Control a la importación de alimentos

Una red de expertos velan para que los alimentos que se importan de terceros países a la UE sean seguros y cumplan los requisitos sanitarios exigidos
Por Maite Pelayo 10 de mayo de 2012
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Dentro de la Unión Europea, se permite la libre circulación de mercancías y alimentos. Pero, ¿qué ocurre cuando el alimento se importa de un país tercero? Una red de profesionales velan para que ese producto sea seguro y cumpla con los mismos requisitos sanitarios exigidos para un alimento comunitario. El control oficial de los alimentos de países terceros cuando traspasan fronteras es una pieza clave para garantizar la seguridad alimentaria del consumidor. La creciente entrada de productos alimenticios procedentes de países más allá de las fronteras comunitarias requiere disponer de sistemas de vigilancia rápidos y eficaces que, de forma coordinada, prevengan situaciones críticas y posibiliten tomar las medidas necesarias. Además, las crisis alimentarias sufridas en los últimos años ponen de manifiesto la necesidad de realizar una minuciosa vigilancia que asegure un riguroso control del tráfico internacional de alimentos.

Según establece la Constitución española, la Sanidad Exterior es competencia exclusiva del Estado, es decir, todas las acciones en materia de vigilancia y control de los posibles riesgos para la salud derivados de la importación, exportación o tránsito de mercancías y del tráfico internacional de viajeros. El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad se encarga de garantizar que los productos alimenticios destinados a consumo humano procedentes de terceros países son seguros y cumplen con todas y cada una de las disposiciones comunitarias y nacionales que les son de aplicación.

El programa de control se desarrolla a través de dos líneas principales, que incluyen el control oficial sobre los productos alimenticios procedentes de terceros países y el control de las instalaciones sanitarias fronterizas. Se garantiza que los productos alimenticios procedentes de terceros países cumplen tanto con la normativa nacional como comunitaria y, además, se evalúa la eficacia e idoneidad de los controles en los procesos de inspección y almacenamiento.

Alimentos bajo control

Carne, vísceras, peces, moluscos, crustáceos, leche, huevos o miel son algunos de los numerosos alimentos que se someten a controles

En el control oficial de productos alimenticios procedentes de terceros países se integran tanto la inspección a la introducción de partidas comerciales de alimentos como de partidas personales no comerciales. Estas forman parte del equipaje de los viajeros o se expiden en pequeños envíos dirigidos a particulares, incluidos aquellos que se piden a distancia, como a través de ventas por correo, teléfono o Internet. Las partidas comerciales se controlan y los productos alimenticios de origen animal y no animal destinados al consumo humano se someten a un control sanitario o veterinario para determinar su aptitud o no para su consumo.

Estos productos susceptibles de control incluyen carne, vísceras y productos cárnicos destinados a consumo humano, peces y moluscos vivos y sus huevos para consumo humano inmediato o transformación complementaria, crustáceos vivos y sus productos derivados, leche y productos lácteos, huevos y ovoproductos, miel, jalea real, caracoles terrestres y otros productos de origen animal destinados directa o indirectamente al consumo humano. También se refieren a productos de origen no animal destinados a uso o consumo humano e, incluso, el control fronterizo de trapos usados. La lista de productos es muy extensa y puede variar en función del país exportador.

Los distintos controles

El control consiste en la realización de una inspección documental basada en el examen de la documentación comercial y, si es necesario, de los certificados o documentos que acompañan de manera obligatoria a la partida conforme a la normativa aplicable. Además, las partidas pueden someterse a un control de identidad, que consiste en la comprobación visual de la concordancia entre los certificados y los productos garantizados por ellos. También hay un control físico que se basa en el control del alimento en sí y que puede incluir el control del medio de transporte, embalaje, etiquetado y temperatura, la recogida de muestras para su posterior análisis en laboratorio y cualquier otro control que se considere oportuno para verificar el cumplimiento de los requisitos necesarios.

En los productos alimenticios de origen animal se realizan controles documentales y de identidad en el 100% de las partidas. En los alimentos de origen no animal se someten al control documental el 100% de las partidas, mientras que los controles de identidad y físicos dependen de su inclusión en reglamentos especiales que determinan sus controles y, de no ser así, la frecuencia mínima es del 2%. Si como consecuencia de los controles oficiales realizados a una partida de alimentos importados de terceros países se detectan incumplimientos de la normativa aplicable, se rechaza la partida. El destino podrá ser su destrucción, su reexpedición fuera de la UE, además de otros usos, como alimentación de animales en zoos, circos o perreras.

