Los nuevos modelos de identificación alimentaria

La revisión de normas alimentarias persigue estimular la innovación tecnológica y la investigación en nuevos alimentos
Por Juan Ramón Hidalgo Moya 23 de agosto de 2005

El Departamento de Agricultura (USDA), el Servicio de Seguridad Alimentaria e Inspección (FSIS), el Departamento de Salud (HHS) y la Agencia de Alimentación (FDA) estadounidenses, presentaron el pasado mes de mayo una proposición normativa dirigida a revisar los actuales modelos de identificación de los productos alimenticios. El objetivo es crear nuevos modelos acordes con los avances tecnológicos de la industria alimentaria y las expectativas del consumidor.

La innovación tecnológica en el sector de la alimentación está obligando a revisar muchos de los conceptos sobre los que se ha venido asentando la industria alimentaria. Esta misma evolución es la que, gradualmente, está llevando también a reescribir alguno de los preceptos legales que rigen en el sector.

Uno de los aspectos que en estos momentos es más candente es la que afecta a los modelos de identificación de los productos alimenticios en Estados Unidos. Distintas organizaciones vinculadas al sector han presentado ya una propuesta, cuyo plazo para presentar comentarios escritos sobre la misma finalizó el 19 de agosto de 2005. Tras su aprobación se abre una nueva etapa para EEUU en cuanto a la aceptación de nuevos productos y nuevas innovaciones tecnológicas aplicadas a los alimentos, todo ello sin que el consumidor se vea privado de su derecho fundamental a consumir alimentos seguros.

Identidad alimentaria

La colaboración de las autoridades reguladoras sanitarias y alimentarias es esencial para estimular la I+D
Los modelos de identificación alimentaria en EEUU definen el nombre del producto y los ingredientes que deben ser usados en la elaboración de un determinado alimento, garantizando de esta manera el conocimiento que el consumidor pueda tener sobre los alimentos que consume. En este sentido, las normas alimentarias establecen las cantidades mínimas de ciertos ingredientes, el máximo de grasas contenidas o los métodos de procesamiento y preparación de los alimentos.

La iniciativa trata de modernizar las normas alimentarias que disponen las Agencias estadounidenses para controlar los alimentos, a fin de que no se infrinjan las expectativas de los consumidores cuando consumen un producto previamente estandarizado. Y es que estos estándares de identidad definen un determinado alimento, su denominación, y los ingredientes que pueden o deben ser utilizados en su elaboración, así como los métodos adecuados de procesado, cocinado y preparación del mismo.

En algunos casos incluso establecen los contenidos máximos de grasa o de agua presentes en el alimento, las cantidades mínimas de ciertos ingredientes, su procedencia (ya sea, por ejemplo, grasa animal o procedente de la leche), los ingredientes autorizados que debe contener el producto final, y aquéllos que opcionalmente pueden añadirse.

La normativa de identidad alimentaria establece, por tanto, unos estándares que tienen por objetivo fundamental cumplimentar con las expectativas del consumidor con respecto al alimento consumido. Lo que se pretende es que el alimento responda a unas determinadas características previamente establecidas en las normas de identidad alimentaria. Así, el producto que no respete los estándares establecidos no podrá comercializarse bajo la denominación del producto concreto, si bien en algunos casos, y previa información directa al consumidor en el etiquetado, se permiten ciertas permisiones con respecto a algunos ingredientes. De este modo, las expectativas del consumidor no son infringidas, al ser previamente informado de lo que va a consumir.

La revisión normativa

La petición de nuevas normas alimentarias siempre ha venido de la mano de la industria, especialmente de aquella que aplica nuevos avances tecnológicos en la producción de alimentos. Nos tenemos que remontar hasta el año 1878 para localizar la primera norma estadounidense que protegía la identidad alimentaria del té frente a otros, considerados de inferior calidad por no adaptarse a los estándares establecidos por la norma. Con posterioridad, y tras más de 25 años de discusiones parlamentarias, el Congreso estadounidense aprobó en 1906 la primera norma sobre alimentos, de carácter muy estricto.

Sin embargo, no fue hasta 1938 cuando en EEUU se aprobó una nueva norma sobre alimentos, a fin de permitir la comercialización de un sinfín de productos alimenticios que ya no se adecuaban a los requisitos establecidos por la norma de 1906, y que habían aparecido en el mercado estadounidense tras la crisis del 1929.

