OCU pide la dimisión de la directora del Instituto Nacional de Consumo por la filtración a Iberdrola de un informe sobre la energía verde

El INC dictaminó que la publicidad sobre energía verde era legal
Por EROSKI Consumer 29 de octubre de 2004

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) asegura que el Instituto Nacional del Consumo (INC) filtró, el pasado día 25, un informe «en contra de los intereses de los consumidores y de la opinión mayoritaria de las asociaciones de consumidores». Este documento, según una nota difundida por OCU, era «pretendidamente favorable a las tesis de Iberdrola» ante la demanda que dicha organización de consumidores ha planteado contra la publicidad de su energía verde, «por considerarla ilícita por engañosa».

Además, atendiendo a la información facilitada por OCU, se da la circunstancia de que este informe se emitió «justo el día anterior» a la celebración de la vista oral contra las campañas publicitarias, consideradas engañosas por la OCU y en el dictamen del Centro Nacional de Energía (CNE). A esto hay que añadir que el documento era también desconocido por las demás asociaciones de consumidores que forman parte del Consejo de Consumidores y Usuarios (CCU), órgano consultivo del INC.

El abogado defensor de Iberdrola aportó como prueba, ante la sorpresa de los miembros de OCU, y fue admitida por el juez, el informe elaborando por el INC, que hasta ese momento era desconocido por las asociaciones pertenecientes al CCU (entre los que se encuentra la OCU) y que sólo estaba en poder del propio emisor y de la empresa Iberdrola.

Principio de acuerdo

OCU quiere hacer saber que el Secretario del CCU, en la reunión de la Comisión Permanente del Medio Ambiente del viernes, día 22 de octubre, manifestó que el INC no tenía todavía previsto manifestarse sobre este tema. En esa reunión, las nueve asociaciones de consumidores presentes habían llegado ya a un principio de acuerdo para el dictamen que el CCU tenía previsto elaborar en un sentido «radicalmente distinto» al manifestado por el INC.

Tras analizar la publicidad de Endesa e Iberdrola, el pasado día 20 de mayo el CNE remitió a Defensa de la Competencia y al INC sus conclusiones en las que se leía: «Las campañas publicitarias de Iberdrola y Endesa podrían inducir a error a los clientes, en cuanto a la justificación y el destino del sobreprecio que supone adquirir energía verde. En ellas se puede inducir a pensar que la energía renovable es más cara y por eso se debe pagar más, o bien que con su aportación se fomenta el desarrollo de energías renovables o que lleva aparejado el desarrollo de algún otro tipo de actuación medioambiental. En atención a ello, se considera que existen indicios suficientes para poner los hechos en conocimiento de los órganos competentes en materia de consumo».

Falta de actuaciones

La falta de actuaciones por parte del INC llevó a OCU a solicitar el cese de las campañas publicitarias, requerimiento que fue atendido por Endesa, y el día 24 de mayo presentó una demanda contra la campaña de publicidad entonces vigente de Iberdrola por considerarla engañosa. Demanda puesta en conocimiento de la Directora General el mismo día y cuya vista oral tuvo lugar el día 26.

Ante este «acto de deslealtad que este comportamiento del INC significa hacia los intereses de los consumidores», OCU exige la dimisión de la directora general de Consumo y directora del INC y ha puesto los hechos en conocimiento de la Ministra de Sanidad y Consumo, así como de los grupos parlamentarios del Congreso.

El INC en su informe considera que los clientes que contratan este tipo de tarifas de «energía verde» cuentan con «información suficiente para valorar la oferta y aceptar o rechazar sus condiciones». La Unión de Consumidores de España (UCE) también ha mostrado su desacuerdo.

UCE recuerda que contratar los servicios de estas campañas implica un sobrepago, ya que el consumidor pagaría por un lado el coste de diversificación y por otro los gastos que supone adherirse a una de estas campañas. Según UCE, la única forma de que esta energía llegue como tal al consumidor es que éste sea el propietario del generador de energía renovable.

Asimismo UCE critica que dada la estructura del mercado eléctrico, «es imposible» en la práctica tener garantías de que la energía que gastan los consumidores en sus casas es verde.

