Entrevista

Pedro Mezquida Prieto, presidente de la Asociación Nacional de Empresarios y Profesionales Autónomos

No es cierto que los autónomos vayan a tener un subsidio por cese de actividad
Por Gracia Terrón 4 de diciembre de 2007
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Imagen: Ned Raggett

El 12 de octubre entró en vigor el Estatuto de Trabajo Autónomo, que introduce mejoras en las condiciones laborales de estos profesionales. La nueva norma incluye un catálogo de derechos que los equipara, en cierto modo, con los trabajadores por cuenta ajena. Pedro Mezquida Prieto, presidente de la Asociación de Profesionales Autónomos (ASNEPA) opina que la ley es positiva aunque se queda en una declaración de intenciones por desarrollar y, en su opinión, aunque el Estatuto es un paso para acercar los trabajadores autónomos y los asalariados en cuanto a derechos y protección social y jurídica, se necesita avanzar en otros terrenos, como en la bajada de algunos impuestos. El trabajo autónomo, según añade, necesita impulsos porque contribuye a la inclusión de grupos de personas desfavorecidas, como muchas mujeres víctimas de la violencia de género, que en algunos casos se han podido liberar de sus maridos al conseguir la independencia económica montando su propio negocio.

¿Cómo valora, en general, el nuevo estatuto para los trabajadores autónomos?

Nos parece positivo ya que expone los derechos y las obligaciones de los trabajadores autónomos. No obstante, nos parece un Estatuto de intenciones: todo está pendiente de desarrollo. Se plantea un nuevo marco jurídico, pero todos los asuntos están pendientes de desarrollar, y en ello influirán en mayor o menor medida los vaivenes políticos del momento.

¿De qué se beneficiará el autónomo a partir de ahora?

Es loable el esfuerzo que se ha hecho para mejorar en temas como la conciliación de la vida laboral y familiar, poder contratar a familiares (hasta segundo grado) como asalariados, contar con el derecho a la baja por accidente laboral, los accidentes «in itinere»…

En el día a día del trabajador autónomo, ¿cómo influirá la nueva ley en el desarrollo de su actividad?

La influencia será notable, sobre todo, para la figura del autónomo económicamente dependiente. También es importante la mayor importancia que se da a la representativad del colectivo a través de asociaciones que velan por sus intereses. Con el apoyo de las asociaciones siempre es más factible conseguir avances en temas importantes como las condiciones de protección social, temas fiscales o tributarios, de prevención y riesgos laborales…

En temas fiscales ¿qué solicitan, en concreto?

Lo primero que habría que hacer es agilizar los trámites burocráticos que permitan poner en marcha el desarrollo de la actividad. Nosotros somos los propios recaudadores y los propios liquidadores. Cuantas menos trabas burocráticas existan, mejor. Además, sería interesante conseguir una rebaja en el Impuesto de Sociedades. Veríamos razonable una bajada de este impuesto hasta el 15% (en la actualidad se sitúa en el 35%, la tasa más elevada de toda la Unión Europea).


Deberían agilizarse los trámites burocráticos para poner en marcha un negocio, y rebajar el Impuesto de Sociedades

¿Cómo puede saber un autónomo cuál es el límite en el que le conviene cotizar?

Los trabajadores autónomos cuentan con un baremo en el que se exponen una base mínima y una base máxima por la que pueden cotizar, como el resto de trabajadores. Cada profesional puede elegir la opción que prefiera. Lo habitual es comenzar pagando lo mínimo, para ir subiendo la base de cotización. En cualquier caso, conviene tener en cuenta la peligrosidad del trabajo. En trabajos de riesgo, conviene cotizar en la parte más alta de la escala. La base es un baremo entre el que el trabajador decide. El nivel elegido determinará la cuota que se pagará, pero también las prestaciones de las que se podrá beneficiar. Cuanto más alta sea, más prestaciones. En el límite mínimo, las coberturas son más modestas. Cada uno debe valorar las prestaciones que le quedarán.

