Arrendamiento de apartamentos a pie de playa

Diferentes aspectos que han de tener en cuenta tanto propietarios como arrendatarios a la hora de alquilar una vivienda turística
Por EROSKI Consumer 22 de agosto de 2006

El alquiler de apartamentos, pisos o viviendas a pie de playa sigue siendo una constante cada verano en España, dado que resulta más económico y permite acomodar a la familia al completo. Sin embargo, es conveniente tener presente una serie de precauciones a la hora de realizar esta operación, puesto que hay un dato que resulta muy significativo: más de la mitad de las quejas anuales presentadas en las asociaciones de usuarios se corresponden con arrendamientos o alquileres de viviendas turísticas.

Como recomendación general es aconsejable conservar en todo momento un documento escrito del acuerdo del alquiler tanto si la vivienda se arrienda en persona como si se hace a distancia. En dicho escrito, con validez legal, debe constar toda la información propia del inmueble que se va a alquilar, además del precio, las cláusulas del contrato y los días de estancia.

Respecto al apartado de la fianza es fundamental tener presente que ésta no puede ser una cantidad superior al 40% del precio total del alquiler y que deberá ser devuelta al arrendador al finalizar el contrato y comprobar que no han existido desperfectos. Para ello, es recomendable llevar a cabo un inventario exhaustivo de toda la vivienda en el momento de entrar en la misma. En caso de que se encuentren problemas de mal estado de conservación o se aprecie cualquier otro tipo de anomalía, antes de realizar el inventario es conveniente comunicárselo al propietario para quedar exentos de responsabilidad.

Otro detalle importante reside en que todo incumplimiento de contrato requiere una reclamación por escrito, por lo que las facturas, la propia reserva u otro tipo de documentos pueden ser de gran ayuda en un hipotético proceso judicial.

Factores que no deben pasar desapercibidos

Para el propietario:

. Inventario. Para reclamar el pago de roturas o desperfectos es necesario incluir todos los elementos que conforman la vivienda en este documento.

. Capacidad. Resulta recomendable determinar la entrada de un número máximo de personas. Por lo general también se suele prohibir la entrada de animales de compañía.

. Robos. Los expertos aconsejan el reemplazo de la cerradura de forma regular para tratar de evitar posibles hurtos. También hay que tener en cuenta que las compañías aseguradoras disponen de seguros que incluyen cláusulas de alquiler vacacional.

Para el inquilino:

. Señal. No existe un precio fijado legalmente, aunque por lo general suele establecerse entre el 20 y el 25% del coste total de arrendamiento.

. Gastos. Se establece que las facturas del agua, la luz u otros servicios no deben ser abonados nunca por el inquilino. Además, éste puede negarse a pagar los gastos de limpieza, si la vivienda no se encuentra en perfecto estado.

. Contrato. Resulta primordial revisarlo de manera minuciosa y sin dejarse la «letra pequeña». En el mismo, es conveniente que aparezca escrito tanto su duración como el precio acordado, así como las propias condiciones de pago.

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