Según OCU, ésta ha sido la cronología de los hechos:

El 23 de marzo de 2004 la Comisión Nacional de la Energía (CNE) emitió un informe sobre las campañas publicitarias de «Energía Verde» realizadas por Endesa Energía e Iberdrola. La CNE consideraba que ambas entidades podrían haber incurrido en actos de competencia desleal por publicidad engañosa al omitir información sobre el origen real de la energía que promocionaban, por lo que envió dicho informe, de una parte al Servicio de Defensa de la Competencia, (SDC) y de otra al Instituto Nacional de Consumo (INC).

El 20 de mayo se recibió dicho informe en el Instituto Nacional de Consumo, según consta en el propio informe del INC.

El 24 de mayo la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), interpuso demanda de Cesación por publicidad engañosa contra Iberdrola, dando cuenta e informando directamente del hecho a la Directora General de Consumo y Directora del INC.

El 25 de mayo, el INC requirió formalmente a Endesa e Iberdrola para que explicaran sus actuaciones y aportaran documentación. Según se desprende del propio informe del INC, no se llegaron a mantener reuniones con Endesa, por el contrario, se mantuvieron dos reuniones con representantes de Iberdrola (la ultima de ellas el pasado 15 de Septiembre). Jamás se contacto o requirió información a ninguna asociación de consumidores, aun cuando el INC ya conocía de la existencia de la demanda interpuesta por la OCU sobre este particular.

El 26 de junio, en la Reunión de la Comisión permanente del Consejo de Consumidores y Usuarios, (CCU) el representante de la OCU en la misma informo de la interposición de la demanda contra Iberdrola por parte de la OCU. En dicha reunión se adopto el acuerdo de que el CCU se pronunciara sobre el asunto. A tal efecto se acordó la convocatoria de una reunión de la Comisión de trabajo de Medio Ambiente.

El 14 de julio el Servicio de Defensa de la Competencia elaboro un informe en el que se expresa «Analizada la documentación sobre el asunto el Servicio ha elaborado un informe en el que se concluye que no existen indicios de que dichas compañas generen problemas de competencia».

El 22 de octubre tuvo lugar la reunión de la Comisión de Trabajo de Medio Ambiente del CCU. A dicha reunión acudieron 9 asociaciones de consumidores que acordaron el borrador de una postura común que seria ratificada en la próxima reunión de la comisión permanente. Al mismo tiempo se solicito información al INC sobre la cuestión y su representante manifestó la no existencia de postura alguna sobre la misma.

El 25 de octubre, cinco meses y cinco días después de recibir el informe de la CNE, a las 13:02:43 se registra con el número 4453/RG35611 en el Registro Auxiliar del Instituto Nacional de Consumo el documento «Informe sobre las Campañas de Energía Verde» firmado por el Subdirector de Calidad del Consumo. Dicho informe establece en su conclusión: «Todas estas consideraciones en principio proporcionalidad que debe presidir en las actuaciones de la Administración, conducen a considerar, a juicio de este Instituto, la no procedencia de la iniciación de actuaciones contra las empresas mencionadas en este informe que han realizado, hasta el día de hoy, campañas sobre energía verde en los términos que aquí se han descrito».

A esa misma hora este informe es entregado a Iberdrola, no así a la Comisión Nacional de la Energía (puesto que fue enviado por correo certificado al día siguiente) ni al resto de asociaciones del CCU, a quien fue remitido el 26/10/04 a las 14:00 mediante fax. Según el secretario del Consejo de Consumidores «se remite dicho informe ante las noticias aparecidas en diferentes medios de comunicación en el día de hoy».

El 26 de octubre aparece en la prensa (en la edición de El País y el diario Expansión así como otros medios radiofónicos) la noticia de la existencia de un informe del INC que avala la publicidad de la «energía verde». Durante la vista celebrada en la demanda interpuesta contra Iberdrola, por parte de la OCU, el abogado defensor de Iberdrola aporta como prueba (y es admitida por el juez) el informe elaborando por el INC, que hasta ese momento solo estaba en poder del propio emisor (el INC) y de la empresa Iberdrola, no pudiendo haber una sola empresa, asociación o institución que hubiera podido acceder al mismo, por el desconocimiento de su existencia.

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