Los trabajadores, por lo general, vinculan cada año sus nóminas al banco para beneficiarse de ventajosas condiciones de contratación: exención de comisiones, mayor rentabilidad, tarjetas gratuitas… Pero esta circunstancia se complica para quienes trabajan sin nómina pero sí tienen ingresos fijos y regulares (trabajadores autónomos, desempleados que cobran su prestación social…), que se cuestionan si podrán beneficiarse de estas cuentas nómina. En este artículo se aclara que muchos de estos productos admiten esos pagos, pero es conveniente informarse antes de sus condiciones de contratación o los ingresos mínimos que exige el banco. Además, hay que comprobar otros aspectos, como si permiten descubiertos en las cuentas, si hay la posibilidad de demandar algún crédito en condiciones preferentes o si su remuneración será más elevada.
Siete soluciones para siete necesidades
Autónomos, desempleados y pensionistas son los destinatarios de estas cuentasAnte la disparidad laboral que se da en la actualidad en España, las cuentas nómina, con diversos beneficios, se abren a nuevos sectores que no aportan una nómina todos los meses, pero sí ingresos fijos y regulares. En este nuevo escenario, los trabajadores por cuenta propia, los desempleados y pensionistas son los principales destinatarios de estos productos bancarios. Pero conviene saber que no tienen las mismas prestaciones que quienes domicilian su nómina.
En cualquier caso, hay distintas y variadas alternativas, en función de la circunstancia laboral del cliente, la cuantía de sus ingresos o el tipo de contrato que tenga. A continuación, se explica con más detalle:
1. No dispongo de nómina: las personas que se encuentren en esta situación pueden abrir una cuenta nómina, siempre que aporten unos ingresos regulares todos los meses.
2. Estoy en paro: los clientes que estén en esta coyuntura laboral dispondrán de varios modelos para beneficiarse de la domiciliación de su prestación social por desempleo. A pesar de que la oferta que presentan los bancos se acorta de modo sensible, hay algunas cuentas que pueden suscribir y que tienen las ventajas habituales en estos productos.
3. Ya estoy jubilado: los pensionistas tienen toda una serie de propuestas para poder suscribir una cuenta con la domiciliación de su pensión y beneficiarse también de sus ventajas, sin ninguna limitación.
4. Cobro 700 euros al mes: si este es el caso concreto del usuario, tampoco hay que desesperarse. Buena parte de la propuesta de hoy en día está destinada a nóminas por encima de 600 euros, adecuándose a los salarios actuales que se ofrecen en España.
5. Trabajo con contratos discontinuos: es una de las peores posiciones para poder negociar la apertura de una cuenta de estas características, pues la regularidad en los ingresos es la base de la oferta.
6. Soy becario o tengo un contrato en prácticas: en principio, su situación tampoco es muy favorable para gozar de las ventajas de las cuentas que exigen la aportación de una nómina o ingresos regulares, a no ser que se tenga una percepción salarial por encima de 600 euros, algo poco habitual en la actualidad.
7. Tengo un sueldo superior a 2.500 euros: además de tener suerte, quien tenga este salario podrá optar por una cuenta nómina preferente, con derecho a más servicios y prestaciones, añadiendo una línea exclusiva de productos bancarios, de los que carecen otras modalidades de cuentas.
En muchas ocasiones, cualquier variación en el contrato de trabajo puede ser el detonante para cambiar las condiciones de la cuenta contratada o tener que anularla. Para evitar que los problemas se agraven, es aconsejable ponerse en contacto con el banco e informarle de los cambios en el escenario laboral.
Por otra parte, si por cualquier circunstancia, hay retrasos de varios meses en la nómina, también se debe comentar, ya que una reincidencia de varios meses en los ingresos podría ser motivo más que suficiente para anular la cuenta nómina.
Asimismo, hay que comunicar cualquier cambio salarial, porque es probable que se traspasen los límites a que da derecho la contratación de alguno de estos productos.
Y, por supuesto, si el cliente se queda en paro, hay que realizar el mismo proceso y comprobar si la prestación social que se cobrará será suficiente para continuar con su cuenta.