¿Cree que el nuevo estatuto animará el nacimiento de nuevos autónomos? ¿Que el trabajo por cuenta ajena precario en España animará ahora, con el nuevo estatuto, el nacimiento de nuevos autónomos?

Sinceramente, no creo que el nuevo Estatuto anime la creación de nuevos trabajadores autónomos. No obstante, en los últimos años sí se viene apreciando una tendencia creciente en este sentido: está creciendo más el número de trabajadores autónomos que el de contratados por cuenta ajena, adscritos al Régimen General de la Seguridad Social. Por ejemplo, en los últimos años hemos constatado que la actividad autónoma es una solución, sobre todo, para inmigrantes, desempleados e incluso como forma de lucha contra la violencia de género. Nos estamos dando cuenta de que muchas mujeres consiguen liberarse de maridos violentos de los que dependen económicamente montando un negocio por cuenta propia.

¿Qué necesita mejorar todavía? ¿Cuáles siguen siendo los principales problemas del autónomo: los permisos, la sanidad, las bajas por enfermedad…?

Uno de los principales aspectos que debe mejorar es que se desarrolle el tema de la conciliación laboral y familiar. En el Estatuto se establece que este aspecto va a mejorar, pero no se dice cómo. Por ejemplo, un tema que preocupa es saber quién va a costear que esto sea posible: que el trabajador autónomo pueda ausentarse horas de trabajo para, por ejemplo, ir a buscar a su hijo al colegio, ir al médico…


Se pretende conciliar la vida laboral y la familiar, pero no se explica cómo hacerlo y todo queda pendiente de desarrollo

¿Qué proponen?

Nosotros creemos en los sistemas complementarios. No creemos en un sistema basado exclusivamente en las ayudas públicas. Habrá que buscar un término medio. Nos parecería bueno, por ejemplo, que se crearan guarderías sociales.

Una de las propuestas estrella del nuevo Estatuto es que los autónomos tendrán un subsidio por cese de actividad, o subsidio de desempleo. ¿Cree que será efectivo?

Creo que con este tema se ha creado un globo sonda que no es nada real. Hace quince días, por ejemplo, se creó una Comisión de Expertos para valorar la idoneidad o no de crear un subsidio de este tipo, pero no se ha contado para nada con las asociaciones de autónomos. En realidad, no es cierto que vayamos a tener subsidio por cese de actividad. Y tampoco es una propuesta novedosa. ASNEPA ya impulsó durante el año 2002 un convenio con una gran aseguradora para que los autónomos pudieran cobrar por paro o cese de actividad. Y funcionó muy bien.

Las coberturas se refieren al pago mensual equivalente a 20 euros diarios por cada 30 días consecutivos, en los cuales el asegurado se encuentre en situación de cese involuntario. El número máximo de prestaciones en total es de 12 meses. El cliente tendría 12 meses de indemnización si ha pagado la prima más de 1.080 días. También podrá ser indemnizado con 4, 6, 8 y 10 meses de indemnización, en función de la prima que haya pagado. Nuestra idea, en cualquier caso, es equiparar las prestaciones al Régimen General, en materia de desempleo.

Ha mejorado sustancialmente su protección social, al reconocerse la incapacidad temporal, la protección por accidentes de trabajo y la enfermedad profesional para la figura del autónomo dependiente ¿está de acuerdo o todavía queda mucho por hacer?

Sí, consideramos que todavía queda mucho por hacer. En realidad, nuestro objetivo es conseguir la equiparación plena del autónomo con el Regimen General de la Seguridad Social. En cuanto a protección social, por ejemplo, se ha conseguido que se contemplen los accidentes “in-itinere”, pero no los accidentes “in-mision”, lo que también solicitamos. Por ejemplo, un quiosquero puede sufrir un accidente cuando va de camino a la distribuidora a por mercancía y ese accidente no estaría cubierto. También queda pendiente de desarrollo reglamentario la cobertura de accidentes de trabajo y enfermedad profesional para los autónomos que desarrollen actividades de mayor riesgo.

