La UE prohíbe el uso del término ‘bio’ para productos no ecológicos

Actualmente, en España se comercializan productos que no proceden de la agricultura ecológica bajo la etiqueta bio.
Por EROSKI Consumer 15 de julio de 2005

El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas ha prohibido el uso en España de los términos biológico o bio en la publicidad de productos que no han sido obtenidos según el método de producción ecológica. En la actualidad, la normativa española dispone de estos términos para productos que no responden a las exigencias de la agricultura ecológica.

La producción ecológica de productos agrarios y alimenticios está regulada en la Comunidad Europea por un Reglamento de 1991, que ha sido modificado en varias ocasiones. Según dispone esta normativa, un producto puede llevar indicaciones referentes al método de producción ecológica cuando en el etiquetado, en la publicidad o en los documentos comerciales el producto se caracterice por las indicaciones que se utilicen en cada Estado miembro y que sugieran que ha sido obtenido con arreglo al método de producción ecológica.

El Reglamento de 1991 contiene una lista en la que se recogen una o dos expresiones por cada una de las once lenguas entonces oficiales en la Comunidad. Para España, se menciona sólo la expresión ecológico y el derivado eco. En 2004, una modificación de la norma estableció que los términos recogidos en la lista, sus derivados habituales o diminutivos se consideran indicaciones que hacen referencia al método ecológico de producción en toda la comunidad y en todas las lenguas comunitarias.

La Comisión presentó en 2003 un recurso por incumplimiento ante el Tribunal de Justicia. El Tribunal Supremo, además, y ante el cual el Comité Andaluz de Agricultura Ecológica (CAAE) también había impugnado la misma normativa, planteó cuestiones al Tribunal de Justicia sobre este extremo y le solicitó que tomara la modificación de 2004. Según el Tribunal, en la versión anterior a 2004 sólo se mencionan para el español los términos ecológico y eco para los productos obtenidos con métodos ecológicos.

El Tribunal de Justicia considera que la modificación de 2004 responde a la voluntad del legislador de armonizar las indicaciones relativas a los productos ecológicos. Así, el reglamento prohíbe en la actualidad que, en España, los productos que no se hayan obtenido de acuerdo con los métodos de producción ecológica lleven la indicación biológico o bio en el etiquetado.

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