Plantas, hierbas y extractos: propiedades en un limbo legal

En la actualidad, en la Unión Europea, los complementos alimenticios a base de plantas o extractos pueden incluir en su etiquetado beneficios cuya validez aún no ha sido confirmada por la EFSA
Por María José Pinar 15 de octubre de 2025
propiedades saludables de los compuestos botánicos
Imagen: GMVozd / iStock
El etiquetado debe informar a los consumidores sobre las características del producto de forma clara y veraz. Así lo establece la normativa europea. Sin embargo, en el caso de los alimentos que incluyen botánicos, esta condición está en entredicho. El proceso de autorización de sus declaraciones lleva bloqueado desde 2012. Mientras llega el momento de evaluarlos, la normativa permite que estas declaraciones puedan seguir utilizándose de forma provisional. Hasta que este bloqueo se resuelva, la mejor defensa es la información: ser consciente de que esta situación existe y desconfiar de promesas poco realistas.

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Botánicos: entre tradición y la evidencia  

Los llamados botánicos son plantas, hierbas o extractos vegetales que se utilizan como ingredientes en productos de alimentación, especialmente en complementos alimenticios. Su interés no es nuevo: desde la antigüedad, diferentes culturas han recurrido a ellos en la medicina tradicional con diversos objetivos, como aliviar molestias digestivas, tratar infecciones o reforzar la vitalidad.

Hoy en día, estos compuestos de origen vegetal están presentes en numerosos productos de consumo cotidiano, cuyo envase o publicidad suele destacar sus supuestas propiedades mediante las llamadas declaraciones de propiedades saludables. Algunos ejemplos son las infusiones con manzanilla o hinojo, comercializadas con la promesa de facilitar la digestión; las bebidas energéticas con ginseng o guaraná, presentadas como estimulantes; o los complementos alimenticios a base de valeriana o pasiflora, vinculados al descanso y al sueño.

bebidas energéticas azúcar cafeína
Imagen: Adriano Gadini

La realidad es que, mientras algunos remedios tradicionales se han validado con el tiempo, otros han resultado ineficaces e, incluso, perjudiciales para la salud.

Un ejemplo es la efedra (Ephedra sinica), utilizada durante años en preparados para adelgazar o mejorar el rendimiento deportivo. Su consumo fue muy popular, pero en la actualidad en la Unión Europea (UE) su uso como ingrediente está prohibido tras confirmarse que los alcaloides que contiene podían provocar problemas cardiovasculares y neurológicos graves.

Otro caso es el del EGCG, un tipo de polifenoles presentes en extractos de té verde: en dosis elevadas puede causar daños hepáticos y renales. Desde 2022, los complementos alimenticios que lo incluyen no pueden superar los 800 mg diarios de EGCG y deben incorporar advertencias específicas en el etiquetado, según un reglamento de la UE.

Declaraciones de especies botánicas, excepciones en el sistema 

En la UE, el uso de declaraciones de propiedades saludables está estrictamente regulado. Solo pueden emplearse las que han sido autorizadas tras una evaluación previa de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA), que analiza si el beneficio anunciado está respaldado por estudios consistentes y puede alcanzarse en condiciones de consumo realistas. Este sistema busca garantizar que el consumidor pueda confiar en lo que lee en un envase y que no se trate tan solo de una promesa de marketing.

Sin embargo, en el caso de los botánicos se da una situación particular: el proceso de autorización de sus declaraciones lleva años bloqueado. Desde 2012, más de 1.500 solicitudes permanecen en espera: no han sido evaluadas, pero tampoco rechazadas. El bloqueo responde a la falta de consenso sobre si debe prevalecer la historia de uso de estas plantas o deben evaluarse con los mismos criterios de evidencia que cualquier otro ingrediente.

Mientras tanto, la normativa permite que estas declaraciones puedan seguir utilizándose de forma provisional. Así, un complemento alimenticio a base de plantas o extractos puede incluir en su etiquetado beneficios cuya validez aún no ha sido confirmada oficialmente por la EFSA. Eso sí, con limitaciones: no pueden presentarse como si previnieran, trataran o curaran enfermedades y, en ningún caso, pueden formularse de manera engañosa o atribuir propiedades que el producto realmente no tiene.

propiedades saludables de alimentos
Imagen: Drazen Zigic / iStock

Otros casos en espera

Aunque los botánicos concentran la mayoría de las declaraciones “en espera”, no son los únicos. También existen cuatro solicitudes sobre cafeína, relacionadas con su efecto sobre la atención, la concentración y el rendimiento físico. Son reclamos que aparecen con frecuencia en bebidas energéticas o suplementos deportivos, aunque su autorización oficial sigue pendiente.

Otra declaración pendiente de aprobación es la que asocia un contenido bajo en lactosa con beneficios digestivos, un reclamo muy común en lácteos deslactosados.

A diferencia de los botánicos, estas declaraciones ya han recibido una evaluación positiva por parte de la EFSA, aunque aún no cuentan con la autorización final de la Comisión Europea. Esto pone de relieve que la incertidumbre regulatoria no afecta solo a los ingredientes vegetales, sino también a productos de consumo cotidiano.

Protección al consumidor: una resolución necesaria

La regulación europea ha avanzado mucho en la protección del consumidor frente a afirmaciones engañosas. Sin embargo, la zona gris en la que se encuentran las declaraciones de los botánicos deja desprotegidos a los consumidores, que no pueden saber si los beneficios anunciados son reales.

Hasta que este bloqueo se resuelva, la mejor defensa es la información: ser consciente de que esta situación existe y desconfiar de promesas poco realistas. Los productos milagro no existen.

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