Reformas en casa, sin sorpresas

Para realizar una reforma en el hogar conviene que planificar la obra de forma integral y comparar presupuestos
Por Luciano Bottesi 13 de octubre de 2007

Construir una nueva habitación, ampliar el balcón, instalar un equipo de aire acondicionado… A la hora de hacer reformas en casa, las posibilidades son infinitas. La mayoría de estos cambios requiere el conocimiento de un experto para su ejecución, por lo que hay que tener en cuenta algunos aspectos para evitar sorpresas y dolores de cabeza en el momento de pagar por el trabajo realizado. Antes de acometer la reforma es importante controlar qué materiales se emplearán mediante una memoria de calidades, así como pactar el presupuesto final y las condiciones de pago. Estos son los aspectos más comunes y temidos por quien decide embarcarse en una reforma, junto al tiempo de ejecución de la obra, que suele prolongarse una vez el trabajo ya está en marcha. Por ello, para evitar problemas,es aconsejable consultar varios presupuestos y valorar la seriedad de cada empresa.

Antes de empezar una reforma en casa es de vital importancia conocer en profundidad los derechos y obligaciones de ambas partes -contratante y empresa-, lo que evitará muchos problemas. Es fundamental obtener un presupuesto detallado y los plazos definidos para la finalización de las obras, aunque se puede renunciar a ello por escrito, mediante una orden de trabajo en la que se admita que no se estipuló una fecha de finalización, con la leyenda -escrita de puño y letra por el cliente-: «Renuncio al presupuesto previo y autorizo la reparación». No es aconsejable recurrir a esta fórmula ya que se pierden elementos de juicio a la hora de eventuales reclamaciones. Si las obras se retrasan más allá de los plazos señalados verbalmente, no existe derecho a exigencia alguna. Para enmendar el error inicial sólo se puede replantear por escrito el tiempo de finalización de obra ya iniciada, siempre y cuando esté firmado por el cliente y el profesional contratado.

La ley estipula que las variaciones del presupuesto inicial deben constar por escrito y ser aprobadas por quien contrata el servicio

La Ley que regula la actividad de prestaciones de servicios a domicilio, estipula que las variaciones del presupuesto inicial -independientemente de la causa que las motiven-, deberán constar por escrito y ser aprobadas por quien contrate el servicio. Claro que si el presupuesto es verbal porque el consumidor renunció al documento escrito, existe la posibilidad de que surjan problemas posteriores.

En ocasiones, el trabajo es encargado a un autónomo que a su vez contrata a terceros para completar la obra. Entonces, ¿qué sucede si se produce una avería? La subsanación del contratiempo correrá, en este caso, por cuenta del autónomo contratado o por la de la empresa que subcontrató especialistas, ya que la contratación de terceros no altera el trato inicial con quien se pactaron las reformas.

Los materiales

La elección de materiales es clave en cualquier reforma. Para no encontrarse con desagradables sorpresas es importante que se incluya una memoria de calidades, En caso de no coincidir el resultado final con lo incluido en la memoria, es fácil reclamar. Otra posibilidad es que el propio cliente realice la selección y compra del material que se empleará en la obra. Siempre es preferible averiguar los precios de los materiales -sobre todo de los más costosos- entre distintos proveedores, ya que cuando los compran ellos, algunos contratistas les añaden un sobreprecio.

Pero, además, es posible que en la reforma se incluyan materiales previamente utilizados, siempre y cuando el cliente esté al tanto y autorice su compra. En este caso, la garantía será de un año en lugar de los dos correspondientes a las piezas nuevas. La conformidad deberá estar expresamente autorizada en el contrato, junto a la leyenda «Autorizo el empleo de materiales usados». Entre estos materiales de segunda mano se pueden encontrar cableado, llaves y perillas de luz y otros elementos que son objeto de reciclaje.

Presupuesto y condiciones de pago

Si los materiales son importantes, tampoco es cuestión baladí la elección de la empresa que hará la reforma. Las asociaciones de consumidores recomiendan contratar a una compañía seria y un plantel de obreros preparados, ya que será una garantía de que todo se hará en tiempo y forma. Para escoger la empresa que realizará la reforma de nuestro hogar, es también importante comparar sus presupuestos. Es esencial comprobar si el presupuesto incluye o no las tasas de la licencia -para librarse de realizar este trámite más adelante- y conviene tener en cuenta que las diferencias de tarifas entre un contratista y otro pueden estar sujetas a su disponibilidad, a la distancia entre nuestro domicilio y la empresa, y a la época del año (por ejemplo, la colocación e instalación de un sistema de calefacción será más barata si se realiza en verano que si se hace en pleno invierno).