¿Cree que de verdad el autónomo puede conciliar vida familiar y laboral?

Se han conseguido algunos avances. Por ejemplo, el Estatuto contempla dieciocho días de vacaciones y habla de suspender su actividad en las situaciones de maternidad, paternidad y riesgo durante el embarazo y la lactancia. Pero es un tema que sigue siendo complicado para el trabajador autónomo. Se necesitan más medidas.

¿Como cuáles?

Cualquier iniciativa privada que permita al autónomo mejorar en su vida personal y familiar será bienvenida.

Los autónomos españoles ¿tienen trabas que no se dan en otros países europeos? ¿Cuáles?

Al compararnos con otros países, hay que diferenciar entre el estilo de los autónomos del Norte de Europa y del Sur. Por ejemplo, creemos que la la Directiva Europea de Servicios, conocida como directiva Bolkestein, podría acabar con el pequeño comercio. Esta directiva es un proyecto de ley que pretende facilitar el trabajo a las empresas de la Unión Europea (UE) para que puedan operar sin trabas en todos los estados de la Unión. Esto implica que en España, en particular, no se podrán seguir manteniendo políticas de discriminación positiva a favor de sectores, como es el caso del pequeño comercio, en desventaja frente a las grandes empresas de distribución. Existen distintos sistemas organizativos en el Norte y en el Sur de Europa. En España, no tiene sentido aplicar una directiva como la Bolkestein, porque supondría terminar con las pequeñas empresas. En autoempleo, por ejemplo, España está a la cabeza de Europa.

El nuevo estatuto reconoce el derecho a disfrutar de jubilación anticipada, pero sólo para aquellos trabajadores autónomos que desarrollen una actividad “tóxica, peligrosa o penosa”. ¿Qué le parece?

Muy mal. Creo que lo lógico es que en este terreno se equipararan totalmente los derechos de los autónomos con los del Régimen General de la Seguridad Social. La situación actual del autónomo todavía dista mucho del asalariado en este sentido. Por ejemplo, hay muchos autónomos que cotizan por el mínimo y que, de jubilarse anticipadamente, disfrutarían de una prestación inferior a la pensión mínima.


Todos los autónomos deberían poder jubilarse anticipadamente, no sólo si realizan actividades tóxicas, peligrosas o penosas

Los asalariados que cotizan por el Régimen General tienen derecho a la jubilación anticipada a los 61 años si, entre otros requisitos, son despedidos y pasan al menos seis meses en la protección por desempleo. ¿Cómo certificar que el autónomo ha dejado la ocupación en contra de su voluntad?

Lo puede certificar mostrando los documentos que demuestren el cierre de su negocio, una suspensión de pagos o una quiebra, el hecho de estar de baja en el Régimen Especial de Autónomos…

¿No cree que puede existir el riesgo de que la prestación desincentive la continuación en la actividad empresarial, especialmente en las pymes?

No, no lo creo. De hecho, los últimos datos demuestran que el número de autónomos crece cada año a mayores tasas, que supera al de los asalariados.

En ocasiones, los autónomos han sido tachados de fraudulentos, sobre todo con Hacienda, a la hora de hacer sus facturas de IVA. ¿Por qué cree que ocurre esto? ¿Cómo podría limpiarse esta imagen?

Yo no creo que el trabajador autónomo sea fraudulento. Pero un sector que aglutina a un 95% de las microempresas, termina pagando las consecuencias. Los autónomos somos nuestros propios recaudadores y liquidadores. Cada uno debe ser responsable a la hora de hacer sus propias facturas. Hay que despreciar la idea de que el autónomo siempre es el que produce engaños a la Hacienda Pública. Como muestra, en los casos de corrupción del sistema administrativo son siempre las grandes empresas las que están involucradas. Los autónomos representamos un 18% del PIB y un 20% de la población activa. Con estas cifras quiero expresar que es más destacable la contribución económica que hacemos al Estado que nos permite tener mejores infraestructuras, sanidad… Hay que dar más importancia a esta visión positiva.

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