Las primeras normas sobre identidad alimentaria aparecieron en 1939, y venían referidas a los estándares con respecto al tomate enlatado, puré de tomate y pasta de tomate; y, posteriormente, sobre las jaleas.

Tras la Segunda Guerra Mundial, el Congreso de EEUU pensó que los estándares para los alimentos se asemejarían a las recetas caseras con las que el consumidor podía identificar fácilmente al producto concreto. En un principio fueron establecidos para aquellos alimentos que pudieran fácilmente encontrarse en cualquier despensa bien almacenada. Así, antes de 1957, los estándares sobre identificación alimentaria habían sido fijados para muchas variedades de chocolate, de harina, de cereales y de granos de cereal, de macarrones, de productos de panadería, de leche y de crema, de queso, de mantequilla, de sólidos de leche sin materias grasas, de preparaciones (mayonesa), de frutas y de zumos de fruta embotellados, de mermeladas y jaleas de la fruta, de crustáceos, de atún en conserva, de huevos y de productos derivados del huevo, de margarina, y de otras conservas.

Cuando se fijaron los estándares con respecto a las jaleas, la FDA aceptó evidencias encontradas en libros de cocina y en recetas familiares que pudieran datar de doscientos años atrás. En este sentido, estaba claro que la jalea debe hacerse con media parte de fruta o zumo de fruta, y media de azúcar. La simpleza de este estándar trajo no pocos problemas de adaptación a la hora de introducir otros productos adicionales a la misma, como la pectina, para comercializarse legalmente bajo tal denominación.

El concepto de receta hizo poco para promover la innovación en el sector alimenticio y nada para informar a los consumidores sobre la composición de alimentos estandarizados. Y es que bajo el Acta de Alimentos de 1938, los alimentos estandarizados tuvieron que enumerar solamente los ingredientes opcionales de uso en el producto en la etiqueta, pero no los ingredientes asignados por mandato legal. En este sentido, resultaba irónico que los consumidores tuvieran menos información sobre el contenido de los alimentos estandarizados que sobre los alimentos no normalizados, que tenían la obligación de enumerar todos sus ingredientes en la etiqueta.

NORMAS ALIMENTARIAS MODERNAS

Img lavadoind2El camino iniciado en Estados Unidos con la propuesta legal presentada por sus autoridades sanitarias y alimentarias supone un paso muy significativo hacia normas modernas cuyos principios generales se pretende que animen el desarrollo de nuevos productos y estimulen la innovación tecnológica en el sector alimentario, según comentó hace unos meses, en el momento de su presentación, Barbara J. Masters, administradora del Servicio de Seguridad Alimentaria e Inspección (FSIS).

También debería servir para que las Agencias utilicen mejor los recursos disponibles para proteger la salud pública. Y es que las autoridades estadounidenses son conscientes de que los avances tecnológicos más recientes de la industria alimentaria conducen inexorablemente a peticiones concretas para modificar las normas alimentarias, a fin de adaptar los nuevos productos a la norma legal, que no puede quedar al margen de la innovación.

En este sentido, se piensa que los principios generales que se establezcan conducirán a la puesta al día de los estándares existentes o a la creación, en su caso, de otros nuevos, con la finalidad de permitir a la industria alimentaria que continúe produciendo productos seguros y sanos. Según el director de la FDA para la Seguridad Alimentaria y la Nutrición, Dr. Roberto Brackett, los cambios legales propuestos permitirán la producción de nuevos alimentos y la aplicación de tecnologías de envasado cada vez más adaptadas al consumidor de hoy. Por ello, considera que la propuesta conjunta presentada en coordinación por las diversas agencias es un excelente ejemplo del tipo de colaboración que debe existir para asegurar al consumidor americano alimentos diversos y más seguros.

FSIS y FDA comparten la responsabilidad de asegurarse de que las etiquetas del alimento son veraces y no engañosas. FSIS tiene autoridad para regular el etiquetado para la carne, las aves de corral, y los productos de huevo procesados mientras que la FDA regula el etiquetado del resto de los alimentos. La labor de coordinación y de propuesta legal conjunta es sin duda un buen ejemplo para las autoridades alimentarias europeas a fin de dar entrada a la innovación tecnológica alimentaria, pero salvaguardando los derechos fundamentales del consumidor, especialmente con respecto a la información sobre el producto que consume.

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