También pueden transformarse para otros fines no relacionados con el consumo animal ni humano. En ocasiones, según los casos, pueden someterse a tratamientos que les ajusten a los requisitos establecidos.

Además, cada año se diseña un programa de toma de muestras de partidas comerciales, tras la evaluación de riesgos según datos previos, y en función del volumen de importaciones, naturaleza o país de origen, se realizan controles para verificar el cumplimiento de las características establecidas por la normativa comunitaria respecto a criterios microbiológicos, contaminantes, residuos de plaguicidas o medicamentos o aditivos, sobre todo, cuando estos se hayan modificado.

Control de equipajes

Respecto al control oficial de equipajes y envíos personales, este se lleva a cabo en los puntos de entrada de partidas personales procedentes de terceros países para detectar la posible presencia de productos de origen animal destinados a consumo humano. Tanto en los equipajes como en envíos personales, el riguroso control es resultado de la coordinación de los diferentes organismos que componen los servicios de aduanas, correos y mensajería. El planteamiento es utilizar, siempre que sea posible, medios eficaces de detección como escáneres o perros rastreadores. Se tiene en cuenta el nivel de riesgo zoosanitario del país exportador y el volumen de equipajes y paquetería. Salvo que se tenga constancia o se sospeche la presencia de productos de origen animal, la selección de paquetes y equipajes que se inspeccionan es totalmente al azar.

El muestreo se realiza en equipaje de facturación y de mano de todos los viajeros y tripulación, así como en paquetes procedentes de países situados fuera de la UE, con algunas excepciones (Andorra, Croacia, Islandia, Islas Feróe, Liechtenstein, Noruega, San Marino y Suiza) que, por su tamaño o aspecto, puedan contener productos de origen animal. En caso de incumplimiento de los límites establecidos por la ley, se decomisará.

La segunda línea de control está relacionada con el propio control de las instalaciones sanitarias fronterizas responsables de productos procedentes de terceros países y engloba tanto su control sanitario como de almacenamiento de mercancías. En este último tipo de instalaciones, los Almacenes de Inmovilización recogen productos que se encuentran a la espera de los resultados de análisis u otras investigaciones en proceso. Los inspectores examinan las condiciones higiénico-sanitarias de las instalaciones y revisan los planes de higiene, tales como limpieza y desinfección, control de plagas, gestión de residuos, etc., para verificar que los controles se efectúan en las óptimas condiciones. En el caso de observarse, un informe recogerá las deficiencias detectadas con objeto de subsanarlas.

Pero por si todo esto no fuera suficiente, por decisión comunitaria, se estableció la necesidad de verificación de la eficacia de los controles oficiales para garantizar su calidad, imparcialidad y coherencia a todos los niveles. En Sanidad Exterior, esta verificación se realiza a través de supervisiones y auditorías que persiguen alcanzar una mayor homogeneidad y detectar posibles carencias con objeto de mejorar la calidad y efectividad de los controles. Todos estos mecanismos posibilitan que los alimentos importados de países terceros y consumidos tanto en España como en el resto de la UE tengan las mismas exigencias en materia de seguridad alimentaria que los producidos dentro de la comunidad.

CONTROLES EN ORIGEN DE LA UE

A finales de 2011, la Comisión Europea hizo público un informe sobre la inspección de la cadena cárnica brasileña elaborado por la FVO (Food and Veterinary Office). En la política comunitaria “De la granja a la mesa”, el objetivo era evaluar en origen las medidas adoptadas por este país para garantizar la seguridad alimentaria de las exportaciones cárnicas, sobre todo, carne de cerdo y de caballo, que Brasil realiza a la UE. El informe pone de relieve el avance en el control de la presencia de Trichinella en la cadena de porcino.

Sin embargo, la FVO ha detectado deficiencias relacionadas con los métodos de muestreo y el número de canales analizadas, así como en los métodos para la realización de los análisis microbiológicos y la trazabilidad. Otro de los puntos inspeccionados en la cadena productiva fue la presencia de ractopamina, un aditivo alimenticio utilizado en el crecimiento de los cerdos. Las recomendaciones de la FVO ante estas deficiencias incluyen la mejora de la trazabilidad en el caso de la carne destinada a exportarse a la UE, de manera que se cumpla con todos los requisitos establecidos en los reglamentos, así como con los criterios microbiológicos y parasitarios regulados por las leyes comunitarias.

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