Utilización de los aditivos

El principal requisito para autorizar un aditivo es que tenga un propósito útil demostrado y se haya sometido a una rigurosa valoración científica
Por Natàlia Gimferrer Morató 18 de abril de 2011
Img glutamato
Imagen: Wikimedia

Aunque se conoce para qué sirven o qué finalidad tienen, los aditivos son aún uno de los temas más desconocidos dentro de la seguridad alimentaria y una de las mayores preocupaciones de los consumidores. Pese a que su uso tiene la misma finalidad que la que tenían en sus orígenes, cuando se empezaron a utilizar (colorantes o aromas para resaltar el sabor de determinados alimento o nitrato potásico como salmuera), los ingredientes han evolucionado con los años. Gracias al desarrollo científico y tecnológico, en los últimos 40 años se han descubierto una gran cantidad de nuevas sustancias capaces de beneficiar los alimentos, que les aportan un elevado poder conservante y antioxidante y que, además, no modifican el sabor original.

El papel de los aditivos en la industria alimentaria es muy importante. Nunca antes se disponía de tan elevado abanico de posibilidades alimentarias, como respuesta en gran parte a que los consumidores exigen una gama de alimentos más variados y de fácil preparación, que sean seguros, saludables y económicos. Ante este nuevo mercado, la única manera de asegurar el éxito en los productos es hacer uso de las nuevas tecnologías, entre ellas las que permiten el desarrollo de aditivos. Estas sustancias cumplen varias funciones que muchas veces se pasan por alto: mantienen las cualidades y características del alimento intactas ya que bajo determinadas condiciones medioambientales podrían deteriorarse o hacen también que el alimento sea seguro y nutritivo, desde el campo a la mesa. Los aditivos pueden ser naturales y artificiales. Estos últimos son los que más controversia generan ya que el consumidor desconoce su procedencia. Sin embargo, el uso de estas sustancias está regulado de forma estricta y el criterio bajo el que se fundamenta su autorización es que quede demostrada su utilidad y no induzca a error al consumidor.

La letra E

Muchas teorías hablan del significado de la letra E y los números que le siguen, pero esta letra no significa más que la representación de un aditivo que ha sido aprobado por la UE, es decir, que el Comité Científico lo ha evaluado como seguro. Una vez aprobado, se otorga la letra (E). Detrás de la letra aparecen unos números que no son más que la clasificación de los distintos tipos de aditivos según la función que desempeñan en el alimento.

  • Colorantes: (E-1XX) con el número uno delante, son los aditivos responsables de devolver el color original al alimento que ha podido perderse durante su procesado.
  • Conservantes: (E-2XX) con el número dos, son los responsables de evitar el crecimiento de patógenos y alargar así la vida útil del alimento.
  • Antioxidantes: (E-3XX) con el numero tres impiden la oxidación de las grasas una vez abierto el envase del alimento.
  • Espesantes, gelificantes, emulsionantes y estabilizadores: (E-4XX, E-12XX y E-14XX) hacen referencia a sus nombres y favorecen además la retención de agua.
  • Acidulantes: son los responsables de acidificar el alimento con el fin de evitar el crecimiento de hongos y bacterias.
  • Edulcorantes y potenciadores del sabor: (E-420, E-9XX, E-620, E-635) tienen la función de realzar el sabor de los alimentos y son los que conllevan más discusión.

Cómo se evalúa un aditivo

El principal requisito para autorizar el uso de un aditivo es que tenga un propósito útil demostrado y para ello deben someterse a una rigurosa valoración científica que lo avale. El Comité Científico para la Alimentación Humana de la UE (SCF) es el responsable de realizar dicha evaluación. En el ámbito internacional, el Comité Conjunto de Expertos en Aditivos Alimentarios (JECFA) realiza la misma tarea. En primer lugar revisan todos los datos tóxicos disponibles y los analizan, incluidos los resultados de pruebas realizadas a animales y humanos. A partir de este análisis se determina el nivel dietético máximo permitido para este aditivo, la cantidad máxima que se puede añadir, el llamado «no-observed-adverse-effect level» (NOAEL). A partir de este dato se estima la «ingesta diaria admisible» (IDA) para cada aditivo.

Esta ingesta se calcula en función de un amplio margen de seguridad, que garantiza que no existe riesgo para la salud aunque se consuma tal cantidad a diario durante toda la vida. Sin embargo, la UE realiza repetidos estudios de los niveles de ingesta de la población para asegurar que no se sobrepase la IDA para cada aditivo, además de responder a cualquier variación de consumo en la sociedad. Dado el amplio margen de seguridad, en caso de consumo excesivo de algún aditivo no habría riesgo para la salud. No obstante, si las cifras se disparan, la Comisión evaluaría la necesidad de revisar los datos o los posibles efectos para la salud.

El Codex Alimentarius es el responsable de aplicar la normativa internacional de los aditivos en cuanto a seguridad alimentaria se refiere. A día de hoy se desarrolla una nueva Normativa General sobre Aditivos Alimentarios, (GSFA) para armonizar unas normas internacionales y garantizar así un comercio seguro en todo el mundo.

ADITIVOS, ALERGIAS E INTOLERANCIAS

Este es un tema que lleva consigo un gran debate ya que, por una parte, algunos estudios avalan que los aditivos alimentarios muy raras veces causan alergias o intolerancias derivados de su consumo y, si existen, los expertos lo definen como efectos secundarios identificables. Sin embargo, el incremento de estas sustancias en casi toda la alimentación contribuye a crear un nuevo entorno en el intestino que facilita el desarrollo de nuevas reacciones alérgicas o intolerancias, lo que sí podría relacionar los aditivos con estos problemas.

De los aditivos más presentes en los alimentos y que se relacionan con más frecuencia con sintomatología alérgica destacan los colorantes, como la tartracina (E102), una sustancia artificial amarilla o la carmina (E120 o cochinilla roja). Según los expertos, las reacciones alérgicas solo se han dado en personas sensibles, con una estimación de una o dos cada 10.000. En la mayoría de los casos aparece afectación cutánea, congestión nasal y urticaria. Los sulfitos, que incluyen varios aditivos inorgánicos, como el sulfito sódico, el bisulfito potásico o el metabisulfito potásico, contienen dióxido de sulfuro (SO2). Estas sustancias se utilizan como conservantes en la elaboración de bebidas fermentadas como el vino o la cerveza. Pueden causar asma en las personas alérgicas y, dada su elevada incidencia en estos últimos años, estos aditivos se han incluido en el listado de alérgenos dictado por el Real Decreto 2220/2004.

El glutamato monosódico, familiar por su elevada presencia en las etiquetas de los alimentos, es un potenciador del sabor que se añade en comidas preparadas, salsas o sopas. Existe una relación entre el consumo de este aditivo y reacciones adversas como dolor de cabeza u hormigueo en el cuerpo de los consumidores, pero ni se confirma ni se desmiente su directa relación. Lo mismo pasa con el aspartamo, aditivo con un poder endulzante superior que el azúcar y cuya inocuidad tampoco es del todo clara.

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