Hipoteca abierta

El propietario del bien hipotecado deberá de velar porque dicho inmueble se conserve en buen estado
Por EROSKI Consumer 28 de mayo de 2002

La Hipoteca Abierta es una línea de crédito garantizada con hipoteca de primer grado, cuyos sub-préstamos u operaciones derivadas, pueden dirigirse hacia diferentes actividades y que permiten al beneficiario mantener una disponibilidad de recursos durante un plazo determinado, en el cual, sus amortizaciones forman automáticamente nuevo disponible.

Este tipo de hipotecas está dirigido a personas físicas y jurídicas que se califiquen como sujetos de créditos y con un historial crediticio tipo A (excelente nivel de mora); dedicados a una o varias actividades de la economía que requieran financiación periódica para capital de trabajo o inversión.

Este producto constituye hipoteca por crédito abierto con limitación de suma. Constituida la hipoteca, garantiza las cantidades en cualquier tiempo, siempre que no excedan de la suma prefijada; de conformidad con lo establecido por el Código Civil.

Por otra parte, el propietario del bien hipotecado, deberá de velar porque dicho inmueble se conserve en buen estado y darle el mantenimiento adecuado para lo cual, el banco se reservará el derecho de efectuar inspecciones periódicas para su comprobación.

La tasa de interés para cada operación derivada será la vigente a la fecha de formalización del crédito para la actividad que se está financiando. Esta tasa será revisable y ajustable mensualmente y pagadera en forma anticipada o en la manera que estipule el producto de crédito respectivo.

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