No es recomendable cubrir el 100% del coste acordado antes de que el trabajo haya finalizado

De todos modos, no basta con tener el presupuesto en mano para confirmar el trabajo. También hay que atender los aspectos relativos al pago de la obra. Nunca es recomendable cubrir el 100% del coste acordado antes de que el trabajo haya finalizado. Si bien es frecuente que previo al inicio de las obras algunos contratistas cobren un porcentaje del presupuesto total, éste no debería superar en ningún caso la mitad del mismo. Antes de completar el pago, se aconseja revisar que todo esté tal y como se pactó. En caso de que exista algún defecto, el consumidor puede negarse a abonar la reforma o reclamar a la compañía que costee el trabajo necesario para arreglar los desperfectos. También es conveniente saber que si se solicita un presupuesto y luego no se contrata a esa empresa, es posible que se exija un pago por la elaboración del mismo, algo justo, siempre y cuando la empresa o autónomo lo haya advertido. En estos casos quien solicitó el presupuesto se hace cargo del coste de traslado del profesional que visitó la casa, y del tiempo que empleó en confeccionar el documento para su aprobación.

Incumplimiento de contrato

Otro de los problemas a los que puede enfrentarse el consumidor ante una reforma en su hogar es el incumplimiento de contrato. Pero, ¿cómo reclamar ante un problema de este calibre? La actuación que debe seguirse es sencilla: En primer lugar hay que ponerse en contacto con los responsables del trabajo por escrito, preferentemente mediante un telegrama o burofax, para que quede constancia expresa de la reclamación. Si con este paso no se resuelve el conflicto, la queja debe manifestarse ante las autoridades de Consumo y notificar detalladamente cuál ha sido el problema, con la copia de la notificación anterior ante la empresa.

Una vez completada esta fase, el consumidor damnificado deberá esperar a saber si la empresa se somete al arbitraje de consumo. En caso de que no lo hiciese, sólo cabe acudir a la vía judicial. El consumidor deberá personarse en los Juzgados de Primera Instancia más cercanos a su domicilio y presentar la demanda por daños y perjuicios adjuntando documentación que constate el vínculo con la empresa contratada, desde el presupuesto inicial hasta las últimas reclamaciones. Si en la reclamación se exigen hasta 900 euros como indemnización, no es necesario contar con los servicios de un abogado ni un procurador.

Claves para evitar problemas
  • Empresa:Hay que escoger una empresa que esté establecida desde hace varios años, y que tenga un domicilio fijo. Se puede contratar a empresas que hayan realizado trabajos para familiares o conocidos, y que hayan sido recomendadas por ellos, pero esto no significa que no sea preciso pedir referencias y confirmar su seriedad.

  • Contrato:En el contrato debe constar por escrito el nombre, la dirección, el número de teléfono y el de licencia del contratista. También debe figurar el coste del trabajo, incluyendo el de los materiales -lo mejor es incluir una memoria de calidades-, una cláusula que estipule si se pueden modificar y en qué modo los plazos de la obra -ya sea por mal clima u otros imponderables-, y la garantía del trabajo.

  • PlanificaciónHay que hacer una planificación integral y detallada de los trabajos requeridos. Es muy recomendable, porque en no pocas ocasiones tras iniciar la obra se decide hacer cambios sobre la marcha o añadir nuevas reformas, disparando el coste (mano deobra y materiales no contemplados en el presupuesto). Además, hay que pactar el tiempo de duración de la obra, otro aspecto que influye en el costo final, ya que si se dilata el período acordado para las reformas, el presupuesto inicial se encarece.

Los trámites

Los propietarios o arrendatarios que realicen obras en un inmueble deberán tener en cuenta una serie de trámites legales y de convivencia que deberán seguir. Si para la reforma que se vaya a realizar es necesario contar con una licencia de obra -la puede tramitar tanto la empresa contratada como el cliente- deberán contemplarse algunos aspectos importantes. Las obras no pueden ser molestas, insalubres, peligrosas o ilícitas, ni poner en peligro la seguridad del edificio o la de las fincas vecinas. Si se llegara a detectar que el gestor de las obras incurrió en alguna de estas faltas, puede ser apercibido para que finalice las obras; y si hace caso omiso, al final puede ser llevado a juicio.

Si se trata de una obra menor -mantenimiento, acondicionamiento o consolidación- es necesario tramitar el permiso correspondiente. Generalmente, el Ayuntamiento requiere los datos de la superficie, la ubicación de la finca y la descripción detallada de las obras que se van a realizar. Además, debe constar el presupuesto detallado por unidades de obra y agrupado por partidas, junto al plano y el croquis de las obras que se realizarán, con la indicación del estado actual. Hay que incluir también el último recibo del IBI, así como la escritura de propiedad o el contrato de arrendamiento. Si las obras requieren la ocupación de la acera con materiales de construcción, escombros, andamios u otras instalaciones, se deberá obtener una licencia para la ocupación transitoria de la vía pública.

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