Obligaciones de los servicios 806

Comunicar la naturaleza del servicio, identificar a la empresa que presta el servicio e informar sobre los precios son datos que deben obrar en poder del usuario
Por EROSKI Consumer 4 de abril de 2002

Para evitar graves irregularidades o el incumplimiento de la normativa que regula los servicios 806, el consumidor ha de tener presente una serie de circunstancias que tutelan su posición jurídica con respecto a estas líneas telefónicas. Los datos que nunca deben obviarse son los siguientes:

Informar de la naturaleza del servicio. Es obligatorio, según establece el Código de Conducta, en su punto 3.3.3, que los anuncios se diseñen y presenten de forma que cualquiera que los mire pueda ver que se trata de un anuncio de un servicio telefónico de tarificación adicional. Muy pocos anuncios lo hacen y este incumplimiento es dramático en el caso de las desviaciones de las conexiones de Internet a través de un 806, sin advertir de ello al usuario.

Identificar a la empresa que ofrece el servicio. En el punto 3.3.4 del Código de Conducta se indica que el nombre de la empresa debe figurar con claridad en el material de promoción. Generalmente, en ninguno de los anuncios figura el nombre de la empresa responsable del servicio. Además, esta información debe darse al comienzo de cada conexión. Por regla general no sucede así. Esta irregularidad genera en el usuario una grave situación de indefensión e inseguridad jurídica.

Control en promociones, compraventa y alquiler. Se pueden ver en muchas secciones de anuncios clasificados ofertas de trabajo que se ofrecen a través de un 806. Se trata de una grave irregularidad cuyas consecuencias económicas pueden ser importantes. De hecho, se llega a realizar un uso fraudulento de este tipo de servicios a través del 806 por algunos desaprensivos que el usuario debe denunciar inmediatamente.

Autorización de los concursos. Para que un concurso pueda entrar en el ámbito de los servicios de 806 deben ser autorizados por la autoridad competente y depositadas sus bases en la Subcomisión para la Supervisión del Servicio telefónico con tarificación adicional. En muchos casos, sobre todo en televisión, lo que hoy se ofrece como concurso es, en realidad, una encuesta con premio (dada la nula dificultad de las cuestiones planteadas), en cuyo caso supondría también un servicio de prefijo 803, según la clasificación. Además, en el caso de algunos concursos televisivos se incumple otra regla: incitar a llamar más veces para tener más opción al premio.

Ubicación y promoción en servicios eróticos. Sólo pueden anunciarse en televisión en un horario determinado (de 24 a 7 horas), en revistas o publicaciones para adultos y en secciones de anuncios clasificados o por palabras de periódicos. En la actualidad, este tipo de anuncios puede verse en cualquier tipo de revista y periódico al acceso de cualquier persona. En el caso de los anuncios en periódicos sólo «podrá realizarse sin representación icónica, ni referencia argumental o expresión obscena» (Código de Conducta, punto 2.7.5.c). Justo todo lo contrario de lo que se puede encontrar en muchos anuncios. Estos anuncios aparecen en cualquier medio (incluso en revistas de carácter general o prensa deportiva), sin ningún tipo de limitación y con mucha frecuencia con imágenes y expresiones suficientemente explícitas como para poder establecer su irregularidad.

Información sobre los precios. Según el Código de Conducta, en la indicación del precio hay que hacer constar el coste del servicio en euros/min, la duración máxima y el coste total de esa llamada de duración máxima, incluyendo el IVA. Las variaciones que se pueden encontrar en los anuncios de los 806 pueden ir desde no indicar absolutamente nada a un simple «desde X euros/min» o un vago «según tarifas vigentes». El consumidor no sabe lo que le puede costar el servicio cada vez que llama a un 806.

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