El Gobierno modifica la norma de etiquetado sobre propiedades nutritivas de los productos alimenticios

El nuevo texto, que traspone la última directiva comunitaria sobre la materia, dota de contenido a la definición de fibra alimentaria
Por EROSKI Consumer 10 de noviembre de 2009

La norma de etiquetado sobre propiedades nutritivas de los productos alimenticios, aprobada por un real decreto de 1992, ha sido modificada en el último Consejo de Ministros. Mediante el real decreto aprobado ahora se traspone la última directiva comunitaria de 2008 sobre la materia y que tiene por finalidad complementar la regulación actual. El etiquetado sobre propiedades nutritivas de los productos alimenticios es el que informa sobre los distintos elementos esenciales que influyen en nuestra dieta, como el valor energético o los nutrientes del producto.

El real decreto aprobado por el Gobierno aporta, como novedades, que se dota de contenido a la definición de fibra alimentaria, que quedó pendiente de concreción en el real decreto de 1992. La norma dice que es aconsejable que en la definición de fibra alimentaria se incluyan polímeros de hidratos de carbono con uno o varios efectos fisiológicos. Se establece además el factor de conversión de la fibra alimentaria para el cálculo del contenido energético de los alimentos.

Se establece también en esta norma un factor de conversión específico para el eritritol, sustancia de efecto edulcorante con menor contenido calórico que el azúcar. Dado que el aporte calórico del eritritol es mínimo o nulo, los productos alimenticios con esta sustancia resultan de interés para aquellas personas que no desean incluir en su dieta gran ingestión de calorías. Por último, se actualiza el anexo relativo a las vitaminas y minerales que pueden declararse en el etiquetado sobre propiedades nutritivas y sus cantidades diarias recomendadas.

El real decreto aprobado el pasado viernes establece un período transitorio amplio para la comercialización de los productos alimenticios que cumplen la normativa vigente y permite la comercialización de los mismos hasta el 30 de octubre de 2012. Además, favorece a los operadores económicos, pues mediante los cambios que introduce no se genera más gasto a las empresas y, además, abre nuevas posibilidades de etiquetar los productos, con mejor información a los consumidores y con la posibilidad de elección entre los diferentes productos alimenticios existentes en el mercado.

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