El derecho de resolución en el comercio electrónico

Se puede desistir libremente del contrato dentro de un plazo de siete días.
Por EROSKI Consumer 29 de octubre de 2002

El derecho de resolución o desestimiento del contrato es el más importante de los que asisten a los consumidores en el campo de las ventas a distancia y, por tanto, del comercio electrónico. En este sentido, la normativa vigente permite que el consumidor que haya adquirido un bien a distancia pueda desistir libremente del contrato, dentro de un plazo de siete días, aunque también hay que decir que nada impide dar al proveedor más tiempo.

Este plazo comienza a computar en el momento de recepción del producto solicitado, pero en caso de que lo que hayamos adquirido sea un servicio dicho lapso de tiempo empezará a contar desde el momento en que se concretó el contrato o se cumplieron las obligaciones informativas expuestas.

Para ejercer este derecho no es necesario cumplimentar ningún requisito especial y, por lo tanto, se entiende que el consumidor desiste del contrato cuando remite el documento de revocación a la persona indicada en el mismo o cuando le comunique su voluntad de resolver el contrato dentro del plazo mediante una carta certificada, burofax o escrito entregado en el espacio físico del vendedor, y sellado por el empresario o sus representantes.

Para ello, el consumidor no tiene que expresar los motivos por los que desiste del contrato sino que es libre de hacerlo sin necesidad de informar al empresario de las razones que le han llevado a adoptar esa decisión.

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