El Parlamento Europeo podría ampliar el plazo de «copyright» de la música

La Asociación de Internautas llama a movilizarse en contra de esta medida
Por EROSKI Consumer 21 de enero de 2009
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Imagen: CONSUMER EROSKI

El Parlamento Europeo votará el próximo día 27 de enero una propuesta de Bruselas para alargar el plazo durante el cual está vigente el «copyright» o derecho de autor de una obra musical. La Asociación de Internautas (AI) ha llamado a movilizarse en contra de esta iniciativa.

«Aunque reconocidos expertos internacionales han puesto en duda los beneficios sociales de esta medida, los eurodiputados parece que no son partidarios de atender estas recomendaciones para que no lo extiendan», señaló la organización.

En concreto, la Eurocámara va a votar extender casi al doble el plazo del «copyright» en grabaciones sonoras. Actualmente éste dura desde la creación de la obra hasta los 50 años posteriores a la muerte del autor. Si se da el visto bueno a la directiva, denominada «Term Extension Directive», el plazo pasaría a ser de 95 años.

Si se da el visto bueno a la directiva, denominada «Term Extension Directive», el plazo pasaría a ser de 95 años

«Esta directiva ‘defectuosa’ ha sido unánimemente condenada por los centros punteros de investigación sobre la propiedad intelectual de Europa. El Parlamento Europeo debe dirigirse hacia las crecientes preocupaciones de los grupos de consumidores y usuarios del ‘copyright’ si quieren una política de ‘copyright’ moderna y factible», apuntó la AI.

El mismo 27 de enero un grupo de eurodiputados informará al resto de la Eurocámara sobre «las consecuencias que tendría dicha extensión para la economía y para los ciudadanos». Desde la AI instan a los internautas a expresar su opinión en contra de esa directiva acudiendo a Bruselas o bien a través de Internet.

El caso Dylan

Los plazos de protección de los derechos de autor previstos en la normativa comunitaria se aplican siempre que una obra estuviera protegida en algún país comunitario el 1 de julio de 1995. Así lo recuerda el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) en una sentencia sobre una cuestión prejudicial planteada por una corte alemana en un caso que enfrenta a Sony Music con una empresa discográfica alemana (Falcon).

Sony y Falcon se enfrentan en un litigio relativo a la protección de derechos de autor sobre dos discos del cantante y compositor estadounidense Bob Dylan, que distribuye la segunda compañía en Alemania.

En concreto, Falcon distribuye dos CD con grabaciones de actuaciones de Dylan. El primero se titula “Blowin in the Wind”, y el segundo “Gates of Eden”. Tales fonogramas incluyen canciones publicadas en los álbumes “Bringing It All Back Home”, “The Times They Are a-Changin’” y “Highway 61 Revisited”. Estos álbumes se editaron en los Estados Unidos antes del 1 de enero de 1966.

La legislación alemana indica que las empresas domiciliadas en Estados Unidos únicamente gozan, en Alemania, de cierta protección por las obras posteriores al 1 de enero de 1966. Sin embargo, la directiva comunitaria de 2006 sobre derechos de autor establece como regla general que los derechos de los productores de fonogramas desaparecen medio siglo después de realizada la grabación, aunque hay excepciones.

Además, esa directiva prevé que los plazos se apliquen al objeto en cuestión si el 1 de julio de 1995 éste se encontraba protegido en al menos un Estado miembro de la UE en virtud de sus disposiciones nacionales.

Sony Music, que adquirió los derechos de los álbumes de Dylan, alega que sus derechos estaban protegidos en el Reino Unido en esta última fecha y que la legislación británica extiende su protección a los fonogramas anteriores al 1 de enero de 1966, incluyendo los de productores estadounidenses.

Falcon, por su parte, apuntó que en Alemania ningún productor tenía derechos sobre los álbumes de Bob Dylan grabados antes del 1 de enero de 1966.

Tras emitir su veredicto los jueces de Luxemburgo, ahora deberá ser la Justicia alemana la que decida sobre este caso.

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