estaban regulados por varios decretos, variabilidad que queda unificada con el Reglamento 333/2007, que acaba de presentar la Comisión Europea. Con él lo que se pretende es refundir las actuales disposiciones en un único paquete legislativo, teniendo en cuenta que la mayoría de estas disposiciones son similares y adaptándose en todo momento a lo que establece el Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal.

Una de las disposiciones en cuanto a métodos de muestreo se refiere dispone de que durante el proceso deberán tomarse las precauciones necesarias para evitar que se produzca cualquier tipo de alteración que afecte a los niveles de contaminantes. En los casos en los que sea posible, la muestra serán al menos de 1 kilo o 1 litro, excepto en el caso de que se trate de un envase. Para que un laboratorio pueda realizar los controles, éste deberá participar en planes de ensayos de aptitud que se ajusten al International Harmonised Protocol for the Proficiency Testing of Analytical Laboratories.

La contaminación de alimentos reunía el pasado verano más de 400 delegados de 110 países en Ginebra. Entonces, se adoptaron normas para proteger a los consumidores que marcaban niveles máximos permisibles de varios aditivos alimentarios y contaminantes d elos alimentos. La Comisión del Codees Alimentarius aprobaba además nuevos códigos de prácticas para orientar a los gobiernos a evitar o reducir la presencia de dioxinas y aflatoxinas en los alimentos. Los contaminantes fueron examinados por su impacto sanitario: el plomo por posible causante de anemia y trastornos hepáticos; el cadmio por producir lesiones renales tras largos periodos de exposición y las dioxinas y bifenilos policlorados por su efecto cancerígeno.

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